El 28 de diciembre de 1939 el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas emitió una sentencia en la que consideraba culpable a Avelino, en virtud del dictamen que con anterioridad había fijado la Comisión Provincial de Incautación de Bienes de Guipúzcoa. En concreto, esta Comisión había dictado el embargo de todas sus propiedades, valoradas en 100.000 ptas., y el bloqueo de su cuenta en el Banco Guipuzcoano. En consecuencia, el Tribunal fijó la sanción en el pago de una indemnización de 5.000 ptas.
No obstante, en 1941, encontrándose en régimen de prisión atenuada, Avelino solicitó la devolución de sus bienes. Y ya en 1942, el desbloqueo de su libreta al auditor de guerra de Gipuzkoa al haber hecho efectiva la sanción impuesta de 5.000 ptas(*).
No se esperaban que un hombre tan católico se hubiera marchado a la guerra.
Me doy cuenta de que en esa época tenían muchísimo miedo, y que no se hablaba sobre esos temas delante de los niños.