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Un caso entre muchos
ARREGUI VENTURA, GAUDENCIO
Gaudencio Arregui Ventura. (Foto obtenida de ETXANIZ MAKAZAGA, J.M.: De Albéitares y Veterinarios municipales en el Valle del Iraurgi)

     El 24 de mayo de 1940, el Juzgado Municipal de Azpeitia emitió una célula de requerimiento por la que se le daba a Gaudencio un plazo de 20 días para hacer efectiva la sanción de 30.000 ptas. impuesta por la Comisión Provincial de Incautación de Bienes de Gipuzkoa el 8 de junio de 1938. A raíz de esta solicitud Gaudencio presentó un recurso para que le fuera rebajada la sanción debido a su precaria situación económica, «para poder atender a la subsistencia personal y a la de la hija menor que tiene el matrimonio».

      El 9 de septiembre de 1940 el Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas rebajó la sanción a 10.000 ptas., si bien, acordó la inhabilitación de todo cargo público al dar por bueno el informe de 1938 de la Comisión Provincial en el que se acusaba a Gaudencio de pertenecer a Izquierda Republicana y «de hacer propaganda de dicha ideología por los caseríos valiéndose de su profesión». Finalmente, el 21 de septiembre de 1943 se le denegó el indulto solicitado un año antes, concretamente el 22 de septiembre de 1942 (*).


[Recursos de revisión de sanciones interpuestos por azpeitiarras ante el Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas — Leer más casos]
Un testimonio

No supimos qué hicieron con su cuerpo, y no pudimos despedirlo ni enterrarlo dignamente.

Mi madre, sin tener ninguna culpa, lo pasó muy mal.