El 19 de agosto de 1940, tras haber sido puesto en libertad por la Auditoria de Guerra de Bilbao, el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Navarra lo condenó a 10 años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público y al pago de 2.500 ptas. «en concepto de indemnización de perjuicios». Además añadía una tasación en 60.000 ptas. de los bienes del encausado(*).

Daban la doctrina en castellano, pero aquí había un cura de Lizartza, Don Lorenzo, y él la daba en euskera, porque era muy euskalzale.