Sobre esta tipología de vulneración existe, en líneas generales, un volumen considerable de pruebas documentales que corroboran de manera fehaciente la conculcación del derecho a la vida contra la persona investigada, aunque en ciertas ocasiones las versiones sobre los hechos o incluso los autores puedan diferir. Es decir, el amplio volumen de documentación no implica en todos los casos la ratificación unánime en cuanto al relato de los hechos inmediatos (no contextual) que provocaron el fallecimiento de la víctima. Valga como ejemplo el suceso de 1984 de la bahía de Pasaia, en el cual fallecieron dos azpeitiarras.
En este sentido, es preciso mencionar los principales agentes institucionales que están trabajando en la actualidad en el esclarecimiento y reconocimiento de las víctimas de este tipo de vulneración, así como los diferentes criterios que utilizan cada uno de ellos. Estos son el Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo, creado y dependiente del Ministerio de Interior español, y el Gobierno Vasco a través de la Secretaría de Paz y Convivencia y el Instituto Gogora. Estos organismos trabajan en el reconocimiento de las víctimas mortales, así como en el esclarecimiento de los fallecimientos o desapariciones forzosas o involuntarias aún sin resolver, principalmente en cuanto a la autoría o búsqueda de la persona desaparecida.(*) Sin embargo, mientras que el Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo centra su actividad investigadora en las víctimas de ETA y otras organizaciones armadas consideradas terroristas, las instituciones señaladas dependientes del Gobierno Vasco amplían su ámbito de investigación a todas las personas que sufrieron vulneración del derecho a la vida durante el período investigado. En este sentido destaca la iniciativa de la Secretaría de Paz y Convivencia del Gobierno Vasco a través de los “retratos municipales”. Un documento que presenta los casos de vulneraciones de derecho a la vida acontecidos en la Comunidad Autónoma Vasca entre 1960 y 2010, organizados por municipios. Este documento incluye todas las víctimas de este tipo de conculcación causadas “por efecto del terrorismo o cualquier forma de violencia de pretexto político”.(*)
Además de las instituciones citadas, existen varias asociaciones que aportan datos fundamentales en la investigación sobre vulneraciones del derecho a la vida en este período. Las principales serían la Fundación Euskal Memoria, el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite), Argituz, y la Fundación Fernando Buesa. La Fundación Euskal Memoria investiga fundamentalmente los casos en los que los agentes victimarios fueron las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado español y francés, así como grupos de extrema derecha. En concreto, el Centro de Documentación de esta Fundación permite acceder a un fondo específico relativo a las personas fallecidas “a consecuencia de la represión y en el contexto del conflicto” a partir de 1960.(*) Por su parte, Covite presentó en 2015 “El mapa del terror”, una herramienta virtual donde se geolocalizan las víctimas mortales de diferentes grupos armados en Hego Euskal Herria y la Comunidad Autónoma de Madrid, centrándose “en quienes fueron brutalmente asesinados por el terrorismo”.(*) El Centro de Documentación e Investigación de la Fundación Fernando Buesa conserva un amplio volumen de información, principalmente hemeroteca digitalizada, relativa a acciones de organizaciones consideradas terroristas.(*) En cuanto a Argituz, en su página web existen varios listados distribuidos en función de la categorización propuesta por esta misma asociación, Aranzadi y Euskal Memoria en 2014, desde donde se accede a breves biografías sobre cada uno de los sucesos.(*) Estos organismos, además de las instituciones señaladas, son una fuente secundaria de información fundamental para esta investigación. En este sentido, también es preciso señalar el informe presentado en diciembre de 2014 por el Instituto de Historia Social Valentín Foronda (dependiente de la EHU/UPV), a instancias de la Dirección de Promoción de la Cultura del Gobierno Vasco.(*) En dicho informe existen varios listados de “víctimas mortales del terrorismo” entre 1968 y 2010, pero, al igual que Covite, ninguno relativo a las víctimas mortales ocasionadas las Fuerzas de Orden Público (FOP), Fuerzas de Seguridad del Estado (FSE), u otros cuerpos funcionariales del Estado; ya sean tras ejecución en aplicación de la pena de muerte, a consecuencia de torturas recibidas, por abuso policial en manifestaciones, u otros casos.(*)
En el transcurso de esta investigación se han documentado un total de 11 víctimas de conculcación del derecho a la vida en Azpeitia o contra azpeitiarras, cifra que ascendería a 13 si quedara atestiguado que en los sucesos que acabaron con la vida de Dionisio Aizpurua Arbelaitz y Pedro María Isart Badiola no hubo un enfrentamiento armado entre miembros de CAA y FSE, sino una emboscada por parte de los cuerpos policiales. Diez de las víctimas fallecieron a consecuencia de atentados y una, Ángel Otaegi Etxeberria, en aplicación de la pena capital. Siete eran agentes de la Guardia Civil fallecidos en atentados producidos entre 1974 y 1979 por ETA y ETAm, respectivamente: Gregorio Posada Zurrón, Miguel García Poyo, Francisco Gómez Gómez-Jiménez, Francisco Mota Calvo, Antonio Alés Martínez, Ángel García Pérez, Pedro Sánchez Marfil. En la década de 1980 Comandos Autónomos Anticapitalistas fue el responsable de la muerte de dos civiles, Francisco Machío Martos e Ignacio Lasa Rezola. La última víctima mortal fue el empresario Inaxio Uria Mendizabal, tiroteado por miembros de ETA en diciembre de 2008. Todos estos casos están recogidos en el documento de “retratos municipales” elaborado por la Secretaría de Paz y Convivencia del Gobierno Vasco, relativo a Azpeitia. No obstante, las muertes de Dionisio Aizpuru Arbelaitz y Pedro María Isart Badiola quedan registradas bajo un apartado titulado “otros casos que necesitan mayor contraste e investigación”.(*) Por otro lado, la Fundación Fernando Buesa incluye por error como un hecho acontecido en Azpeitia la muerte del joven de 13 años José María Piris Carvallo, tras golpear una bolsa que contenía un artefacto explosivo. Este suceso ocurrió realmente en la calle Zarautz del municipio de Azkoitia.
En cuanto a la situación procesal de las acciones responsables de las 13 víctimas mortales documentadas, 9 de ellas han sido investigadas judicialmente y sobre sus victimarios recae una sentencia judicial. Estos 9 casos se corresponden a los atentados cometidos por ETA, ETAm y CAA, por lo que el único atentado sin esclarecer es el perpetrado contra Francisco Machío Martos. La querella criminal interpuesta por la familia de Ángel Otaegi y el consistorio azpeitiarra, con el fin de intentar esclarecer las causas de su fusilamiento, fue archivada en septiembre de 2017, tras no admitir el Tribunal Constitucional el recurso presentado. Con posterioridad el Ayuntamiento de Azpeitia presentó un nuevo recurso, esta vez ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por su parte, el caso de Dionisio Aizpuru Arbelaitz y Pedro María Isart Badiola ha sido sobreseído en tres ocasiones.
* El marco geográfico de las cifras que se aportan se refieren al Estado español, a excepción de los relativos a Euskal Memoria, la Comisión de Valoración dependiente del Gobierno Vasco y Covite.
I Información emitida en 2014.
II Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, así como de otras organizaciones (CAA, DRIL, etc.).
III Ibíd.
IV Información emitida en 2009. Se diferencia entre 843 víctimas de ETA y 12 víctimas de organizaciones “afines"
V Información emitida en 2010.
VI Información emitida en 2017.
VII Datos presentados en el Informe-base de vulneraciones de derechos humanos en el caso vasco (1960-2013). El conjunto de las víctimas causadas por ETA, ETApm, CAA y otros grupos armados de extrema izquierda se circunscriben al conjunto del Estado español, mientras que las relativas a las causadas por las fuerzas de seguridad del Estado, grupos parapoliciales y extrema derecha se refieren al ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma Vasca.
VIII Incluye 18 víctimas antes de la escisión, más 1 víctima cuya autoría se atribuye a ETA VIII Asamblea.
IX Incluye a 13 víctimas que los autores del informe sitúan en un subapartado dependiente del apartado correspondiente a CAA, el cual se titula: “Casos que necesitan mayor investigación (ETA+CAA)"
X López Romo, R. Informe Foronda. Los contextos históricos del terrorismo en el País Vasco y la consideración social de sus víctimas 1968-2010.
XI Se especifica que las 782 víctimas corresponden a acciones de ETA y ETAm.
XII Datos relativos a la Comunidad Autónoma Vasca extraídos de la herramienta digital “Mapa del Terror”.
XIII Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA.
XIV Datos relativos a la Comunidad Autónoma de Madrid.
XV Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, así como a otras organizaciones (CAA, DRIL, etc.).
XVI Ibíd.
XVII Datos relativos a Euskal Herria.
XVIII Según se recoge en la página web de Euskal Memoria esta cuantificación alude a “fallecidos en el contexto del conflicto y a causa de la represión” a partir de 1960.
XIX Comisión de Valoración creada tras el Decreto 107/2012 del Gobierno Vasco, sobre víctimas de violaciones de derechos humanos y otros sufrimientos injustos producidos en un contexto de violencia de motivación política (1960-1978).
XX Dato correspondiente al número de personas fallecidas reconocidas por la Comisión de Valoración, víctimas mortales “de abusos policiales y sufrimientos injustos”.
XXIFallecidos entre los años 1968 y 1975, a excepción del año 1971 de los que no se aportan datos, a consecuencia de la “represión” de la dictadura franquista.
XXII Baby, S. Le mythe de la transition pacifique. Violence et politique en Espagne (1975-1982). Datos relativos a los años comprendidos entre octubre de 1975 y 1982.
XXIII Casanellas, P. Morir matando. El franquismo ante la práctica armada, 1968-1977. Datos comprendidos entre los años 1968 y 1977.
XXIV Incluye a las víctimas de ETA, ETA(V), ETAm y Berezis.
XXV Víctimas mortales integrantes de organizaciones aramadas fallecidas en “acciones de represión policial y judicial”. Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, FRAP, y otras organizaciones.
XXVI Wilhelmi, G. Romper el consenso. La izquierda radical en la Transición española (1975-1982). Datos relativos a los años comprendidos entre 1975 y 1982.
XXVII En palabras del autor: “fallecidos a causa del terrorismo de Estado y las bandas ultraderechistas”.
XXVIII Egaña, I. Breve historia de ETA.
XXIX Alonso, R., Domínguez, F., García Rey, M. Vidas rotas. Historia de los hombres, mujeres y niños víctimas de ETA.
XXX Incluye a las víctimas de las diferentes escisiones de ETA, así como de otras organizaciones (CAA o DRIL); e incluso a víctimas cuya autoría aun no se ha esclarecido, como el caso de Eduardo Moreno Bergaretxe Pertur.
XXXI Se incluye a Dionisio Aizpuru Arbelaitz y a Pedro María Isart.