La mayor parte de los azpeitiarras que combatieron en el frente de guerra contra el ejército franquista, así como aquellos que venían huyendo desde la caída de Azpeitia y que habían actuado o servido de alguna forma u otra durante el periodo republicano y desde el inicio de la guerra contra los sublevados, fueron capturados en el verano de 1937. Tras la toma de Bilbao el 19 de junio de 1937, la cárcel de Larrinaga y la Universidad de Deusto (convertida en campo de concentración) fueron los mayores centros de reclusión de la capital vizcaína. Pero sin lugar a dudas, el grueso de los arrestados azpeitiarras recluidos como prisioneros de guerra se produjeron en agosto de 1937 en Cantabria, a partir de la capitulación del Gobierno Vasco frente a las tropas fascistas italianas al servicio de la causa franquista. Esto fue lo que se dio en llamar el «Pacto de Santoña», una rendición firmada el 24 de agosto en la localidad cántabra que suponía la rendición y la entrega de armas por parte del Ejército Vasco, a cambio de permitir la evacuación de los máximos dirigentes vascos y la salvaguarda de los combatientes. Sin embargo, los mandos franquistas desautorizaron el acuerdo e inmediatamente miles de gudaris y milicianos vascos fueron encarcelados en el penal de El Dueso. Ya en el mes de octubre, se habilitó un juzgado militar en el mismo penal, lo que supuso que en este centro de internamiento quedaran amontonados tanto prisioneros de guerra a la espera de ser clasificados, como penados. Con respecto a estos últimos, en aquel otoño de 1937 el mencionado tribunal había dictado al menos 510 condenas a muerte(*).
Anteriormente, en marzo de 1937, poco antes del inicio de la ofensiva final contra Bizkaia, los mandos militares sublevados habían emitido una Orden General de Clasificación relativa a los prisioneros de guerra. De esta forma, los reclusos eran clasificados en cuatro categorías:
A) Prisioneros o presentados, que justifiquen ser afectos al Movimiento Nacional, o al menos, no hostiles a él, o en caso de haber formado en las filas enemigas lo hicieron forzados o obligados a ello, o aunque hayan servido voluntariamente en dichas filas se hayan presentado voluntariamente a nuestras tropas a consecuencia de proclamas arrojadas sobre frente enemigo para estimular la presentación.
B) Prisioneros que resulten ser incorporados voluntariamente a las filas del enemigo y que no aparezcan afectados de otras responsabilidades de índole social, política o común.
C) Jefes y oficiales del Ejército enemigo; individuos capturados o presentados que se hubieran destacado o distinguido en actos de hostilidad contra nuestras tropas; dirigentes y destacados en los partidos y actividades políticas y sociales enemigos de la Patria y del Movimiento Nacional, rebelión u otros de índole social y política cometidos antes o después de producirse el Movimiento Nacional Libertador.
D) Individuos capturados o presentados que aparezcan más o menos claramente presuntos responsables de delitos comunes o contra el derecho de gentes, realizados antes o después de producirse el Movimiento Nacional(*)».
A partir de esta clasificación, los integrados en el apartado B y los dudosos del A continuaban retenidos en campos de concentración y cárceles franquistas a la espera de pasar a formar parte de algún batallón de trabajadores. Esto supuso que miles de prisioneros de guerra fueran represaliados mediante la realización de trabajos forzosos durante años, en virtud del dictamen de la Comisión Clasificadora de Prisioneros de cada centro de internamiento. Las fuentes de información de estas comisiones para emitir sus resoluciones fueron fundamentalmente dos: los informes de las autoridades locales de origen de los presos, y las declaraciones de éstos ante dichas comisiones sin derecho a defensa.
En cuanto a Azpeitia, cuatro fueron las instituciones locales que aportaron, tanto a estas comisiones como posteriormente a los consejos de guerra, los informes inculpatorios contra cientos de sus conciudadanos: el Ayuntamiento, Falange, Guardia Civil e Iglesia. En el período en el que se genera la mayor parte de esta documentación, entre el segundo semestre de 1937 y hasta 1941, el máximo responsable de los informes de este tipo emitidos por el ayuntamiento fue el alcalde Roque Astigarraga, sustituido en septiembre de 1939 por Ignacio Egaña. Con respecto a la Jefatura Local de Falange, ésta recayó primeramente en el militar y ex miembro de STV Ignacio Echeverria Altamira, y posteriormente, a partir de 1938, en el director de la banda municipal de Azpeitia desde 1915, Hilario Bereciartua Uranga. La Comandancia del puesto de la Guardia Civil de Azpeitia, por su parte, estuvo dirigida por Hermenegildo Calvo Ballesteros y Florencio Mangas Luengo, y entre 1939 y 1941 por Lope López López. Por último, la cuarta fuente de información fue el sacerdote encargado de la iglesia parroquial de Azpeitia, Casiano Garayalde, si bien, los informes de este último se centraban en la conducta religiosa del represaliado, sin entrometerse normalmente en las actuaciones políticas del sujeto.
Con todo, debido al traslado continuo de presos, a la arbitrariedad con la que las autoridades militares e instituciones penitenciarias franquistas actuaban, y a la dispersión de las fuentes relativas a los dictámenes emitidos por las diferentes Comisiones Clasificadoras, resulta difícil conocer con exactitud cuántos prisioneros de guerra azpeitiarras hubo y cuántos fueron internados en batallones de trabajadores. No obstante, los vecinos de Azpeitia obligados a realizar trabajos forzosos en estos batallones, no sólo salieron del veredicto de aquellas comisiones de los centros de internamiento, sino que también fue el destino de muchos represaliados juzgados en consejos de guerra sobre los que se dictaba el sobreseimiento de la causa a la vez que se les catalogaba en el aparatado B, teniendo en cuenta sus antecedentes y si estaban en edad militar.
En consecuencia, decenas de azpeitiarras, tanto por mandato de las Comisiones Clasificadoras como por veredicto de los consejos de guerra, fueron recluidos en batallones de trabajadores. Antonio Loinaz Echaniz, por ejemplo, estuvo represaliado en cuatro batallones de trabajadores diferentes entre octubre de 1937 y diciembre de 1942(*). Peor suerte corrió Blas Gurruchaga Lasa, el cual falleció el 20 de diciembre de 1939 en accidente de tráfico en la zona de Oiartzun, mientras era trasladado al «poblado donde se encuentran alojados» junto a otros integrantes del batallón n° 2 del regimiento mixto de ingenieros n° 6. Natural de Azpeitia, Blas era soltero, tenía 45 años, y era vecino de Donostia(*).
De acuerdo con la Orden General de Clasificación de prisioneros de guerra de marzo de 1937, aquellos que quedaron marcados en el apartado C y D, debían pasar a ser juzgados por tribunales militares franquistas. Una vez clasificados, los reclusos pasaban a ser competencia de Dirección General de Prisiones, siendo trasladados desde los campos de concentración en los permanecían recluidos a prisiones cercanas a la plaza en la que iban a ser juzgados; Larrinaga principalmente en el caso de Bilbao, y la penitenciaria de Ondarreta en el caso de Donostia.
Con respecto a naturales y/o vecinos de Azpeitia, al menos 163 fueron juzgados por tribunales militares. Consejos de guerra donde las garantías procesales y los principios que rigen el derecho penal fueron sistemáticamente vulnerados en aras de la «rapidez y ejemplaridad» del proceso militar. Derogado el sistema jurídico instaurado por la Constitución de 1931, se estableció una jurisdicción militar mediante la cual se inició una persecución penal contra todos aquellos que se habían opuesto al frustrado golpe de Estado de julio de 1936.
Al igual que las Comisiones Clasificadoras de los diferentes centros de internamiento, los juzgados militares franquistas se nutrieron fundamentalmente en su fase de instrucción de los informes de Alcaldía, Falange, Guardia Civil e Iglesia de Azpeitia. Pero además, en estos procedimientos judiciales también resultaron determinantes en muchos casos las declaraciones de vecinos de la localidad que actuaron como testigos, delatores, y denunciantes de los hechos supuestamente delictivos del encausado durante el período republicano. Y es que, a tenor de las sentencias emitidas, para la justicia militar franquista la pertenencia de los imputados azpeitiarras al Comité de Defensa local resultaba ser un agravante de mayor relevancia en el supuesto delito de «auxilio a la rebelión» que la actuación en el frente como gudaris o milicianos.
En cualquier caso, resulta significativo que en multitud de ocasiones (valgan como ejemplos los de José Arruti Lizarralde, Ruperto Beldarrain Ugalde o Ignacio Cendoya Larrañaga), los tribunales militares franquistas se mostraron ciertamente cautelosos ante la gravedad de las acusaciones emitidas por las autoridades locales anteriormente mencionadas. En este sentido, dichos tribunales solicitaron frecuentemente a los responsables de los informes acusatorios que aportaran datos más concretos y testigos. Sin embargo, en repetidas veces estas autoridades del municipio azpeitiarra no pudieron aportar las pruebas que se les solicitaron, y en otras, los testigos rectificaban su primera declaración. Como resultado, 74 vecinos fueron absueltos o se sobreseyó la causa tras haber permanecido meses, incluso años como Pedro Arrue Larrañaga, en prisión provisional(*). Si bien, 20 de estos 74 azpeitiarras fueron enviados a batallones de trabajadores tras el sobreseimiento de la causa.
En conclusión, de los 163 azpeitiarras juzgados en consejos de guerra, 10 fueron mujeres. La mayor parte de ellas bajo la acusación de haber militado en la organización nacionalista Emakume Abertzale Batza, pero también por haber colaborado con el Comité de Defensa del Frente Popular y con la Comandancia de Azpeitia en labores de asistencia a los gudaris asentados en el municipio a partir de agosto de 1936. Mención aparte merecen las hermanas ARANGUREN OLAZABAL, Juana y Maritxu, las cuales fueron juzgadas por un supuesto delito de «rebelión militar»: la primera por esconder en su habitación ejemplares de los diarios Euskadi Roja, Euzkadi, Política y Le Sud-Ouest, y la segunda por escribir una carta en la que finalizaba con un «Gora Euzkadi Askatuta». Por ello, permanecieron encarceladas diez meses en prisión preventiva(*).
Las condenas más frecuentes fueron las de reclusión perpetua (25) y las de 12 años y 1 día de prisión (23), si bien, en 1941 la Comisión de Examen de Penas procedió a la conmutación de la mayor parte de las penas impuestas por condenas de reclusión considerablemente inferiores. Esto supuso que a partir de 1943 la mayor parte de los represaliados quedaron en libertad vigilada, sin la posibilidad de ejercer cargo público y bajo el control de la Guardia Civil y la Jefatura Local de Falange de la localidad en el que hubieran establecido su residencia.
No obstante, no todos lograron finalmente recobrar la libertad, aunque ésta fuera limitada bajo el control del régimen dictatorial. Los represaliados José María Aguirre Arregui y Manuel Torrano Senar fallecieron en el fuerte de San Cristóbal «por enfermedad», mientras que Jesús Arizaga Gurruchaga, José Francisco Orbegozo Goenaga, y el que fuera concejal baserritarra en 1933, José Antonio Altuna Garate, también murieron una vez que se habían iniciado los consejos de guerra que les juzgaban, probablemente encontrándose en prisión preventiva. Asimismo, en aplicación de la pena capital, fue fusilado el vecino de Nuarbe José María Aranguren Odriozola el 11 de marzo de 1938 en Bilbao.
«Si me muero, que me muera
con la cabeza muy alta.
Muerto y veinte veces muerto,
la boca contra la grama,
tendré apretados los dientes
y decidida la barba»(*).
José María fue detenido junto a 6 azpeitiarras más el 2 diciembre de 1936 (Nazario Aizpitarte, Rufino Arritoquieta, José María Corta, Ignacio Corta, Manuel Torrano y José María Zubiaurre), tras abrirse contra ellos una causa sumarísima de urgencia en el tribunal militar de instrucción n° 4 de Donostia. A todos ellos, se les acusaba de un supuesto delito de «rebelión militar». En el caso concreto de José Maria, la sentencia del 8 de marzo de 1937 le acusó de ser simpatizante nacionalista «aunque no formaba parte del partido», y de actuar en favor del Frente Popular con el objetivo de «ganar un jornal con el que proveer a su subsistencia». Asimismo, se alude a su participación en el transporte de sacos de arena desde Zarautz a Azpeitia para construir refugios contra los ataques aéreos, así como en la voladura del puente de Mandubia el 25 de julio de 1936 Por último, se señala que José María, junto a Manuel Torrano, «estuvo revisando salvoconductos de los coches que pasaban por la carretera, yendo armados de escopeta». Por todo ello, fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un delito de «auxilio a la rebelión».(*) El 9 de julio de 1937 fue trasladado al fuerte de San Cristóbal, falleciendo dos meses después, el 8 de septiembre, «por enfermedad». José María tenía 29 años y fue enterrado en Berriozar (Navarra)(*).
Nacido en Azpeitia en agosto de 1894, Ciriaco Aguirre apareció en la escena pública azpeitiarra el 17 de abril de 1931, al ser nombrado 2° teniente-alcalde del ayuntamiento de la localidad. Junto a Alejandro Orbegozo y Martin Oyarzabal, formó parte de la minoría nacionalista de una corporación municipal compuesta por una única lista y encabezada por personas ligadas al carlismo y empresarios industriales. Dos años más tarde se celebraron elecciones municipales tras la cesión por decreto-ley de la anterior corporación, obteniendo los nacionalistas 8 de las 16 concejalías vacantes. Entre ellos se encontraba Ciriaco, el cual había obtenido 425 votos. El 10 de mayo fue nombrado primer teniente-alcalde, puesto que ocuparía hasta su dimisión el 23 de agosto de 1934. Durante este período Ciriaco ejerció en varias ocasiones como representante principal del ayuntamiento en sustitución de José Antonio Oyarzabal, en episodios de gran relevancia tales como la gestión de los daños provocados por las inundaciones de junio de 1933 la habilitación de escuelas públicas, o formando parte de la comisión interina que en el verano de 1934 se formalizó en Donostia a raíz del conflicto en torno al Concierto Económico.
El 22 de febrero de 1936 fue restituido como representante municipal tras el triunfo del Frente Popular. Pocos días después del fracaso del golpe de Estado y el inicio de la Guerra Civil, concretamente el 23 de julio, Ciriaco fue nombrado alcalde tras la dimisión de Antonio Oyarzabal. Desde entonces y hasta su detención tras la entrada de las tropas sublevadas en Azpeitia, Ciriaco fue el máximo representante de Azpeitia.
Encarcelado en la prisión de Ondarreta, el 26 de septiembre de 1936 dio comienzo un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Ciriaco por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión». En concreto, se le acusaba de haber ocupado la alcaldía de Azpeitia del 24 de julio al 20 de septiembre de 1936, la presidencia de la Junta de Abastos, y de haber formado parte del Comité de Orden Público. Asimismo, se señalaba la buena conducta del encausado, las gestiones realizadas en favor de las personas de derechas del municipio, y «la escasa trascendencia de los hechos ocurridos en Azpeitia». Por su parte, Ciriaco declaró en su defensa que fue nombrado alcalde por ausencia de José Antonio Oyarzabal. Además de ello, señaló que hizo todo lo que pudo para que ningún vecino de Azpeitia, fuera cual fuese su ideología, «fuera perseguido ni detenido por los diferentes elementos rebeldes»(*). El 14 de junio de 1937 fue condenado a 12 años y 1 día de reclusión menor, si bien, en mayo de 1940 la Comisión Provincial de Examen de Penas de Guipúzcoa, dependiente de la Auditoria de Guerra de Bilbao, propuso la conmutación de la pena por 2 años de prisión menor. Poco después quedaría en libertad.
Vecino de Azpeitia. En 1938 fue juzgado en consejo sumarísimo de urgencia por el tribunal militar n° 14 de Donostia. El 21 de julio de 1938 fue sobreseído el caso y puesto en libertad, si bien, fue sancionado con una multa de 1.000 ptas. Desconocemos las causas de su imputación.(*)
Natural de Azpeitia y vecino del barrio de Oinatz. Militante del sindicato nacionalista STV. Huyó de Azpeitia poco antes de la entrada de las tropas sublevadas en el municipio. El 30 de septiembre de 1936 la corporación municipal de Azpeitia decidió desposeer a Juan Ignacio del locutorio que se encontraba instalado en su domicilio por haber huido, siendo trasladado a la casa del sacristán. Por aquel entonces, Juan Ignacio se encontraba en Bilbao, donde se incorporó al cuerpo de la Ertzaintza. Tras la caída de la capital vizcaína en manos de las tropas franquistas fue detenido y juzgado mediante procedimiento sumarísimo de urgencia. El 26 de octubre de 1937, el consejo de guerra permanente n° 2 de Bilbao lo condenó a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión», al dar por buenas las acusaciones que le situaban como «uno de los jefes de la rebeldía marxista en el barrio de Oñaz».(*)
Natural del barrio de Oinatz, Elías fue uno de los muchos jóvenes azpeitiarras que durante el período republicano aparece citado en diferentes listados relativos a obreros en paro(*). El 23 de febrero de 1936 fue incorporado a la caja de reclutas, si bien, desconocemos su actuación durante la Guerra Civil. Posteriormente, el 24 de enero de 1940, se inició un trámite de procedimiento sumarísimo ordinario contra decenas de personas, entre las que se encontraba Elias, por su participación en una misa el 1 de octubre de 1939 en la iglesia de los franciscanos de Donostia en memoria de varios nacionalistas. Durante el procedimiento judicial Elias permaneció recluido en la cárcel de Zapatari (Donostia). El 1 de febrero de ese mismo año, se citó el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad de los detenidos.(*)
Este azpeitiarra vecino de Donostia fue durante el período republicano y hasta su detención a mediados de 1937 un trabajador de la sucursal del Banco de Bilbao en Donostia. El 8 de agosto de ese mismo año fue encarcelado en la prisión de Ondarreta, al tiempo que se abría contra él y otras tres personas un procedimiento sumarísimo de urgencia por un supuesto delito de «rebelión militar». Según la sentencia del 8 de julio de 1938, Ignacio, como cobrador de la sucursal del Banco de Bilbao, accedió a cambiar una cantidad exacta de billetes sin estampillar por billetes de curso legal. Por ello, fue condenado a 3 años y 100 mil pesetas por un delito de «auxilio a la rebelión» en grado de tentativa. En abril de 1940 le fue conmutada la pena por el pago de una multa de 100 mil pesetas, señalándose, al igual que en el juicio militar, su buena conducta y la falta de antecedentes delictivos o contrarios al régimen.(*)
José Antonio trabajó en la empresa Dámaso Azcue S.A. entre 1934 y 1935, trasladándose posteriormente a Donostia donde ejerció su profesión de chofer. Al parecer se incorporó de forma involuntaria al ejército sublevado, causando baja el 28 de septiembre de 1936 por «gastritis crónica». Al igual que su hermano Elías, José Antonio fue encarcelado en la prisión de Zapatari por su supuesta presencia en una misa el 1 de octubre de 1939 en la iglesia de los franciscanos de Donostia en memoria de varios nacionalistas. El 1 de febrero de 1940 quedó en libertad tras el sobreseimiento de la causa.(*)
Vecino del n° 12 de la calle San Ignacio, este obrero no especializado era militante del sindicato nacionalista STV, al menos desde mediados de 1933. En 1935, a la edad de 48 años, es mencionado en un listado de obreros parados confeccionado por STV. Posteriormente, ante la in minente entrada de las tropas sublevadas en Azpeitia huyó a Bilbao, si bien, regresó al poco tiempo. El 2 de diciembre de 1936 fue detenido junto a otros azpeitiarras que también habían huido, siendo todos ellos procesados en consejo de guerra. Según la sentencia del 8 de marzo de 1937 por la que Nazario fue absuelto, éste realizó servicios a favor del Frente Popular «en contra de sus ideas y convicciones», ya que era de ideas tradicionalistas y había votado «a las derechas en las últimas elecciones».(*)
Ebanista de profesión, este militante de la UGT formó parte del batallón UHP del Ejercito Vasco. Capturado en Cantabria, consta su procesamiento en consejo de guerra a comienzos de 1938. No obstante, en la sentencia del 29 de abril de 1939 se especifica que el encartado ya había sido juzgado anteriormente y que se encontraba recluido en un batallón de trabajadores al haber sido incluido en el «apartado B»(*). Jacinto era natural de Errezil y vecino de Azpeitia. Estaba casado con la azkoitiarra Isidra Jauregui Muguruza, y era padre de cuatro hijos: Carmen, Dominica, Maria y Manuel. Todos ellos se hallaban refugiados en Girona en 1938.(*)
Vallisoletano de nacimiento y vecino de Azpeitia, Francisco fue detenido y encarcelado en la prisión de Azpeitia en abril de 1939, siendo posteriormente trasladado a la prisión de Ondarreta. El motivo de su encarcelamiento fue su supuesta implicación en la detención del «diputado nacional de derechas D. Honorio Maura Gamazo durante la dominación rojo marxista en esta provincia». El 18 de junio de 1940 fue absuelto y puesto en libertad al no haberse probado su participación en dicho acto.(*)
Maria Altuna, nacida en Azkoitia en 1915 y vecina de Azpeitia, fue detenida en abril de 1938 y trasladada a Donostia donde permaneció recluida hasta el 19 de enero de 1939. Juzgada en consejo de guerra junto a Gloria Zabaleta, a ambas se les acusó de pertenecer a la organización nacionalista Emakume Abertzale Batza, prestar servicios en las cocinas del Frente Popular en Azpeitia, y de haber participado en la requisas de varias gallinas en el barrio de Nuarbe junto a otros vecinos de esta localidad. El 22 de noviembre de 1938, Maria ratificó ante el juez militar la declaración que prestó el 13 de abril de 1938 en Azpeitia. En aquella comparecencia Maria confirmó su afiliación a la organización nacionalista Emakume desde 1934, así como su presencia en las requisas de Nuarbe, si bien, declaró desconocer que dichas requisas iban a producirse cuando acompañó a una serie de milicianos de Azpeitia al mencionado barrio. Asimismo, manifestó que prestó servicios en las cocinas habilitadas para milicianos y gudaris instalados en Azpeitia «por temor». El 10 de enero de 1939, Maria y Gloria fueron condenadas a 4 meses de arresto mayor. No obstante, fueron puestas en libertad al haber sido abonada la pena mediante el tiempo que ya habían cumplido en prisión preventiva(*). Por otra parte, el 7 de julio de 1938, el que fue posteriormente su marido, José Maria Garmendia «Koipe», fue condenado a 20 años de prisión.
José Antonio fue nombrado concejal del ayuntamiento de Azpeitia en mayo de 1933 como representante de la minoría «baserritarra», al conseguir 359 votos en las elecciones del mes de abril. Asimismo, fue nombrado alcalde de barrio de Urrestilla. Debido al conflicto en torno al Concierto Económico vasco, entre el verano de 1934 y febrero de 1936 fue apartado de su cargo como representante municipal. Posteriormente, tras la evacuación de Azpeitia, José Antonio se enroló en el Ejercito Vasco el 21 de noviembre de 1936. En enero de 1937 fue ascendido a teniente, siendo unos meses más tarde detenido en Barakaldo. Juzgado en consejo de guerra, el 9 de julio de 1938 fue condenado a 20 años de reclusión menor por un delito de «auxilio a la rebelión»(*). Se le acusaba de ser militante del PNV y miembro de la sociedad Nekazari, «entidad netamente separatista y representando a la misma fue nombrado concejal en el año 33». Además de ello, en la sentencia condenatoria se detalla la colaboración de José Antonio en las requisas de ganado en el barrio de Urrestilla, en los pronunciamientos de adhesión al gobierno de Madrid tras el inicio de la Guerra Civil (20 y 23 de julio de 1936), y su alistamiento voluntario en el Ejercito Vasco. El 12 de agosto de 1938 ingresó en la prisión central de Burgos, siendo trasladado a la de Astorga (León) el 21 de noviembre de 1938. Según consta en su ficha penitenciaria, el 29 de junio de 1939 falleció, probablemente encontrándose aún recluido en Astorga.(*)
Natural y vecino de Azpeitia, Pablo se enroló en el batallón nacionalista Amaiur tras el inicio de la Guerra Civil, llegando a ocupar el cargo de teniente. El 17 de junio de 1937 fue herido en el monte Artxanda, donde recibió la primera cura de urgencia en el puesto sanitario establecido en la misma falda del monte. El día 19 ingresó en el Hospital Militar de Iralabarri de Bilbao, siendo inmediatamente hecho prisionero. Después de algunos meses en este centro, fue enviado a los Trinitarios de Algorta (Vizcaya) y posteriormente a un colegio de monjas de Bilbao habilitado provisionalmente como hospital, así como a otro centro sanitario provisional instalado en Sondika(*). El 21 de febrero de 1938 fue trasladado desde el campo de concentración de Deusto a la prisión de Los Escolapios, penitenciaria de la que salió en varias ocasiones para ser intervenido quirúrgicamente en el hospital de Basurto. En marzo de 1939 fue condenado por un tribunal militar por un supuesto delito de «rebelión militar» a 1 año de cárcel. Según la sentencia, lo exiguo de la condena se debía a que toda su actividad había sido confesada «espontáneamente ante las autoridades», si bien, poco después el Alto Tribunal de Justicia Militar de Madrid revocó la condena declarándole responsable de un delito de «adhesión a la rebelión» y condenándole a 30 años de reclusión mayor(*). En octubre de 1940 fue liberado definitivamente de la prisión de El Carmelo, tras haber sido rebajada la condena de 30 a 3 años por la Comisión de Examen de Penas. No obstante, al menos hasta 1959 estuvo controlado por la Junta Provincial de Libertad Vigilada de Vizcaya(*).
Nacido en 1915, este pelotari azpeitiarra tallista de profesión, quedó enrolado en el batallón de zapadores-minadores de STV San Andrés tras el inicio de la Guerra Civil. Detenido entre mediados y finales de 1937, probablemente en Bizkaia, Modesto fue juzgado en consejo de guerra por el juzgado militar no 2 de Bilbao. El 26 de enero de 1938 dicho tribunal dictó el sobreseimiento de la causa, dictándose la libertad definitiva de Modesto el 3 de marzo(*).
José Luis era ebanista de profesión, si bien, durante 1934-1935 aparece citado en un listado de trabajadores vecinos de Azpeitia en situación de paro. En septiembre de 1936, con 20 años de edad, se adhirió a la 2o compañía Lartaun del batallón Loyola. Detenido a mediados de 1937 el 30 de diciembre de ese mismo año fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un delito de «auxilio a la rebelión»(*). En dicha sentencia se expone que José Luis se alistó «voluntario al batallón separatista Loyola trabajando como cocinero» y que «fue cabo de milicias y participó en saqueos y registros». Militante del PNV, fue acusado además de hacer guardias en el cuartel de Loyola, «cumplimentando encargos de los dirigentes separatistas Irujo y Monzón». En agosto de 1938 fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa Maria (Cádiz) y posteriormente, en el mes de diciembre, a la de Huelva. En noviembre de 1939 su destino fue la prisión madrileña de Duque de Sesto. En enero de 1940 se le concedió la libertad atenuada(*).
Sargento de miqueletes en el municipio de Azpeitia, fue detenido a mediados de 1937 y juzgado en consejo de guerra por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión» junto a los sargentos de miqueletes de Beasain y Zestoa. No obstante, el 3 de agosto de 1937, tanto José como los otros dos acusados fueron absueltos al considerarse que «han estado identificados siempre con nuestro Glorioso Movimiento Nacional», a pesar de «haber prestado servicios durante el dominio rojo-separatista»(*). Por otra parte, el 13 de enero de 1937 fue cesado de su cargo de funcionario por el gobernador civil de Gipuzkoa, en aplicación del decreto franquista no 93 del 3 de diciembre de 1936 (*).
Guillermo fue evacuado a Bilbao en septiembre de 1936(*). En enero de 1939 se encontraba encarcelado en la prisión de Los Escolapios a la espera del dictamen del consejo de guerra que contra él había iniciado el juzgado militar no 12 de Bilbao. El 13 de marzo de 1939 se dictó el sobreseimiento provisional de la causa, siendo clasificado en el «apartado A». Permaneció encarcelado hasta al menos el mes de junio de 1940(*).
Subteniente de miqueletes del municipio de Azpeitia durante el período republicano, la Auditoria de Guerra de la 6ª Región Militar instruyó contra Víctor un procedimiento informativo a partir del 15 de octubre de 1937 para esclarecer posibles delitos de rebelión. Desde entonces y hasta el 25 de mayo de 1938, fecha en la cual se le concedió la libertad provisional, permaneció encarcelado en la prisión de Ondarreta. El 10 de diciembre de 1938 se dio por terminada la instrucción, argumentándose que anteriormente ya había sido absuelto por un tribunal militar en Santander por los mismos cargos. Por otra parte, al igual que José Amuchastegui, Víctor se vio afectado por la depuración franquista y fue expulsado del cuerpo de funcionariados de Gipuzkoa(*).
Nacido en 1909 y vecino del caserío Komunsoro del barrio de Izarraitz, Bernabé huyó de Azpeitia poco antes de la entrada del ejército sublevado en la localidad. Posteriormente quedó enrolado en el batallón nacionalista Irrintzi del Ejercito Vasco, si bien, un accidente por el que quedo físicamente impedido provocó que su labor se redujera a trabajos de limpieza. A finales de junio de 1937 fue detenido y seguidamente juzgado en consejo de guerra. El 30 de septiembre de 1937 fue absuelto de un supuesto delito de «rebelión militar»(*).
Al igual que su hermano Bernabé, este azpeitiarra nacido en 1912 participó en la guerra enrolado en un batallón nacionalista. En el caso de Justo, éste se integró en el batallón Loyola(*). Detenido y juzgado en consejo de guerra, el 20 de junio de 1939 se dictó el sobreseimiento de la causa, si bien, fue clasificado en el «apartado B» y destinado a un batallón de trabajadores(*). Posteriormente, el 15 de julio de 1940, se abrió un nuevo procedimiento sumarísimo de urgencia contra Justo, resultando absuelto en el mes de octubre «por haber sido objeto, los hechos imputados, de sentencia firme» anteriormente. Durante este proceso, Justo se encontraba en situación de libertad provisional en Azpeitia(*).
José Maria aparece citado por primera vez en 1934 como barnizador empleado en la fábrica de muebles José Iturzaeta(*). En febrero de 1936 se afilió a UGT, y una vez iniciada la Guerra Civil realizó labores de vigilancia en la retaguardia hasta su incorporación al batallón UHP.
Luchó en varios frentes hasta la caída de Santander, presentándose de forma voluntaria ante las tropas franquistas en la plaza de toros de esta localidad el 26 de agosto de 1937. En septiembre de 1937 se inició un primer proceso sumarísimo de urgencia contra José María, siendo trasladado a la comandancia de la Guardia Civil de Azpeitia el 18 de octubre de 1937. Al día siguiente Roque Astigarraga e Ignacio Echeverria, alcalde de Azpeitia el primero y delegado local de Falange el segundo, realizaron sus respectivos informes acusatorios contra José María, donde se le calificaba como «agresivo» o «blasfemo». A estos informes hay que añadir la notificación del coadjutor de la parroquia de Azpeitia, Casiano Garayalde, en la que se certificaba que José Maria «destacaba en su lenguaje contra el proceder del Clero y derechas». En dichos documentos se decía que el encartado se había distinguido por perseguir a gentes de derechas del municipio, incluidos varios familiares del acusado de ideología carlista y al propio Roque Astigarraga, así como de participar en varias requisas como la realizada en Urrestilla en la casa de la «Sra. Viuda de Zuazo». Además de ello, se aludía a su intervención en el desarme y detención de los guardias civiles de la localidad.
El 21 de octubre José Maria fue interrogado por el cabo de la Guardia Civil Florencio Mangas Luengo, corroborando su afiliación a UGT y su actuación en varios frentes de guerra como miliciano del batallón UHP, si bien, negó el resto de acusaciones vertidas por Roque Astigarraga e Ignacio Echeverria. Trasladado de nuevo a Santoña, el 10 de noviembre José Maria ratificó ante un juez militar la declaración realizada en el cuartel de la Guardia Civil de Azpeitia. Sin embargo, el 1 de diciembre de 1937, tomando en consideración todas y cada una de las acusaciones realizadas contra José Maria, éste fue sentenciado a la pena capital por un delito de «adhesión a la rebelión». En consecuencia, el 11 de marzo de 1938 fue ejecutado e inhumado en el cementerio de Derio(*). Aún así, el 13 diciembre de 1938 el juzgado militar n° 2 de Donostia abrió un nuevo procedimiento sumarísimo de urgencia contra este azpeitiarra fusilado unos meses antes. En esta instrucción, además de reproducirse los informes acusatorios recogidos en el anterior consejo de guerra, se añadió el escrito del nuevo jefe local de Falange a partir de comienzos de 1938, Hilario Bereciartua, en el cual se incidía en las mismas imputaciones. El 4 de junio de 1940 el consejo de guerra celebrado en Donostia dictó el sobreseimiento de la causa al constatar la defunción del encartado(*). José Maria era soltero y vecino del caserío Landeta. Nacido en 1907, fue fusilado a la edad de 30 años.
Natural del caserío Arauntza del barrio de Odria, Juana fue camarera en el hotel Izarra de Azpeitia durante el período republicano. Después de que las tropas sublevadas entraran en Azpeitia, ella y su hermana Maritxu se trasladaron a la capital guipuzcoana para trabajar en el hotel Londres. A mediados de marzo de 1938 dos agentes de la Comisaria de Investigación y Vigilancia, dependiente de la Jefatura del Servicio Nacional de Seguridad, se personaron tanto en el caserío familiar como en las habitaciones que ocupaban las dos hermanas en el hotel Londres, requisando varias cartas, periódicos, y una «moneda de plata atesorada». Tras esta intervención, el 23 de marzo, ambas prestaron declaración en la Comisaria de Investigación y Vigilancia de Donostia, certificándose que la autora de una de las cartas en la que se recogían «manifestaciones subversivas» era Maritxu. En cambio, en la habitación de Juana los agentes habían encontrado varios ejemplares de los diarios Euskadi Roja, Euzkadi, Política y Le Sud-Ouest. Por todo ello, se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia contra ambas hermanas el 28 de marzo. El 30 de marzo Juana declaró ante el juez militar instructor que tenía «ideas políticas algo nacionalistas». Asimismo, dos testigos amigas de Azpeitia, Rosario Orbegozo Unanue (integrante del Círculo Tradicionalista de la localidad) y Antonia Azpiazu Olaizola declararon a favor de las encartadas, asegurando que ninguna de las dos se había manifestado nunca como nacionalista ni habían llevado a cabo «política alguna contraria al Glorioso Movimiento». También el informe de los responsables de Falange de Donostia fueron favorables, puesto que «se observa muy buena conducta y son muy trabajadoras». Sin embargo, los máximos dirigentes franquistas de Azpeitia, Roque Astigarraga (alcalde), Hilario Bereciartua (jefe local de Falange) y Hermenegildo Calvo (comandante de la Guardia Civil), las calificaron en sus respectivos informes de haber sido «activas propagandistas del partido nacionalista vasco», «al igual que toda su familia». Incluso el informe de la benemérita apuntaba a que «se rumorea que tienen en su domicilio reuniones de personas destacadas de dicho partido...siendo más bien reuniones de amistades. y con algunas familias de unos individuos que habiendo pertenecido al Tercio de S. Ignacio huyeron al campo rojo».
Por todo ello, Juana fue encarcelada en Ondarreta el 2 de julio de 1938, si bien, el 11 de octubre del mismo año se dictó su libre absolución y su puesta en libertad, señalándose en la sentencia que la mera tenencia de los periódicos incautados «no constituye el delito de rebelión perseguido sino una demostración de su ideología rojo-separatista»(*).
Maritxu tenía 25 años cuando el 23 de marzo de 1938, tras declarar ante los agentes de la Comisaria de Investigación y Vigilancia de Donostia, fue encarcelada en la prisión de Ondarreta. En dicha declaración, al igual que ante el juez instructor días más tarde, confesó ser autora de una carta en la que según las autoridades militares contenía «conceptos derrotistas para la marcha de nuestras operaciones de guerra, se expresa la satisfacción de la firmante por ellas y se hace una manifestación subversiva por contraria a la unidad de la patria». La manifestación a la que se refieren era la despedida redactada por Maritxu: «Gora Euzkadi Askatuta».
Al igual que en el caso de su hermana Juana, las testigos Rosario Orbegozo Unanue y Antonia Azpiazu Olaizola, así como el servicio de información de Falange de Donostia, declararon en favor de las acusadas aludiendo a la ausencia de manifestaciones contrarias a los sublevados y a su buena conducta. Por el contrario, los informes emitidos por Roque Astigarraga, Hilario Bereciartua y Hermenegildo Calvo incidían en la culpabilidad de Juana y Maritxu. El 11 de octubre de 1938, fue condenada a 2 años de cárcel por un delito de «rebelión militar» al considerarse que la carta escrita contenía manifestaciones que tendían «a fomentar la rebelión mantenida por el Frente Popular»(*).
Alpargatero de profesión, este azpeitiarra perteneció al batallón UHP de las JSU. En diciembre de 1937 se encontraba preso en la prisión provincial de Bilbao. En 1938 se inició un proceso sumarísimo de urgencia contra Jesús acusado de un delito de «rebelión», si bien, quedaría archivado en septiembre de 1939 tras confirmarse la muerte de Jesús en enero de ese mismo año(*). El cuerpo de este miliciano se encontraba en el tanatorio de Bermeo el 6 de enero de 1939(*). Desconocemos la causa de la muerte.
Dionisio nació en 1907 y residía en el caserío Iturbide. Ebanista de profesión, con anterioridad a la guerra trabajó en la fábrica de muebles Dámaso Azcue. Según recoge Antonio Loinaz en sus memorias(*), Dionisio formó parte del cuerpo de la Ertzaintza tras el inicio de la Guerra Civil. Posteriormente, fue detenido y encarcelado en la prisión de Orduña, siendo trasladado el 22 de agosto de 1937 a la de Vitoria. El 15 de octubre del mismo año se abrieron diligencias previas en el juzgado militar n° 5 de la capital alavesa contra Dionisio y otras 14 personas, si bien, el 25 de octubre de 1939 la Auditoria de Guerra de la 6ª Región Militar ratificó la absolución o ausencia de hecho delictivo dictada el 8 de julio. Clasificado en el «Apartado A», Dionisio fue puesto en libertad(*).
Nacido en 1912 en Elgoibar y vecino de Azpeitia, Hilario quedó enrolado en el batallón UHP tras el inicio de la guerra(*). La siguiente noticia respecto al paradero de Hilario data del 13 de febrero de 1941, cuando fue trasladado de la prisión de Orihuela (Alicante) a la cárcel de Ondarreta con motivo de su procesamiento en el juzgado militar n° 7 de Donostia. Según la documentación emitida por el director de la prisión de Orihuela, Hilario llevaba recluido desde el 5 de abril de 1939 en dicha prisión, sin que hubiera constancia de antecedentes penales o delito alguno que esclarecieran su reclusión.
El 24 de febrero de 1941 ingresó en la enfermería de la prisión de Ondarreta, diagnosticándosele «endocarditis reumática»(*). Cuatro días más tarde fue puesto en libertad, y en mayo de ese mismo año la Auditora de Guerra acordó el archivo de la causa y la puesta en libertad definitiva de Hilario tras el dictamen favorable del consejo de guerra(*).
Nacido en Azpeitia 1895, Gaudencio fue desde 1918 y hasta la entrada de las tropas sublevadas en la localidad, el inspector municipal veterinario. El mismo día 20 de septiembre de 1936 Gaudencio huyó a la localidad labortana de San Juan de Luz, regresando poco después a Hegoalde e instalándose en Lekeitio(*). A comienzos del mes de julio de 1937 Gaudencio regresó a Azpeitia e inmediatamente fue encarcelado en la prisión de la localidad. Para entonces, ya había sido destituido de su cargo de veterinario municipal y la Junta de Guerra Carlista de Azpeitia había requisado «todos sus muebles, ropas, aves y enseres con un valor aproximado de 20.000 ptas»(*). El 19 del mismo mes el juzgado militar de instrucción n° 4 de Donostia inició una investigación «para esclarecer las actividades político sociales a favor del Frente Popular» de 6 vecinos circunscritos a la Comandancia Militar de Azpeitia y entre los que se encontraba Gaudencio.
Al parecer, encontrándose en prisión preventiva, «...profirió amenazas contra el pueblo, desde el alcalde hasta el último vecino para el día, que no dudaba llegaría, del triunfo de los marxistas y le anunció sus propósitos para pasarse a la zona roja en la primera ocasión que tuviera, conceptos que, parece ser, repitió por las mismas fechas a otro compañero de prisión(*). Esto supuso su traslado a la prisión de Vitoria y posteriormente a la de Ondarreta, iniciándose un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Gaudencio bajo la acusación de «fomentar la rebelión». El 22 de noviembre de 1938 fue condenado a 2 años de prisión y «la suspensión de todo cargo», concediéndosele la libertad condicional el 4 de enero de 1940.
Natural de Azpeitia y vecino de Azkoitia, Ignacio fue trasladado desde Logroño a Bilbao el 10 de noviembre de 1937, donde permaneció en prisión preventiva a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. El 28 de septiembre de 1938 se dictó el sobreseimiento de la causa y su clasificación en el «apartado B», lo que supuso su ingreso en un batallón de trabajadores(*). Probablemente formó parte del batallón Loyola en calidad de cocinero.
Agustín nació en 1911 en Azpeitia aunque posteriormente estableció su residencia en Azkoitia. En junio de 1945 se vio envuelto en un procedimiento sumarísimo ordinario instruido por un juzgado militar de Donostia por un posible delito contra la «Ley de Defensa y Seguridad del Estado». Una treintena de personas fueron acusadas de constituir de manera clandestina el comité de ANV en Donostia y la Brigada Vasca en el Estado francés. Las pesquisas judiciales se alargaron durante varios años, hasta que el 30 de marzo de 1948 el consejo de guerra dictó la libre absolución de Agustín, al considerar que su intento de huir al país vecino por mar desde Bermeo no tenía como objetivo «enrolarse en una unidad de carácter militar compuesta por vascos exiliados en Francia», sino la búsqueda de trabajo(*).
Miembro de la Comisaria de Guerra de las Milicias Vascas formadas a comienzos de agosto de 1936 en Azpeitia Ignacio combatió en varios frentes hasta su detención en Castro Urdiales. Posteriormente, el 15 de octubre de 1937 fue trasladado a El Dueso a la espera de ser juzgado en consejo de guerra por un supuesto delito de «rebelión»(*), instrucción que no dio inicio hasta el 16 de septiembre de 1940. Prácticamente un año más tarde, el 6 de agosto de 1941, Ignacio fue sentenciado a 12 años y 1 día de prisión acusado de ser de «ideología separatista», participar «en requisas en el palacio de Ibarlucea y en el intento de detención de Roque Astigarraga», y de actuar como miliciano. Hasta el día de la sentencia este azpeitiarra había permanecido recluido en El Dueso en prisión preventiva(*). Posteriormente, le fue conmutada la pena por una de 3 años.
Asimismo, Ignacio fue también víctima de la represión económica del régimen franquista al serle incautada una vivienda propiedad de varios hermanos, sita en la plazuela Pérez Arregui de Azpeitia(*). En dicha vivienda tenían instalado el bar Etxezuri «frecuentado por nacionalistas», el cual fue requisado por la Junta de Guerra Carlista de Azpeitia(*).
María tenía 25 años cuando el 7 de julio de 1937 la Guardia Civil de Azpeitia la detuvo junto a su hermana Maximina, tras la denuncia que contra ellas pusieron las margaritas de Azpeitia Rosario Echevarria Altamira, Ignacia Bereciartua Azpiazu y Pilar Aguirre Pérez. Según las denunciantes las hermanas Arrieta Zubimendi eran «nacionalistas de acción, habiendo hecho propaganda durante las últimas elecciones; que durante el dominio rojo-separatista en esta localidad se significó por dar de comer a los milicianos, dando gritos subversivos contra España y contra la Asociación de Margaritas e incluso de haber tomado parte en la detención de las declarantes» (las tres denunciantes fueron retenidas en agosto de 1936 en sus respectivos domicilios durante tres días). Confirmando estas acusaciones, el alcalde de Azpeitia (Roque Astigarraga), el delegado de la Junta Carlista de Azpeitia (Julián Orbegozo Embil), y el hermano de éste último (Casto Orbegozo), emitieron un informe el 13 de julio en el que se calificaba a María de «exaltada nacionalista» y «activísima propagandista».
Trasladada a la prisión de Ondarreta, el 22 de julio María ratificó ante el juez militar instructor su declaración en la Comandancia Militar de Azpeitia el mismo día de su detención. En ésta, reconocía su afiliación a Emakume Abertzale Batza y sus servicios en los comedores para milicianos tras el inicio de la guerra. Por el contrario, negaba tanto el haber hecho propaganda nacionalista alguna durante los diferentes procesos electorales, como los supuestos «gritos subversivos» contra España. Asimismo, dijo no haber tomado parte en la detención de las denunciantes. Además de dar respuesta a estas acusaciones, María fue interrogada en relación a su huida de Azpeitia ante la inminente entrada de las tropas fascistas el 19 de septiembre de 1936 y su actividad en los municipios de Bilbao, Gernika, Algorta y finalmente Balmaseda, donde también prestó servicios a los milicianos acuartelados hasta la caída del frente de Bizkaia y su regreso a Azpeitia.
Ante la gravedad de las acusaciones, el juzgado militar de Donostia solicitó al juzgado de Azpeitia que se tomara declaración por segunda vez a las denunciantes. En el mes de octubre éstas ratificaron su denuncia, a excepción de Rosario Echevarria que se retractó. No obstante, tanto Pilar como Ignacia modificaron su exposición de los hechos, puesto que con respecto a la participación de la acusada en su detención no decían en esta ocasión tener certeza de su implicación sino tan sólo «creer» que tomaron parte «por sospecha, pues la gente lo comentaba».
Al mismo tiempo, y al contrario de lo que afirmaban las denunciantes, dos vecinos de Azpeitia, Vicente Arrue Arzuaga y Julián Elorza Aizpuru, declararon en favor de las hermanas procesadas. En sus respectivos testimonios, aseguraban que María era «una chica de buenos antecedentes tanto morales como religiosos» y que no les constaba que hubieran sido propagandistas nacionalistas.
Con todo, el 21 de mayo de 1938, un mes más tarde de haberle sido concedida la libertad condicional, María fue absuelta de todo acto delictivo. En su escrito el juez militar consideraba de «poco fundamento las denuncias», «habiendo sido debidamente sancionada» con el tiempo que había pasado en prisión preventiva por su afiliación a Emakume y sus servicios de cocina en favor del Frente Popular(*).
Al igual que su hermana María, Maximina fue detenida el 7 de julio de 1937, un día después de su regreso a Azpeitia, tras la denuncia interpuesta por Rosario Echevarria Altamira, Ignacia Bereciartua Azpiazu y Pilar Aguirre Pérez. En el caso concreto de Maximina las denunciantes declararon ante la Guardia Civil que además de nacionalista y propagandista, «fue la causante de su detención, ya que incluso la letra que figura en la orden que les dieron era de la individua que denuncian». Sin embargo, meses más tarde y con Maximina presa en Ondarreta, tuvieron que retractarse de esta última acusación al tener constancia el juez militar instructor de que la orden de detención «estaba escrita a máquina y estaba firmada por el Frente Popular». Por su parte, Falange y Guardia Civil avalaron las declaraciones de Roque Astigarraga y los hermanos Julián y Claudio Orbegozo, en las que se calificaba a la encartada de ser una persona nacionalista muy activa durante las elecciones. Además de ello, el informe de la Guardia Civil aludía a la participación de Maximina en la requisa de alimentos en varios caseríos, si bien, no pudieron aportar testigos que atestiguaran dicha denuncia. Por el contrario, de nuevo Julián Elorza, esta vez junto a Francisco Gaztañaga, declararon en favor de la encausada. Según estas personas, a pesar de ser nacionalista y camarera del bar familiar Etxezuri, frecuentado por nacionalistas, Maximina era de buena conducta y no había participado en nada de lo que se le acusaba. Finalmente, tras reconocer Maximina su filiación nacionalista y los servicios prestados en la comandancia de Gernika, y al mismo tiempo negar las acusaciones vertidas contra ella, el 13 de abril de 1938 le fue otorgada la libertad condicional. Un mes más tarde, el juzgado militar de Donostia la absolvió de todo cargo, alegando que «la denuncia contra ella presentada ha quedado desvanecida por las declaraciones de las mismas denunciantes». El 26 de septiembre de 1938 se dictó la libertad definitiva tanto a Maximina como a su hermana María(*).
Nacido en Zizurkil en 1915 y vecino de la calle Iglesia, Rufino, militante del PNV, formó parte de la Comisaria de Guerra de las Milicias Vascas. Ante la inminente entrada de las tropas sublevadas en Azpeitia a finales de septiembre de 1936, huyó a Bizkaia, siendo detenido posteriormente en Bilbao. Trasladado a Donostia, el 19 de noviembre de 1936 se inició la instrucción judicial por la que Rufino y otros 7 vecinos de Azpeitia serían juzgados en consejo de guerra. En lo que respecta a Rufino, la sentencia del 8 de marzo de 1937 por la que fue condenado a la pena de reclusión perpetua, le hacía responsable de un delito de «adhesión a la rebelión». En concreto, se señalaba su supuesta participación a mediados del mes de agosto de 1936 en el saqueo de la finca del barón de Sagarre localizada en Lasao, y también en el intento de detención de Roque Astigarraga en el caserío Asketa de Errezil. Además, se le acusó de haber hecho guardias armadas en Azpeitia y de acudir a los frentes de guerra para abastecer de alimentos a los combatientes(*). El 4 de mayo de 1937 fue llevado de la prisión de Ondarreta a la «Central de Pamplona», donde permaneció hasta su traslado a Alcalá de Henares en abril de 1942. Finalmente, el 2 de marzo de 1944 se le concedió la libertad condicional.
Felicitas fue detenida a comienzos del mes de julio de 1937 y trasladada a la prisión de Ondarreta. La razón de su encarcelamiento se debió a la denuncia interpuesta por Aniceto Arrue y Santos Beldarrain. Al parecer ambos acudieron a cobrar una factura que Felicitas debía al veterinario Jesús Alberdi, iniciándose una discusión en la que Felicitas reprochó al cobrador Santos Beldarrain ir acompañado de un requeté (Aniceto Arrue). Según los denunciantes, Felicitas, además de mostrar su desprecio hacia el requeté, cuya madre tenía deudas con la encausada, «era una individua que se dedica a despotricar del Movimiento Nacional».
Una vez trasladada a Ondarreta, Roque Astigarraga y los hermanos Julián y Casto Orbegozo fueron los encargados de elaborar un informe en el que se calificaba a Felicitas de «exaltada nacionalista y propagandista». Asimismo, recordaban al juez militar instructor que con anterioridad fue multada por el comandante militar de Azpeitia (Emilio Gómez del Villar) por «manifestaciones en contra del Glorioso Movimiento». Sin embargo, varios testigos como Miguel Arteche, José María Aguirre, Segunda Emparan o Natalio Ibarra declararon en favor de Felicitas, de la cual llegaron a afirmar que era «adicta a la Causa Nacional» y que ayudó a personas «perseguidas por el Frente Popular». La nota discordante la puso la vecina Carmen Loinaz al declarar que Felicitas no entregó en el ayuntamiento los comestibles acumulados en su comercio a la entrada de las tropas sublevadas, tal y como se había publicado en un bando municipal.
En cualquier caso, ni las acusaciones de la Guardia Civil ni las de Falange fueron más allá de suscribir la ideología nacionalista de Felicitas, señalando «que no tuvo actuación alguna durante el dominio rojo». Con todo, el 22 de enero de 1938 fue puesta en libertad condicional, si bien, en el mes de agosto la Auditoria d Guerra decidió abrir un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Felicitas a pesar de que el juez instructor había considerado con anterioridad que con el tiempo que había permanecido en prisión preventiva liquidaba la posible sanción(*). Por tanto, en el segundo semestre de 1938 Felicitas volvió a ser investigada por el juzgado militar de Donostia y probablemente encarcelada. Finalmente, el 7 de marzo de 1939 Felicitas quedó absuelta, dictamen que fue ratificado por la Auditoria de Guerra en el mes de abril(*).
Desde 1931 Francisco frecuentaba el batzoki de Azpeitia, y desde el inicio de la guerra y hasta la caída de Azpeitia, Francisco hizo servicios de guardia armada en varios montes cercanos. Tras abandonar el municipio, se alistó voluntariamente al batallón Loyola, trasladándose a varios frentes de guerra. En Otxandio fue ascendido a cabo y en Trucios a sargento. El 25 de agosto de 1937 fue detenido en Laredo, siendo posteriormente enviado al campo de concentración de Aranda de Duero (Burgos). El 22 de octubre de 1937, el comandante de la Guardia Civil del puesto de Azpeitia, Florencio Mangas Luengo, envió al presidente de la Comisión Clasificación de Prisioneros de Aranda de Duero un escrito en el que detalla los antecedentes de Francisco como militante del PNV, interviniendo en saqueos y detenciones, y siendo miliciano voluntario.
Por ello, a comienzos de 1939 Francisco fue trasladado a la prisión de Ondarreta para ser juzgado en consejo de guerra. El 31 de enero de 1939 el alcalde de Azpeitia Roque Astigarraga, y el 11 de febrero Hilario Bereciartua como jefe local de Falange de Azpeitia, enviaron al juzgado sus respectivos informes inculpatorios en sintonía con las acusaciones señaladas en octubre de 1937 por Florencio Mangas. Pero además, añadieron un listado de testigos entre los que se encontraban Donato Aresti, Galo Barrena y varios vecinos pertenecientes al tercio de San Ignacio, y que supuestamente se habían visto perjudicados por la actuación de Francisco durante agosto y septiembre de 1936. Entre los meses de febrero y agosto de 1939 declararon todos los testigos citados, si bien, ninguno pudo corroborar que el «tal Arrue» del que se decía participe en detenciones y saqueos como el de la casa de Galo Barrena o el palacio de Zuazo fuera Francisco. El 20 de octubre de 1939 se dictó el sobreseimiento provisional del caso, al no quedar «justificado los cargos». Al día siguiente quedó en situación de libertad definitiva(*).
Militante del Partido Nacionalista Vasco y comerciante de profesión, Pedro fue tesorero de la Junta Municipal del ayuntamiento de Azpeitia durante el período republicano y posteriormente vocal de la Comisión de Abastos dependiente del Comité de Defensa. El 20 de septiembre de 1936 huyó a Bilbao, donde pasó a formar parte del Ejercito Vasco al ser llamado a filas. Debido a sus deficiencias oculares prestó servicios auxiliares hasta su detención en Santoña el 24 de agosto de 1937. En septiembre de 1937 fue trasladado a Azpeitia, donde prestó declaración ante la Guardia Civil con motivo del procedimiento sumarísimo de urgencia abierto contra él en un juzgado militar de Donostia. Como parte de las pesquisas judiciales se recogieron las declaraciones inculpatorias de varios vecinos de Azpeitia tales como el entonces jefe de falange Ignacio Echeverria Altamira (alcalde entre 1952 y 1961), Roque Astigarraga, Cruz María Echeverria Taberna, Casto Orbegozo Embil o José Azpiazu Echaniz. En todas ellas se intentaba dar relevancia al papel de Pedro en el Comité de Defensa de Azpeitia, sobre todo en la toma de decisiones relativas a las requisas y detenciones que decidieron practicarse. En especial, destacaba la acusación de haber intervenido junto a Gregorio Segurola en la requisa de armas efectuada en el cuartel de la Guardia Civil, señalándose la protesta que ambos emitieron al jefe de línea «por haber consentido que sus subordinados de Azcoitia declarar el estado de guerra».
Encarcelado en la prisión de Ondarreta, Pedro volvió a prestar declaración el 21 de julio de 1938. Al igual que en septiembre de 1937, reconoció su participación en la Comisión de Abastos, pero negó su actuación en la toma de decisiones del Comité y su responsabilidad en el desarme del cuartel de la Guardia Civil. Finalmente, el 26 de noviembre de 1938 fue condenado a 2 años de prisión por un delito de «proposición para la rebelión militar». En febrero de 1939 recobró finalmente la libertad(*).
Vecino de Urrestilla, José Antonio fue concejal abertzale durante el periodo republicano tras conseguir 360 votos en las elecciones celebradas en abril de 1933(*). Según su declaración ante un juzgado militar en Santoña el 6 de septiembre de 1937, fueron los miembros de una patrulla de la CNT llegada a Azpeitia los que «obligaron» a evacuar el pueblo. Anteriormente, en mayo de 1937, se había presentado voluntario a la policía motorizada de la Ertzaintza en Bilbao. Al ser de profesión electricista, prestó servicios de «electricidad en motores explosión y en motocicletas». Posteriormente, ante el avance de las tropas sublevadas, se trasladó a Karrantza y más tarde a Cantabria. El 27 de agosto de 1937 fue detenido en Santoña y encarcelado en El Dueso. Seguidamente se abrió un procedimiento sumarísimo contra José Antonio, siendo condenado el 8 de septiembre del mismo año a 12 años y 1 día de prisión menor por un «delito de auxilio a la rebelión». El 24 de agosto de 1938 llegó a la prisión del Puerto de Santa María en Cádiz, donde permaneció hasta el 2 de abril de 1940 que fue trasladado a la prisión de Valladolid.
En 1943 la Comisión de Examen de Penas le conmutó la condena a 3 años de prisión, por lo que fue puesto en libertad. Cabe destacar, que en la documentación relativa al consejo de guerra celebrado contra José Antonio no hay más pruebas que su declaración, sin que conste informe inculpatorio alguno contra él. De hecho, no hay ninguna mención a su pasado como concejal nacionalista. A este respecto, la Comisión de Examen de Penas señaló en su propuesta de conmutación lo siguiente: «No puede especificarse sus actuaciones porque la causa ha sufrido extravío y se examina solamente con un testimonio de sentencia»(*).
Con 47 años de edad, esta azpeitiarra residente en la calle Moraza n° 1 del centro de Donostia fue detenida el 7 de septiembre de 1937 por agentes de la Comisaría de Investigación y Vigilancia. En un primer momento se le interrogó acerca de la actividad contra los sublevados de una pareja vecina de su misma residencia, si bien, el agente que realizó el interrogatorio llegó a la conclusión de que Victoria Arruti «era muy amiga del matrimonio Fermín y Bienvenida, estando considerada en la barriada como bastante roja», a pesar de que en su declaración había inculpado al mencionado Fermín. Posteriormente, varios vecinos declararon en contra de Victoria, aludiendo a que «al entrar las tropas victoriosas en San Sebastián los saludó con el puño cerrado gritando Viva Euzkadi». Además de ello, se dijo que al igual que Fermín y Bienvenida, Victoria también era asidua al centro de la CNT de la calle Larramendi, y que tras la entrada de las tropas fascistas se la había visto arrojar «un baúl al río». Asimismo, tanto los informes de la «Guardia Cívica» y de Falange de Donostia, éste último señalando que la encartada llegó a decir «que si no fuera por la cojera de su pierna iría a luchar a los frentes del lado de los rojos», fueron muy perjudiciales para Victoria. En consecuencia, el 14 de diciembre de 1937, un consejo de guerra la condenó a 6 años y 1 día de prisión mayor, centrándose la resolución en el delito de «excitación a la propia rebelión» que suponía «su saludo con el puño cerrado gritando Viva Euzkadi». Durante su encarcelamiento tuvo que ser hospitalizada en dos ocasiones: entre el 30 de noviembre de 1938 y el 8 de febrero de 1939, y entre septiembre de 1939 y febrero de 1940, regresando posteriormente y en ambos casos a prisión(*). Asimismo, la Comisión Provincial de Examen de Penas le denegó la conmutación de la pena en mayo de 1940 y en agosto de 1943. Por tanto, a pesar de su estado de salud y la levedad del «delito» Victoria tuvo que cumplir integra su condena, no recobrando la libertad hasta el 6 de septiembre de 1943, a los 53 años de edad(*).
Nacido en 1916, Vicente fue militante del PNV desde 1932. Tras el inicio de la guerra prestó servicios de escribiente en la Comisión de Abastos, hasta que el 26 de septiembre de 1936 se presentó como voluntario al batallón Itxarkundia donde ejerció funciones de cocinero. Según su declaración ante la Comisión de Clasificación de Prisioneros de Estella, estuvo presente en varios frentes de guerra (Villarreal, Durango, Miravalles...) hasta que el 25 de agosto de 1937 fue detenido en Laredo. En septiembre de 1937 se encontraba recluido en Estella, siendo trasladado a la prisión de Los Escolapios de Bilbao con motivo del consejo de guerra abierto en su contra. En la fase de instrucción se recoge un escrito de los vecinos de Azpeitia Eusebio Altuna y Juan José Garmendia, certificado por el jefe local de Falange, en el que se especifica que Vicente era «católico practicante», y que aún siendo afiliado al PNV no realizó «ninguna actividad política». Finalmente, el 17 de febrero de 1938, el consejo de guerra consideró que los hechos atribuidos a Vicente y a otros encartados en el mismo proceso carecían de «relevancia penal suficiente», si bien, «habida cuenta de la notoria desafección a la Causa Nacional de estos procesados, procede clasificarlos como comprendidos en el Apartado B»(*). Además de ello, Vicente fue despedido de su puesto de trabajo como factor del ferrocarril del Urola «por abandono del puesto de trabajo» el 20 de septiembre de 1936. El 24 de abril de 1979 obtuvo el reingreso y la jubilación voluntaria en razón de la Ley 46/1977 de 15 de octubre de amnistía laboral(*).
Nacido en Orio y ebanista de profesión, José trabajó en su oficio hasta poco antes de la entrada de los sublevados en Azpeitia, localidad en la que residía. Concretamente, el 19 de septiembre de 1936 huyó a Bilbao, para posteriormente alistarse en el batallón Itxarkundia donde prestó servicios auxiliares en diferentes frentes de guerra. El 25 de agosto de 1937 fue detenido en Laredo, siendo trasladado poco después al campo de concentración de Estella. Entre el 1 y el 6 de noviembre fue recluido en Miranda de Ebro, desde donde parece ser que fue trasladado a Sevilla con destino a un batallón de trabajadores especializado. No obstante, el 25 de aquel mismo mes reingresó de nuevo en el campo de concentración de Miranda de Ebro y seguidamente en el de Estella(*). El hecho de que regresara en tan poco espacio de tiempo de su traslado a Andalucía pudiera deberse a que fue uno de los afectados en el accidente de Alanís de la Sierra (Sevilla) ocurrido el 19 de noviembre de 1937, y en el que fallecieron 57 presos vascos.
Posteriormente, en octubre de 1937, se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia contra 13 personas entre las que se encontraba José. El 3 de diciembre de ese mismo año confirmó ante el juez militar instructor su afiliación al PNV, la participación en guardias armadas en carreteras próximas a Azpeitia una vez iniciada la guerra, y su alistamiento voluntario en el batallón Itxarkundia. Sin embargo, desmintió que hubiera participado en requisas o hubiera delatado «a ningún individuo de derechas», en contraposición a lo que recogía el informe de la Guardia Civil de Azpeitia. Por todo ello, el 14 de enero de 1938 se dictó el sobreseimiento de las causas abiertas contra la totalidad de los encausados a excepción de las relativas a un vecino de Santillana del Mar (Cantabria) y a Jose. Según el acuerdo del consejo de guerra n° 3, debía ampliarse la información que vía informes telegráficos había aportado la Guardia Civil «especificando a qué personas persiguió y a quienes delató». Sin embargo, los informes que durante los meses siguientes emitieron tanto la oficina local de Falange como el ayuntamiento de Azpeitia y la Guardia Civil, no respondieron a este respecto, limitándose a calificar al encartado como un «exaltado separatista» que practicó guardias armadas y que posteriormente huyó a Bilbao. Finalmente, el 12 de enero de 1939 el Auditor de Guerra de la 6ª Región impuso a José una multa de 500 ptas. y dictó su puesta en libertad. El 25 del mismo mes salió de la prisión de Los Escolapios, y poco tiempo después, el 2 de marzo, el juez municipal suplente de Azpeitia, Silvestre Otamendi, procedió al examen de bienes que pudiera tener José para ser embargados. A través del embargo de su vivienda en la calle Iglesia pretendían cubrir la multa impuesta, si bien la casa había sido embargada anteriormente por la Comisión Provincial de Incautación de Bienes de Guipúzcoa (CPIB). Declarado insolvente, el 8 de julio de 1939 las autoridades militares acordaron sustituir la multa de 500 ptas. por cien días de prisión. El 20 de agosto fue puesto definitivamente en libertad(*).
Gregorio era natural de Paredes de Nava (Palencia) y vecino de Azpeitia, donde trabajó como moldeador. En noviembre de 1936 consta su inclusión en el batallón de las Juventudes Socialistas Unificadas UHP, en calidad de sargento(*). Detenido en Cantabria, fue juzgado en consejo de guerra en Santoña y condenado a reclusión perpetua el 6 de octubre de 1937 por un delito de «adhesión a la rebelión»(*).
El 30 de julio de 1938 fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa Maria en Cádiz, lugar en el que permaneció encarcelado hasta lograr la prisión atenuada el 19 de enero de 1941. Sin embargo, volvió a ser detenido por orden de un juzgado militar de Donostia en mayo de 1943, siendo posteriormente trasladado a la prisión provincial de Santander. De nuevo, Gregorio se enfrentaba a un consejo de guerra por su actuación tras el inicio de la Guerra Civil, hecho por el que ya había sido castigado anteriormente. Por ello, el 4 de febrero de 1944 fue puesto definitivamente en libertad al considerar la autoridad militar que efectivamente ya había sido juzgado(*).
Ebanista de profesión, este vecino de la calle Emparan trabajó en la empresa de muebles de José Iturzaeta con anterioridad a la Guerra Civil(*). Tras el inicio de ésta, quedó enrolado en el batallón Loyola(*) y posteriormente, ya en Bilbao, se unió a Sanidad Militar del Gobierno Vasco al ser llamada su quinta. Capturado en Limpias (Cantabria), la Comisión de Clasificación de Castro Urdiales lo clasificó con el «apartado A». Esto supuso su ingreso en el regimiento de artillería pesada n° 3 «para servir a la Causa Nacional».
Sin embargo, el 19 de septiembre de 1937 se abrió un proceso sumarísimo de urgencia contra Antonio con el fin de «depurar la actuación político-social con los partidos del Frente Popular». En la sentencia del 17 agosto de 1938 por la que fue condenado a 12 años y 1 día por un delito de «auxilio a la rebelión», se le acusó de organizar el cuartel de «milicianos gudaris» en la parroquia de Beizama. A esto se añadió las requisas de ganado y ropa para las tropas, y sus continuos traslados de Azpeitia a Beizama supuestamente «para informar de la situación». Además se le inculpó de retirar la «Bandera Nacional» colocada por los requetés en el caserío «Echeverri del barrio de Santa María»(*). Tras la sentencia condenatoria fue trasladado a la prisión del Cisne en Madrid, donde permaneció hasta el 3 de diciembre de 1940 que fue enviado a la cárcel de Guadalajara. El 22 de junio de 1941 le fue concedida la libertad condicional(*).
Nacido en 1913 en Azpeitia y vecino de esta villa, Jesús quedó enrolado en el batallón nacionalista Saseta. Según consta en la sentencia del consejo de guerra del 17 de enero de 1938, Jesús prestó al inicio de la guerra servicios de guardia armada y participó «el el saqueo del palacio de la Marquesa de San Millán»(*). Al igual que otros azpeitiarras, tras ser detenido en Laredo y pasar por los campos de concentración de Estella y Miranda de Ebro, fue enviado al batallón de trabajadores n° 37 instalado en Sevilla a comienzos de noviembre de 1936; si bien, su regreso a Miranda de Ebro el día 25 pudiera deberse a su presencia en el accidente ferroviario de Alanís de la Sierra (Sevilla)(*). Trasladado a la prisión bilbaína de Los Escolapios el 26 de noviembre para ser juzgado en consejo de guerra, en enero de 1938 fue condenado a 12 años y 1 día por un delito de «auxilio a la rebelión». En el mes de agosto fue enviado al centro penitenciario del Puerto de Santa María y en diciembre al de Huelva. Entre mayo de 1939 y el 12 de enero de 1941 permaneció encarcelado en Alcalá de Henares (Madrid), fecha esta última en la que se le otorgó la prisión atenuada(*).
Nacido en 1913, Roque quedó enrolado en el batallón Loyola ascendiendo posteriormente a cabo(*). Detenido probablemente en Cantabria, fue trasladado al campo de concentración de Aranda de Duero donde permaneció recluido hasta su traslado a Bilbao para ser juzgado en consejo de guerra. Según la instrucción judicial, Roque, así como José Azpillaga (azpeitiarra), habría participado en el saqueo del palacio de la marquesa de San Millán situado en Lasao. Sin embargo, el tribunal militar consideró que ambos, a pesar de ser «separatistas vascos», «no está comprobado con toda suficiencia otros hechos delictivos». Por ello, el 7 de julio de 1938 dictó el sobreseimiento de la causa y la incorporación a la caja de recluta de Roque y José al estar en edad militar. Asimismo, se decretó el inicio de un nuevo proceso sumarísimo que pudiera aclarar las imputaciones no demostradas hasta entonces(*). El segundo juicio sumarísimo contra Roque (y José) dio inicio a comienzos de 1939, dictándose para ambos el sobreseimiento de la causa y siendo clasificados en el «apartado B», lo que suponía su reclusión en un batallón de trabajadores(*). Por otro lado, cabe señalar que Roque contaba con otros dos hermanos que también lucharon contra las tropas sublevadas: Urbano y José María, este último falleció en combate en el sector de Villarreal en diciembre de 1936(*).
Natural de Azpeitia y vecino de Azkoitia, Manuel se incorporó a las Milicias Vascas formadas en Azpeitia a comienzos de agosto de 1936(*). Un año más tarde, probablemente tras pasar por varios frentes de guerra como combatiente del Ejército Vasco, fue capturado y enviado al campo de concentración de Medina del Rioseco (Valladolid), donde permaneció hasta su traslado a la cárcel de Ondarreta a finales de 1937. El 15 de diciembre de 1938 la Auditoria de Guerra, previa instrucción del juzgado militar de Donostia, decidió clasificar a Manuel en el «Apartado B» debido a «su filiación separatista» y a que «se incorporó al ejército rojo» como voluntario. En consecuencia, en julio de 1939 Manuel fue conducido al campo de concentración de San Pedro de Cardeña (Burgos) y recluido en un batallón de trabajadores(*).
Nacido en 1918, Eleuterio trabajo durante el período republicano en las fábricas de muebles de Jose Iturzaeta y en la de Hijos de Andrés Arruti como ebanista. Tras el inicio de la guerra prestó servicios de guardia armada controlando los salvoconductos en los accesos por carretera a Azpeitia. De este modo, Eleuterio conseguía cobrar un jornal «pues estando la fábrica cerrada necesitaba el dinero para comer». El 18 de septiembre de 1936 huyó a Bilbao ante la inminente entrada de los sublevados. Sin ningún tipo de ingreso, subsistió gracias a Asistencia Social del Gobierno Vasco hasta que a finales de marzo de 1937 ingresó en un batallón de zapadores. Poco antes de la entrada de las tropas franquistas en Bilbao, fue movilizada su quinta y destinado a un batallón de infantería como fusilero, actuando en los frentes de Barakaldo, Gallarta y Onton (Cantabria). Posteriormente, estuvo de nuevo enrolado en un batallón de zapadores ejecutando trincheras hasta ser apresado en Pola de Ciero (Asturias) el 21 de octubre de 1937. Tras su detención fue trasladado a la prisión de Oviedo para posteriormente recalar en la de Santoña. En ésta, la Comisión Clasificadora de Prisioneros lo encuadró en el «apartado C» a finales de 1937, siendo trasladado poco después a la cárcel de Los Escolapios en Bilbao. El 25 de junio de 1938 se dio inicio a un proceso sumarísimo de urgencia contra Eleuterio, el cual fue trasladado a la prisión de Ondarreta. Durante la fase de investigación judicial, los informes de Falange y alcaldía de Azpeitia, así como los del empresario Jose Iturzaeta y el sacerdote Ramón Echaniz, resultaron determinantes para el sobreseimiento del caso y la rectificación de la clasificación impuesta para incluirle en el «apartado C». Y es que tanto unos como otros declararon que Eleuterio era un joven de ideas nacionalistas pero «muy trabajador» y con una «actitud meramente pasiva» durante el «dominio rojo». Puesto en libertad el 18 de febrero de 1939, pocos días después fue incorporado a la caja de reclutas de Pamplona. El 12 de mayo ingresó en el regimiento de Infantería América no 23, estableciendo su residencia en Lecaroz, donde sería controlado por el servicio de Libertad Vigilada al menos hasta septiembre de 1945(*).
El mayor de los hermanos «Indotarrak» no tuvo tanta suerte como Eleuterio, debido al informe emitido por la Guardia Civil. Detenido en Bilbao el 19 de junio de 1937 y encarcelado en Deusto, el 16 de agosto de ese mismo año la benemérita del puesto de Azpeitia informó a la Comisión de Clasificación de Prisioneros de Deusto sobre «la mala conducta» de Roque y su participación en requisas y amenazas contra personas de derechas, «según noticias adquiridas por el cabo que suscribe» (Florencio Mangas Luengo).
Sin embargo, aunque en su declaración ante el juzgado militar no 14 de Bilbao el 2 de septiembre de 1937 Roque negó haber participado en requisas o detenciones, la sentencia condenatoria del 11 de octubre de 1937 incidía en estas acusaciones. Además de ello, tal y como había reconocido Roque, se señalaba su alistamiento voluntario a la Ertzaintza y su afiliación al PNV desde el año 1931. Condenado a la pena de reclusión perpetua, fue recluido durante un tiempo en Zornotza para posteriormente ser trasladado a la prisión central de Burgos. El 1 de noviembre de 1939 fue enviado a los Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid), donde se le comunicó a mediados de 1940 la conmutación de la pena por la de 12 años y 1 día de prisión. En 1944 quedó definitivamente en situación de libertad(*).
Natural de Azpeitia y vecino de Azkoitia, Víctor prestó servicios de guardia en su localidad de residencia tras el inicio de la Guerra Civil. Posteriormente actuó en varios frentes incorporado al Ejercito Vasco, hasta su detención en agosto de 1937 en la localidad cántabra de Limpias. El 17 de diciembre de 1937 ingresó en la prisión de Ondarreta procedente de Valladolid. Juzgado en consejo de guerra en la capital guipuzcoana, el 31 de octubre de 1939 fue condenado por un delito de «excitación a la rebelión militar» a 6 años y 1 día de prisión. Según consta en la sentencia, además de su participación en varios frentes, durante el período que realizó guardias armadas en Azkoitia fue protagonista de varios incidentes con personas de derechas. Una vez condenado, fue trasladado a la prisión del Puesto de Santa María (Cádiz), y posteriormente, el 25 de mayo de 1940, a Zaragoza. Poco después, el 22 de agosto, se le otorgó la prisión atenuada(*).
Al igual que sus hermanos Lucio y Eusebio, José actuó como miliciano en el Ejercito Vasco hasta su detención, probablemente en Cantabria. Anteriormente había prestado servicios de guardia armada en los alrededores de Azpeitia. A comienzos de 1938 fue trasladado a la prisión de Los Escolapios para ser juzgado en consejo de guerra. Según el tribunal militar, Jose Azpillaga participó junto a Roque Azcue en el saqueo del palacio de la marquesa de San Millán, si bien, dicho tribunal consideró que no había pruebas suficientes en este sentido.
Por ello, el 7 de julio de 1938 se dictó el sobreseimiento de la causa contra José y Roque, y la incorporación de ambos a la caja de recluta por encontrarse en edad militar. Asimismo, se decretó el comienzo de un nuevo proceso sumarísimo que pudiera aclarar las imputaciones no demostradas hasta entonces(*). El segundo juicio sumarísimo contra José y Roque se inició a comienzos de 1939, dictándose para ambos el sobreseimiento de la causa y siendo clasificados en el «apartado B», lo que suponía su reclusión en un batallón de trabajadores(*).
Modesto nació en Azpeitia en 1916, localidad de la que era vecino. Miliciano del batallón de las Juventudes Socialistas Unificadas UHP, a mediados de 1939 se encontraba preso en la prisión de Tabacalera en Bilbao, a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. Finalmente, el 6 de febrero de 1940 se acordó el sobreseimiento del caso «al carecer de relevancia penal los hechos que se le imputan». No obstante, fue enviado a un batallón de trabajadores «en el que ingresará entre los comprendidos en permanencia MAXIMA»(*).
Natural de Arrasate y vecino de la calle Emparan n° 27 de Azpeitia, este ebanista de profesión estuvo afiliado a la UGT y participó en la Guerra Civil como miliciano. En agosto de 1937 fue detenido en Cantabria, encerrado en el penal de El Dueso y procesado en consejo de guerra. El 15 de noviembre de 1937 un tribunal militar de Santoña lo condenó a reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión», siendo trasladado meses más tarde, concretamente el 6 de agosto de 1938, a la prisión gaditana del Puerto de Santa María. Posteriormente, le fue conmutada la pena por una de 6 años y 1 día de prisión(*).
Nacido en 1915 en Pamplona y vecino de la calle Emparan de Azpeitia, Francisco trabajó como profesor en la escuela del barrio de Nuarbe durante el período republicano. Afiliado a UGT, fue uno de los responsables de Izquierda Republicana en Azpeitia. Posteriormente, actuó en varios frentes de guerra enrolado en el batallón de infantería Prieto hasta su detención en Cantabria. El 16 de noviembre de 1937 fue trasladado a Bilbao donde sería juzgado en consejo de guerra. Según la sentencia del 19 de octubre de 1938 por la que fue condenado a 14 años de prisión, además de su filiación y actuación como miliciano, a Francisco se le acusaba de haber participado en registros y requisas así como en la detención de los hermanos azpeitiarras Ignacio María y Juan Ignacio Aizpuru(*). Mientras tanto, sus padres, Ricardo Baltasar y Francisca Martiarena, se encontraban refugiados en Girona sin conocer el paradero de su hijo Francisco, por lo que tramitaron en la Pagaduría Secundaria del Ejército de Tierra el expediente de desaparición(*). El 1 de mayo de 1939 fue enviado a la fortaleza de San Cristóbal, siendo trasladado en el mes de octubre al campo de concentración de Orduña. El 7 de agosto de 1940 le fue concedida la prisión atenuada(*).
Esteban nació en Azpeitia en 1909. De familia de izquierdas, él y su hermano Pablo estaban afiliados a UGT. Ambos, tomaron parte en la fundación de Unión Republicana en en la localidad en 1932, y en 1935 pasaron a militar en las Juventudes Socialistas. Tipógrafo de profesión, cuando estalló la guerra Esteban se encontraba residiendo en Donostia desempeñando el cargo de impresor en la imprenta de la Diputación Foral de Gipuzkoa. A comienzos del mes de septiembre de 1936 se alistó voluntariamente a las milicias vascas formadas en Eibar, y tras la pérdida de Irun pasó a Iparralde para posteriormente regresar al Estado español por Cataluña. Combatiente de las milicias vasco-catalanas, luchó en varios frentes hasta la reorganización del ejército republicano, pasando desde entonces a formar parte de la 40 Brigada y desempeñando el cargo de instructor de agentes del Servicio de Inteligencia Especial Periférico (SIEP), también conocido como Servicio de Espionaje Republicano. Para entonces, Esteban ya era militante del Partido Comunista. Como agente de las SIEP, Esteban había prometido fidelidad a su unidad militar a través de un escrito que posteriormente sería utilizado como prueba por el tribunal militar que lo juzgó: «...me comprometo a no comunicar ni dar a conocer a nadie que no sea mi Superior jerárquico dentro del SIEP cuáles son mis actividades o los conocimientos que a través del trabajo haya adquirido. Si en alguna ocasión por negligencia o mala fe descubriese algunos de los secretos a mi confiados, pido ser considerado traidor a la República». El 25 de junio de 1939, una vez finalizada la guerra, Esteban fue detenido por la Guardia Civil en Azpeitia y trasladado dos días más tarde a Madrid a petición de la Brigada Político-Social, siendo investigado junto a otros supuestos miembros del SIEP Encarcelado en la prisión de Conde Toreno, sita en el barrio madrileño de Malasaña, contra Esteban se abrió un proceso sumarísimo de urgencia cuya sentencia se emitió el 16 de marzo de 1940. En ésta, Esteban fue condenado a la pena capital por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión», si bien, en el mes de agosto le fue conmutada «por la de inferior grado»(*). El 23 de septiembre de 1940 ingresó en la prisión provincial de Palencia, siendo trasladado en mayo de 1944 a la cárcel de Reinoso del Cerrato (Palencia). El 22 de julio de 1944 se le concedió la prisión atenuada(*).
Al igual que su hermano Esteban, Pablo fue un militante destacado de izquierdas en Azpeitia. En 1934, abandonó dicha localidad e ingresó en el regimiento de zapadores de Melilla n° 7. Desde entonces y durante toda la Guerra Civil Pablo combatió en el bando sublevado, llegando a alcanzar la categoría de sargento. Sin embargo, en julio de 1938 fue detenido e interrogado por el Servicio de Información y Policía Militar. Al parecer, la causa de su detención fue debido a que su nombre aparecía en la documentación incautada a un agente republicano de las SIEP, por lo que fue procesado en consejo de guerra. No obstante, Pablo pudo demostrar su inocencia y fue absuelto el 14 de marzo de 1941. Para entonces, ya se encontraba en régimen de libertad atenuada(*).
Miguel nació en Urrestilla en 1911, si bien, durante el período republicano residía en Ibarra y trabajaba en La Papelera Española en Tolosa. Afiliado al PNV, el 15 de agosto de 1936 se unió a las milicias vascas formadas en Azpeitia, siendo nombrado ordenanza al servicio del capitán Saseta. Posteriormente fue ascendido a teniente pasando a formar parte de la escolta de Cándido Saseta hasta su muerte en Asturias. Con la caída de Bilbao en manos de las tropas franquistas, Miguel quedó enrolado en la 7ª brigada en calidad de teniente en la I Cuerpo del Ejército de Euskadi. Finalmente, el 25 de agosto de 1937 fue capturado en el municipio cántabro de Laredo y encarcelado en el penal de El Dueso. Juzgado en consejo de guerra, el 8 de octubre de 1937 fue condenado a reclusión perpetua, a pesar de que durante la fase de instrucción tanto el sacerdote como el jefe local de Falange de Ibarra enviaron informes al tribunal aludiendo a la «buena conducta» del procesado. El 11 de agosto de 1938 fue trasladado al penal del Puerto de Santa María en Cádiz, donde permaneció hasta su puesta en libertad en agosto de 1943 tras ser rebajada la pena a 6 años y día(*).
Nacido en Azpeitia en 1894 y vecino de Zumarraga, Esteban ingresó como factor en la empresa Ferrocarriles Vascongados en 1922. En abril de 1936, fecha en la cual se encontraba destinado en Amorebieta, se afilió al Sindicato Nacional Ferroviario. Ya en agosto de 1937, el juzgado militar n° 18 de Bilbao decidió abrir un proceso sumarísimo de urgencia contra 15 trabajadores ferroviarios entre los que se encontraba Esteban. Según apuntaba el secretario del juzgado en su escrito, los encausados eran «de filiación política dudosa pero que más bien se han expresado durante el dominio rojo-separatista como contrarios al mismo, siendo así mismo personal que cumple bien en su servicio».
El 23 de agosto de 1937 Esteban prestó declaración jurada en Amorebieta, negando cualquier afiliación o actuación contraria a la «Movimiento Nacional» al cual afirmó ser «completamente adicto». Asimismo, el Servicio de Información de la Auditoria de Guerra del Ejército de Ocupación corroboraba la ausencia de antecedentes de todos los encausados, por lo que el 14 de octubre de 1937 se dictó el sobreseimiento de la causa quedando todos ellos en situación de libertad definitiva(*).
Vecino del barrio de Izarraitz, Félix estuvo afiliado a UGT durante el período republicano. Alpargatero de profesión, durante los años 1934 y 1935 aparece inscrito en diferentes listas de obreros azpeitiarras en situación de paro laboral(*). Según la sentencia del consejo de guerra celebrado en Santoña contra Félix y otros 15 encausados, este azpeitiarra realizó servicios de guardia armada, requisas, y detenciones en su localidad tras el inicio de la guerra, si bien, no se hace mención a su actuación como miliciano.
En cualquier caso, el 3 de noviembre de 1937, encontrándose recluido en el penal de El Dueso, fue condenado por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión» a 12 años y 1 día de prisión(*). El 18 de agosto de 1938 fue trasladado al centro penitenciario andaluz del Puerto de Santa Maria, y en diciembre de ese mismo año al de Huelva. Finalmente, el 22 de mayo de 1941 se le otorgó la libertad atenuada(*).
En el mes de julio de 1936 Ruperto se encontraba en la localidad de Asteasu pasando una temporada en casa de un familiar. Al iniciarse la sublevación militar, se presentó voluntario para hacer guardias «al sentir el ideal de izquierdas», marchando el 15 de agosto a Azpeitia donde permaneció hasta poco antes de la entrada de las tropas sublevadas. Instalado en Bilbao desde entonces, el 24 de febrero de 1937 se enroló voluntariamente en el batallón de infantería n° 52 (batallón Capitán Casero), interviniendo en varios frentes hasta resultar herido en Bizkargi. Hospitalizado en Bilbao, ante la inminente entrada de las tropas franquistas, fue trasladado al hospital de Valdecilla (Santander), en cuyo centro fue hecho prisionero el 26 de agosto de 1937. En el mes de octubre, el telegrama enviado por la Guardia Civil de Azpeitia a la Comisión Calificadora de Prisioneros de Santander resultó determinante para clasificar a Ruperto en el «apartado D» y abrir en su contra un procedimiento sumarísimo de urgencia. En el citado telegrama, y posteriormente en el oficio enviado al juez instructor, se señalaba que el encausado era un «sujeto peligrosísimo» afiliado a UGT y que había participado en detenciones y saqueos. Asimismo, los informes del ayuntamiento y Falange de Azpeitia incidían en estas supuestas intervenciones «a favor del Frente Popular» en Asteasu. Sin embargo, desde esta localidad los informes emitidos no corroboraban aquellas imputaciones. Falange de Asteasu decía desconocer al individuo, mientras que alcaldía se limitaba a apuntar que «era comunista» pero que «no se tiene constancia de que tomara parte en detenciones». Además de ello, dos testigos azpeitiarras citados por el encartado, Pedro Aguirre Echeverria y Andrés Lapazarán Arguidegui, afirmaron en sus declaraciones que a pesar de ser de ideas de izquierdas no intervino en «propagandas políticas ni en conflictos obreros».
Por todo ello, el consejo de guerra celebrado en Donostia, encontrándose encarcelado en la prisión de Ondarreta y tras haber pasado por las de Los Escolapios y El Carmelo en Bilbao, dictaminó el 27 de abril de 1939 el sobreseimiento provisional de la causa y su clasificación en el «apartado B». En este acuerdo, el tribunal militar apuntaba a que si bien Ruperto era de ideología izquierdista y había participado en la guerra como miliciano voluntario, no se habían corroborado «actos de significada hostilidad contra nuestras Fuerzas ni participar en delitos comunes». El 27 de octubre de 1939 fue trasladado al campo de concentración de San Pedro de Cardeña (Burgos)(*).
Nacido en 1912 y vecino de la calle San Ignacio, Jesús formó parte del cuerpo de bomberos municipal de Azpeitia. Considerado de ideología nacionalista, el 2 de noviembre de 1936 fue depurado y finalmente expulsado del colectivo de trabajadores municipales. En julio de 1937, una denuncia interpuesta por un requeté hizo que fuera detenido y encarcelado, y que contra él se abriera un procedimiento de instrucción en el juzgado militar permanente n° 4 de Donostia. Al parecer, Jesús intento evitar la requisa de una moto de su propiedad por parte del mencionado requeté. Según la información gubernativa del juzgado, el soldado actuó por iniciativa propia y sin que tuviera una orden superior en tal sentido, pero en todo caso, el encausado terminó por aceptar «el ofrecimiento». Con todo, el 25 de enero de 1938 la Auditoria de Guerra expuso que Jesús no había incurrido en «ninguna desobediencia ni contravención», y consideró «suficientemente sancionado sus antecedentes nacionalistas los meses que lleva detenido». El 22 de marzo de 1938 fue puesto en libertad(*).
Natural de Urrestilla y residente en el caserío Makibar, José se encontraba en 1935 en situación de paro laboral al igual que su hermano menor Andrés y muchos otros jóvenes azpeitiarras. Combatiente del batallón de infantería nacionalista Itxarkundia, a comienzos de 1940 se encontraba en Azpeitia en situación de prisión atenuada. Ese mismo año, el juzgado militar de instrucción n° 11 de Donostia inició un proceso sumarísimo ordinario contra José, si bien, el 28 de septiembre se dictó el sobreseimiento de la causa y la orden de libertad definitiva(*).
Pedro era natural del caserío Atxubiaga del barrio de Oinatz. Bertsolari y militante nacionalista, tras abandonar Azpeitia con motivo de la toma del municipio por parte de las tropas franquistas, se enroló en el batallón de infantería Amayur. Posteriormente, el 26 de agosto de 1937 fue capturado en Santoña. Tras su detención, fue trasladado a un batallón de trabajadores a Alfarrás (Lleida), donde permaneció hasta su envío a la prisión de Los Escolapios en Bilbao el 26 de julio de 1939 para ser juzgado en consejo de guerra. Un mes más tarde, el 24 de agosto de 1939, la Auditoria de Guerra le concedió la prisión atenuada a tenor de los informes de buena conducta emitidos por el juzgado que instruía el caso en Donostia. Finalmente, el 25 de enero de 1940 se acordó, «por carecer de relevancia penal los hechos que se le imputan», el sobreseimiento provisional y la puesta en libertad de Pedro(*).
Nacido en 1915 y alpargatero de profesión, este vecino de la calle Iglesia estuvo afiliado a UGT durante el periodo republicano al igual que sus hermanos Juan y Moisés, este último fallecido en el frente de guerra. Tras el inicio de la guerra, y al menos a partir de noviembre de 1936 Alejandro combatió en diferentes frentes de guerra enrolado en el batallón de infantería UHP(*). Una vez capturado por las tropas sublevadas fue recluido en un batallón de trabajadores(*), a la espera de ser juzgado en consejo de guerra.
A comienzos de 1938 el juzgado militar n° 11 de Donostia abrió un proceso sumarísimo de urgencia contra Alejandro, dictándose el 11 de mayo de 1939 el sobreseimiento del caso, al no resultar «debidamente justificada la perpetración del delito perseguido», y la puesta en libertad del encausado(*). Ya en 1940, concretamente el 5 de febrero, Alejandro fue declarado «desafecto» por el ayuntamiento de Azpeitia con motivo del cierre del acta de clasificación de mozos pertenecientes al reemplazo de 1936(*).
Barrendero municipal desde febrero de 1934, Juan también estuvo afiliado a UGT y combatió en el batallón UHP. En noviembre de 1936, encontrándose probablemente en el frente de guerra, Juan fue destituido como empleado municipal por la nueva corporación franquista de Azpeitia(*).
Al parecer, tras su detención fue recluido en un batallón de trabajadores. En 1940 fue juzgado en consejo de guerra, dictándose el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad de Juan el 29 de noviembre(*).
Conocido como «Txantxo», este azpeitiarra residente en Azkoitia fue juzgado en consejo de guerra en dos ocasiones. Afiliado a UGT, tanto en la sentencia del 7 de diciembre de 1937(*) como en la del 18 de agosto de 1938(*), se señalaba a Anselmo como un «elemento destacadísimo» y «peligrosísimo» en Azkoitia, el cual había participado en requisas y detenciones. Asimismo, según dichas sentencias, en octubre de 1936 se enroló de manera voluntaria en el batallón de infantería de ANV Eusko Indarra, actuando en varios frentes hasta su captura en agosto de 1937 en Cantabria. Con todo, Anselmo fue condenado a 20 años de «prisión mayor» tanto en diciembre de 1937 como en agosto de 1938 por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión».
Al igual que su hermano Anselmo, Avelino era natural de Azpeitia pero tenía establecida su residencia en Azkoitia. El 2 de diciembre de 1937 fue trasladado desde el campo de concentración de Deusto a la prisión de Larrinaga con motivo de su enjuiciamiento en consejo de guerra. El 23 de agosto de 1938 fue condenado a 20 años de reclusión por un delito de «rebelión», si bien, el 31 de julio de 1940 fue puesto en libertad(*).
Natural de Irun, Severo era en 1934 vicepresidente de la Sociedad «Euzko Etxea» de Azpeitia(*). Ya en agosto de 1937 fue encarcelado en Santoña, localidad desde la que fue trasladado al campo de concentración de San Pedro de Cardeña (Burgos) el 20 de septiembre de ese mismo año. Posteriormente, sería juzgado en consejo de guerra, dictándose el sobreseimiento del caso en septiembre de 1943. Por aquel entonces, Severo tenía 43 años, estaba casado, y con anterioridad a la guerra trabajaba como ayudante de ingeniero(*).
Ignacio tenía 24 años de edad cuando en agosto de 1937 fue detenido en Laredo. Anteriormente había actuado en varios frentes de guerra desde que a finales de 1936 se enroló voluntariamente al batallón Loyola en Gernika. En octubre de 1937 se encontraba recluido en el campo de concentración de Aranda de Duero, donde la Comisión de Clasificación de Prisioneros le calificó en el «apartado C» tras recibir un informe de la Guardia Civil de Azpeitia en el que se le acusaba de haber participado en detenciones y saqueos.
Una vez trasladado a la prisión de Los Escolapios y habiéndose iniciado un proceso sumarísimo de urgencia contra Ignacio a comienzos de 1938, tanto desde la jefatura local de Falange como desde alcaldía de Azpeitia se emitieron informes que incidían en los supuestos apuntados por la Guardia civil. Ante estas afirmaciones, el juzgado militar solicitó información acerca de los testigos que pudieran atestiguar las acusaciones vertidas contra el encartado, señalando los aludidos en su respuesta al juzgado a Manuel Echeverria Odriozola, Donato Aristi Aizpuru y José Aizpuru Goenaga. Sin embargo, el 15 de febrero de 1939, los tres testigos declararon ignorar la participación de Ignacio en saqueos, detenciones o requisas. Además de ello, en el mes de julio de 1939 varios vecinos de Urrestilla se retractaron de las declaraciones que habían prestado ante la Guardia Civil en octubre de 1937, cuando Ignacio se encontraba recluido en Aranda de Duero. Según éstos, «queriendo los exponentes eludir toda responsabilidad moral en que por un error involuntario hayan podido incurrir....habían meditado serenamente sobre el caso, y después de un concienzudo examen, y a la vista de su fotografía, han venido al pleno convencimiento de que tal individuo no participó en las requisas de ganado». En consecuencia, el 7 de septiembre de 1939 se dictó el sobreseimiento del caso. El 8 de diciembre de 1939 Ignacio «Takolo» recobró definitivamente la libertad(*).
Jacinto fue uno de los primeros azpeitiarras juzgados en consejo de guerra. Detenido el 16 de octubre de 1936 y encarcelado posteriormente en Ondarreta, el 30 de diciembre de ese mismo año dieron inicio las actuaciones contra este azpeitiarra vecino de Landeta. Los hechos por los que se le juzgaba se ceñían únicamente al comportamiento del encausado el día 21 de julio, poco después de proclamarse el fallido golpe de estado. Según la sentencia por la que fue condenado a 12 años y 1 día de prisión el 15 de febrero de 1937, Jacinto marchó en un camión «desde Azpeitia a Zumarraga en unión de un grupo de milicianos rojos con el propósito de proveerse de armas en dicho pueblo». Asimismo, al regresar a Azpeitia «prestó servicio de guardia en los arcos del ayuntamiento» hasta las diez de la noche, si bien, también se indica que tras este hecho «se retiró a su casa y fue reprendido por sus padres».
A pesar de que desde entonces y hasta su detención Jacinto no estuvo implicado en ningún otro episodio del que pudiera ser acusado, el tribunal militar que lo juzgó consideró que era responsable de un delito «de adhesión a la propia rebelión»(*).
El 15 de abril de 1937 fue trasladado a la penitenciaría del fuerte de San Cristóbal. Su salida estaba prevista para el 12 de octubre de 1948 según la sentencia condenatoria, si bien, parece ser que Jacinto participó en la fuga del 22 de mayo de 1938. Tras su intento de fuga fallido volvió a ser juzgado y condenado a 17 años, 4 meses y 1 día de prisión(*) Sin embargo, el 2 de septiembre de 1940 le fue concedida la libertad atenuada. Jacinto era «sobrino del legendario boxeador Paulino Uzcudun»(*).
Natural y vecino de Azpeitia, Domingo trabajó como forjador en la compañía del ferrocarril de Zumarraga a Zumaia (más conocido como ferrocarril del Urola) hasta su huida a Bilbao con motivo de la entrada en Azpeitia de las tropas franquistas. A medida que los sublevados iban conquistando territorio Domingo fue desplazándose, de Bilbao a Santander y de la capital cántabra a Asturias para finalmente llegar a Cataluña desde Francia.
En el mes de marzo de 1939 regresó a Azpeitia e inmediatamente las autoridades locales informaron a los organismos militares judiciales de su llegada, tras ser probablemente denunciado por algún vecino. Ante la Guardia Civil de Azpeitia, Domingo reconoció haber estado afiliado al centro de Izquierda Republicana y al Sindicato Nacional Ferroviario, agrupación cercana a UGT. Asimismo, afirmó haber votado a partidos de izquierda en las diferentes elecciones y haber realizado servicios de guardia armada ante la empresa de Dámaso Azcue durante aproximadamente 20 días, por orden del Comité de Defensa y previo a su salida de Azpeitia. Como era habitual, Roque Astigarraga, en calidad de alcalde de la Azpeitia, y la jefatura local de Falange, representada en esta ocasión por Casto Orbegozo, emitieron sus propios informes en los que se calificaba a Domingo como persona de «ideas extremistas» o «exaltadas», sin aportar más datos que los relativos al periodo en los que prestó servicios de guardia armada. Además de estos informes, se añadió en esta ocasión el redactado por Galo Barrena Larrar, en aquel entonces jede de explotación del ferrocarril del Urola. En su escrito fechado el 26 de marzo, a parte de la afiliación política del encartado y los servicios de guardia reconocidos por el propio Domingo, acusaba a éste de haber participado en «reuniones de propaganda marxista» en Zumarraga en varias ocasiones. Por último, el sacerdote Casiano Garayalde también informó sobre el acusado, si bien, fue el único escrito favorable, ya que se limitaba a señalar el cumplimiento de «los deberes religiosos» del encartado. En consecuencia, el 1 de mayo de 1939 la Auditoria de Guerra consideró que de la instrucción realizada no resultaba «la comisión de delitos comunes por el denunciado ni su carácter de destacado dirigente revolucionario», por lo que se limitó a imponerle una pena de 3 meses de arresto gubernativo. Domingo estuvo encarcelado en la prisión de Ondarreta del 16 de abril al 15 de julio de 1939, teniendo que personarse tras su salida en la Secretaria de Orden Público de Donostia «a los efectos de posterior vigilancia y competencia»(*).
Nacido en 1909, contra Remigio el juzgado militar n° 20 de Donostia abrió diligencias previas a mediados de 1938. El 2 de noviembre de 1938 se dio por finalizada la instrucción «sin declaración de responsabilidad», por lo que el encausado quedaba en situación de libertad definitiva. En dicha resolución no se especifica las causas de su procesamiento(*).
Ignacio fue encarcelado junto a otros 6 azpeitiarras el 2 de diciembre de 1936, con motivo de la apertura de un proceso sumarísimo abierto en su contra en el mes de noviembre de ese mismo año. Según consta en la sentencia del 8 de marzo de 1937, Ignacio, al igual que Nazario Aizpitarte, había realizado una serie de servicios en favor del Comité de Defensa del Frente Popular tras el inicio de la guerra. No obstante, Ignacio fue absuelto y puesto en libertad ya que «era de ideas tradicionalistas y había votado a las derechas en las últimas elecciones»; y que por tanto su actuación durante el «dominio rojo-separatista» fue involuntaria y «en contra de sus ideas y convicciones»(*).
José María fue procesado en el mismo consejo de guerra que su hermano Ignacio, si bien, a diferencia de éste el tribunal militar consideró que José María sí era responsable de un delito de «auxilio a la rebelión militar». En concreto, en la sentencia condenatoria de 12 años y 1 día de prisión, se señalaba que José María era simpatizante nacionalista «aunque no formaba parte del partido», y que actuó en favor del Comité de Defensa del Frente Popular «con el objetivo de ganar un jornal con el que subsistir». Además de ello, se le acusaba de haber participado en la voladura del puente de Mandubia el 25 de julio de 1936 para obstaculizar la entrada de las tropas franquistas a Azpeitia, de haber realizado el transporte de sacos de arena desde Zarautz a Azpeitia para la construcción de refugios antiaéreos, y de llevar a Loiola unos depósitos de gasolina(*).
Tras el fallido golpe de estado y el inicio de la Guerra Civil, Marcelino, según su propia declaración ante un juzgado militar, tomó parte en los servicios de guardia armada, en requisas y en algunas detenciones que se llevaron a cabo en Azpeitia por orden del Comité de Defensa. Militante del PNV desde el comienzo del período republicano, una vez producida la retirada de Azpeitia actuó en varios frentes enrolado en el batallón Loyola hasta su captura el 25 de agosto de 1937 en Laredo. En octubre de 1937 fue clasificado en el «apartado C» por la Comisión Clasificadora de Prisioneros de Aranda de Duero tras recibir el informe de la Guardia Civil de Azpeitia, en el que se calificaba al detenido como «peligrosísimo». A comienzos de 1938 fue trasladado a la prisión de Los Escolapios a la espera de ser procesado en consejo de guerra. En el mes de abril llegaron al juzgado militar n° 12 de Bilbao los informes de la jefatura local de Falange y de alcaldía de Azpeitia. Asimismo, fueron enviadas las declaraciones de un total de 14 vecinos de los barrios de Urrestilla y Aratz-Erreka, los cuales habían sido testigos de las requisas de ganado vacuno que desde finales de julio de 1936 habían realizado un grupo de milicianos entre los que se encontraría Marcelino. Posteriormente, el 19 de mayo de 1938, Marcelino ratificó ante el juez instructor la declaración prestada en octubre de 1937, reconociendo su militancia nacionalista, su participación en requisas en los caseríos Zelaieta, Rekalde y en otros tantos de Urrestilla, la detención de dos personas, y por último su actuación en el frente de guerra. Lo único que Marcelino negó fue el haber perseguido o delatado a personas de derechas, en clara alusión a las acusaciones que le relacionaban con la búsqueda e intento de detención de Galo Barrena. Finalmente, el 7 de julio de 1938 fue sentenciado a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión»(*). Con posterioridad parece ser que fue recluido en el fuerte de San Cristóbal hasta noviembre de 1939(*), si bien, este supuesto no consta en la ficha penitenciaria de Marcelino(*). En 1943 se le concedió la prisión atenuada tras la conmutación de la pena por una de 7 años, encontrándose recluido por aquel entonces en la prisión de San Lorenzo del Escorial (Madrid) a disposición del Director General de Regiones Devastadas. A comienzos de 1944 quedó en libertad vigilada(*).
Ebanista de profesión, Estanislao estuvo afiliado al sindicato UGT durante el período republicano. Posteriormente ingresó en el batallón UHP de las JSU, y ya a mediados de 1938 se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia en su contra en el juzgado militar n° 14 de Donostia. El 4 de agosto de 1939 el consejo de guerra propuso el sobreseimiento de la causa «por carecer de relevancia penal los hechos que se le imputan». Dicho acuerdo fue ratificado por la Auditoria de Guerra de la 6ª Región Militar el día 28(*).
Gregorio era vecino de la calle San Ignacio de Azpeitia y trabajaba como cestero en la empresa de muebles Dionisio Echeverria durante el período republicano. Afiliado a STV y militante del PNV, al estallar la guerra hizo guardias custodiando a los presos considerados de derechas entre el 6 de agosto y el 19 de septiembre. Ante la proximidad de las tropas sublevadas Gregorio huyó a Bilbao donde continuó trabajando como cestero hasta que a finales de mayo de 1937 fue movilizada su quinta. Entonces, quedó enrolado en el batallón de zapadores San Andrés, construyendo fortificaciones primero en la zona de Zeberio y posteriormente en Balmaseda. Finalmente, el 26 de agosto de 1937 fue capturado en Santoña. El 30 de septiembre de 1937 el informe emitido por la Comisión de Clasificación de Prisioneros provocó que la Auditoria de Guerra estimara oportuno su enjuiciamiento, a pesar de que desde Azpeitia escritos como el del máximo responsable de la empresa donde trabajó, Dionisio Echeverria, aludieran a la «buena conducta» del detenido. Y es que tanto los informes de la Guardia Civil como los de alcaldía y Falange apuntaban a la «intachable conducta» de Gregorio para con los presos que custodió, «hasta el límite de que al ser evacuados dichos presos en dirección a Vizcaya por la proximidad del Ejército Nacional, fue gratificado con veinticinco pesetas por el hoy Capitán de Requetés Sr Velaz». A estas afirmaciones se sumaron las declaraciones del testigo Cruz María Echeverria, quien afirmó que «lo único que se puede decir malo del encartado es lo de sus ideas nacionalistas por seguir la corriente que a la sazón había fatalmente entre la juventud». Durante el periodo de instrucción Gregorio permaneció recluido en el batallón de trabajadores n° 177 de Zaragoza, lugar al que había sido trasladado el 20 de diciembre de 1938 procedente de Santoña. El 6 de marzo de 1939 ingresó en Ondarreta, prisión en la que permaneció encarcelado hasta el 29 de abril de aquel mismo año tras dictarse el sobreseimiento de la causa y ser clasificado en el «apartado A»(*).
Nacido en Donostia y vecino de Azpeitia. Impresor de profesión. En 1944 fue encarcelado en la prisión de Lleida y posteriormente, el 15 de diciembre de ese mismo año, fue puesto a disposición del «Estado Mayor del Grupo de Divisiones de Enlace». Condenado a 29 años de prisión, pasó por diferentes centros penitenciarios hasta que en julio de 1952 se le otorgó la libertad condicional. Se ignora el delito por el que fue condenado(*).
Según la documentación generada por el ayuntamiento de Azpeitia en el año 1940 con respecto a la información solicitada por la Caja de Reclutas de Donostia, Vicente era considerado «desafecto» por las autoridades locales. Asimismo, se afirmaba que este azpeitiarra perteneciente al reemplazo de 1937 había «servido en ambos Ejércitos»(*). Precisamente por sus actuaciones en el Ejército Vasco, contra Vicente se abrió un proceso sumarísimo de urgencia en 1939, si bien, el 26 de septiembre de 1939 la Auditoria de Guerra tomó en consideración el acuerdo del consejo de guerra y dictó el sobreseimiento provisional de la causa(*).
Natural de Azagra (Navarra) y telegrafista de profesión, Jesús fue nombrado presidente-alcalde de la Comisión Gestora de Azpeitia el 25 de enero de 1933, cargo que ocuparía hasta el mes de mayo, por ser el «funcionario de menos edad residente en Azpeitia»(*). Tras el inicio de la Guerra Civil parece ser que actuó en varios frentes como telegrafista con la categoría de capitán, hasta ser detenido en Cantabria.
Juzgado en consejo de guerra a comienzos de septiembre de 1937, existen dos sentencias para la misma causa, una fechada el 30 de septiembre de 1937 y otra el 28 de octubre del mismo año. En la primera se afirma que Jesús fue perseguido por ser «derechista», obligado a unirse al «ejército rojo» e incluso que «al leer las proclamas que arrojaron sobre el frente los aviadores de la Causa (...) huyó del frente rojo pasando a las filas nacionales». En la sentencia de octubre, en cambio, se ignora el último supuesto señalado y se afirma que Jesús era de «ideas izquierdistas». En cualquier caso, en ambos escritos se condenaba al encausado a 12 años y 1 día de prisión(*).
Vecino de Urrestilla, Eleuterio fue juzgado en consejo de guerra a mediados de 1938 por un supuesto delito de «rebelión militar». Según consta en el proceso de instrucción este joven nacido en 1913 hizo guardias armadas en Azpeitia e intervino en el registro del palacio de Zuazola, donde los involucrados «cogieron frutas del jardín». Asimismo se señala que Eleuterio era de ideas nacionalistas, y que «trajo en una ocasión un garrafón de vino de Pasajes de unos seis litros (...) que guardó en su casa hasta la entrada de las Fuerzas Nacionales, habiendo sido castigado por los marxistas por aquel hecho». Por este motivo, y por quedar constancia de que no actuó como miliciano en «las fuerzas enemigas», el 29 de octubre de 1938 fue absuelto al considerarse que con el tiempo que había pasado en prisión preventiva se daba «por suficiente sancionados los hechos»(*).
Tres años menor que Eleuterio, José María estuvo afiliado a UGT durante el período republicano. Es probable que con posterioridad actuara en el frente de guerra enrolado en algún batallón del Ejercito Vasco hasta su detención a mediados de 1937. Juzgado en consejo de guerra, el 7 de diciembre de 1937 fue condenado a la pena de muerte por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión». Según la sentencia condenatoria participó en guardias armadas, detenciones y saqueos en Azpeitia, sin que se haga mención alguna a su actividad a partir de la caída de Azpeitia el 20 de septiembre de 1936. Sin embargo, la Auditoria de Guerra anuló la condena el 25 de marzo de 1938, ordenando la apertura de un nuevo procedimiento sumarísimo. Mientras tanto, José María permaneció encarcelado en la prisión central de Burgos entre el 26 de julio de 1938 y el 26 de diciembre de 1939. En esta última fecha fue trasladado a Bilbao con motivo de su nuevo enjuiciamiento. El 21 de febrero de 1940 se dictó el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad definitiva de José María(*).
Manuel era albañil de profesión, y durante el período republicano realizó varios trabajos para el ayuntamiento, tales como el blanqueo de los edificios municipales en septiembre de 1935(*). Un año más tarde, ante la inminente entrada de las tropas sublevadas, Manuel huyó a Bizkaia, enrolándose posteriormente el Ejército Vasco. En agosto de 1937 fue capturado en Santoña por «las Fuerzas Nacionales que le pusieron en libertad para que hiciese su presentación como soldado que es del cuerpo de marina desde 1929». No obstante, a mediados de 1938 se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Manuel, acusándosele no solo de su actuación como combatiente, sino también de su actividad anterior en Azpeitia. En concreto, se le imputaba el haber acudido al barrio de Oinatz junto a otros azpeitiarras «para comprobar qué caseros habían pasado al bando nacional», si bien, en favor de Manuel se aludía a que era un persona de «buenas costumbres». Con todo, el 4 de noviembre de 1938 fue condenado a 1 año de prisión por un presunto delito de «auxilio a la rebelión», dándose por cumplida la condena por el tiempo que había permanecido en prisión preventiva(*).
Militante del PNV y afiliado a STV, José Antonio permaneció en Azpeitia hasta poco antes de la entrada de las tropas sublevadas en Azpeitia. Aunque no tenemos constancia es probable que posteriormente hubiera quedado enrolado en algún batallón del Ejército Vasco hasta su detención a mediados de 1937. A finales de ese mismo año el juzgado militar n° 3 de Bilbao dio apertura a un procedimiento sumarísimo de urgencia contra José Antonio y otros detenidos, siendo sentenciados todos ellos el 16 de mayo de 1938.
Con respecto a José Antonio, la sentencia por la que fue condenado a reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión», señalaba los servicios que este azpeitiarra había prestado al Comité de Defensa del municipio «desde el principio». En concreto, se le acusó de haber participado en el saqueo del palacio de Zuazola y en el de las viviendas de los párrocos de Urrestilla y Nuarbe, amenazando a éste último (Francisco Auzmendi)(*). Tras la sentencia fue trasladado en el mes de agosto a la penitenciaria del Puerto de Santa María en Cádiz, donde permaneció hasta el 15 septiembre de 1939 que fue conducido a la prisión de Santa Rita en Madrid. El 23 de septiembre de 1940 ingresó en la cárcel de Palencia, y finalmente el 29 de junio de 1941 le fue otorgada la libertad condicional(*).
Elías nació en Urrestilla en 1913, lugar en el que residió hasta que en 1934 se fue a vivir a Bilbao. Albañil de profesión y afiliado a STV, en octubre de 1936 se alistó voluntariamente al cuerpo de la Ertzaintza «con la que prestó servicios en hospitales y cárceles». El 19 de junio de 1937, según consta en su declaración, «se quedó vigilando con otros compañeros la Casa de la Misericordia para impedir su destrucción por los elementos extremistas». Ese mismo día, se entregó a las tropas franquistas. Tras su detención fue enviado a la prisión de Las Carmelitas de Vitoria, donde fue interrogado por primera vez el 16 de agosto de 1937. Un mes más tarde se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Elías, debiendo prestar de nuevo declaración el 6 de julio de 1938. En ésta, al afirmar el encausado que realizó servicios de guardia en varias prisiones de Bilbao, fue cuestionado sobre su participación en «matanzas que allí hubo», contestando el acusado negativamente. Con todo, el 30 de octubre de 1939 el consejo de guerra dictó el sobreseimiento provisional y el ingreso del encausado en un batallón de trabajadores. El 15 de noviembre de ese mismo año, el gobernador militar de Vitoria ordenó el traslado de Elías al campo de concentración de Miranda de Ebro (Burgos)(*).
Militante de UGT y ebanista de profesión, Maximiano quedó sin trabajo al poco tiempo de iniciarse la guerra al pararse la producción del taller donde trabajaba. Por ese motivo, según afirmó en las al menos tres declaraciones que tuvo que prestar entre 1937 y 1941 debido a su enjuiciamiento en consejo de guerra, prestó servicios en el abastecimiento «de pan y vino a los refugiados que había en Azpeitia» por orden del Comité de Defensa. Posteriormente se trasladó a Durango y se enroló en el batallón UHP, cuerpo del Ejército Vasco en el que permaneció hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937. De la prisión de El Dueso fue enviado a la provincial de Bilbao, para posteriormente, el 26 de julio de 1938, ser trasladado a la prisión central de Burgos. Dos meses más tarde se dio apertura a un procesamiento sumarísimo de urgencia contra Maximiano, el cual regresó a la penitenciaria de El Dueso donde fue nuevamente interrogado el 20 de junio de 1940. Mientras tanto, Roque Astigarraga, Hilario Bereciartua y Florencio Mangas (alcalde, jefe local de Falange y comandante de la Guardia Civil de Azpeitia, respectivamente) hicieron llegar al juzgado militar de instrucción de Santoña los «antecedentes» del encartado, señalándolo como «sujeto peligroso» responsable de saqueos, requisas y detenciones. Como en otros casos, los denunciantes no pudieron aportar testigos que ratificaran las acusaciones vertidas ante el requerimiento del juzgado, «sin embargo, los señores Valentín Larrañaga e Ignacio Martínez Olaechea (...) personas muy adictas al Glorioso Movimiento Nacional y concejales de esta localidad bien pueden confirmar informes precedentes». Sin embargo, ninguna de las dos personas citadas por el comandante de la Guardia Civil, ni tampoco otros testigos que fueron sucediéndose durante el procesamiento, corroboraron la participación de Maximiano en requisas, saqueos y detenciones. Lo único que afirmaron todos ellos es que conocían al individuo y que era de UGT, a excepción de Juan Astigarraga, hijo de Roque Astigarraga, el cual afirmó que el encausado requisó vino en el establecimiento de su padre. Ante la demora de las pesquisas judiciales, el 1 de marzo de 1941 le fue concedida la libertad condicional, comenzando poco después a trabajar en Eibar bajo la dirección de «zonas devastadas». A comienzos de 1942 aún seguía el proceso abierto. El 2 de enero la Guardia Civil de Azpeitia hizo llegar la siguiente información al juez instructor: «A pesar de las gestiones practicadas por las fuerzas de este puesto para buscar testigos presenciales de los demás hechos cometidos (...) no han dado feliz resultado». Finalmente, el 18 de junio de 1942 fue condenado a 12 años y 1 día de reclusión menor por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión»(*).
Nacido en Azpeitia en 1910, Jesús era chofer y residía en Hernani en 1936. En agosto de 1937 fue detenido en Cantabria, siendo juzgado poco después en consejo de guerra junto a otras 24 personas. Según la sentencia del 30 de septiembre de 1937 por la que fue condenado a reclusión perpetua por un delito de «adhesión a la rebelión», Jesús presto servicios de guardia armada y posteriormente se enroló voluntario en las milicias vascas. En el momento de su detención contaba con el grado de teniente dentro del Ejército Vasco(*).
Vecino de Azpeitia. Maestro organero de profesión. Prestó servicios en el aeródromo de Lamiako tras el inicio de la Guerra Civil. Por prescripción médica causó baja entre los días 5 y 12 de febrero de 1937 debido a la presencia «de cuerpos extraños en ambos ojos». Tras ser detenido por las tropas sublevadas, a finales 1937 fue trasladado junto a una veintena de reclusos a Donostia desde el Campo de Concentración Medina de Rioseco (provincia de Valladolid), abriéndose contra todos ellos diligencias previas en la capital guipuzcoana(*). El 15 de mayo de 1937 aquel juzgado ratificó la condición de represaliado de Antolin y su clasificación en el «Apartado B», siendo de nuevo destinado a un campo de concentración(*).
Fausto tenía apenas 17 años en julio de 1936. A partir del mes de agosto realizó guardias en el santuario de Loiola, cuartel general de las milicias vascas hasta su abandono el 19 de septiembre. Cestero de profesión y militante nacionalista, tras la caída de Azpeitia huyó hacia Bizkaia incorporándose posteriormente a un batallón de zapadores donde trabajó en la construcción de fortificaciones. En agosto de 1937 fue capturado en Laredo, permaneciendo recluido durante más de un año a la espera de ser juzgado en consejo de guerra(*). El 23 de septiembre de 1937, el tribunal militar que lo juzgaba consideró probada su militancia nacionalista, así como su participación en actividades de guardia armada y en un batallón de zapadores. Por el contrario, señalaba que «carece de todo fundamento la imputación de que el encartado interviniera en la detención de un casero».
Con todo, se consideró que Fausto «dada su corta edad actuó influido por sus familiares y obligado por el Frente Popular», por lo que fue puesto en libertad al dar por «suficientemente sancionada su conducta» con el tiempo que llevaba en prisión preventiva(*).
Nacido en Azpeitia en 1906 y vecino del arrabal de Bustinzuri, Genaro fue detenido en Azpeitia por orden del Comandante Militar de la plaza y trasladado a la prisión de Ondarreta. El motivo de su reclusión fue la apertura de un proceso sumarísimo en su contra en el juzgado militar no 15 de Donostia, si bien, se desconocen los cargos que se le imputaban. Entre el 19 de enero y el 2 de abril de 1939 estuvo en la enfermería de la cárcel al padecer una «insuficiencia mistral» según el informe del médico forense. 20 días después volvió a ser ingresado en la enfermería por una lesión cardiaca. Posteriormente, el 21 de marzo de 1940, fue puesto en libertad condicional, y ya en el mes de mayo, el día 7, se dictó el sobreseimiento del caso y la puesta en libertad definitiva de Genaro(*).
Tapicero de profesión y trabajador de la empresa Dámaso Azcue durante el período republicano(*), Paco huyó de Azpeitia en septiembre de 1936 ante la inminente entrada de las tropas sublevadas. Posteriormente, es probable que estuviera enrolado en un batallón de zapadores construyendo sistemas defensivos en varios sectores de Bizkaia. En Gernika, sobrevivió al bombardeo del 26 de abril de 1936, tras el cual se dirigió a Bilbao(*). Una vez detenido, fue encarcelado en la prisión de Los Escolapios (Bilbao), donde permaneció alrededor de un año. De vuelta a Azpeitia fue denunciado y traslado a la prisión de Ondarreta a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. Al parecer contra Paco se pidió pena de muerte, si bien, el 14 de marzo de 1940, encontrándose en régimen de libertad condicional, se dictó el sobreseimiento del caso y su puesta en libertad(*).
A finales de septiembre de 1937 el Juzgado Militar Permanente n° 14 de Donostia abrió un proceso de investigación para «esclarecer las actividades político-sociales a favor del Frente Popular» de 6 vecinos azpeitiarras. Entre éstos, se encontraba Eusebio, al cual se le acusaba de haber sido «propagandista del nacionalismo vasco ejerciendo coacciones en las últimas elecciones en pro de dicha causa». Aparte de estas acusaciones, «no tiene otros cargos conocidos que haber abandonado el pueblo de su vecindad y estar haciendo en Bilbao cajas de embalaje, probablemente para material de guerra». Con todo, el 12 de abril de 1938 la Auditoria de Guerra consideró que los hechos investigados no justificaban la elevación a causa sumarísima del procedimiento, por lo que fijó una sanción económica para Eusebio. Una vez abonada, Eusebio fue puesto en libertad(*).
Ebanista de profesión, Anastasio fue candidato republicano en las elecciones municipales de abril de 1933, sin que los escasos 20 votos obtenidos le sirvieran para obtener representación(*). Posteriormente, tras el inicio de la guerra, formó parte del Comité de Defensa de Azpeitia(*) hasta su huida de la localidad y su incorporación al Ejercito Vasco. En agosto de 1937 fue detenido en Cantabria y encarcelado en la prisión de El Dueso. En la misma plaza de Santoña, el 9 de diciembre de 1937, fue condenado a 30 años de reclusión mayor por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión». Meses más tarde, concretamente en mayo de 1938, un tribunal militar de Donostia solicitó el interrogatorio de Anastasio al haber sido mencionado su nombre en el proceso sumarísimo seguido contra las azpeitiarras María Altuna Astigarraga y Gloria Zabaleta Olazabal. A raíz de las preguntas que le planteaban en un cuestionario, Anastasio acusó de manera directa a María y a Gloria de haber participado en las requisas de gallinas que se les imputaban. Asimismo, ante la pregunta de qué juicio le merecían al declarante las encausadas, Anastasio contestó que ambas eran «entusiastas nacionalistas vascas que desde el primer momento se pusieron al servicio de los rojos-separatistas»(*). El 15 de noviembre de 1939 Anastasio fue trasladado desde la Colonia Penitenciaria de El Dueso a los Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid), lugar en el que permaneció preso hasta su puesta en libertad condicional el 22 de agosto de 1943(*).
Nacido en Azpeitia en 1905 y albañil de profesión, Juan combatió en el frente de guerra enrolado en el batallón de infantería Amuategui de las JSU. Detenido en el verano de 1937 en Cantabria, fue recluido en el penal de El Dueso y juzgado en consejo de guerra en la misma plaza de Santoña. El 10 de noviembre de 1937 fue condenado a 30 años de reclusión mayor por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión», apuntándose como motivos de su condena su participación en el frente y el haber sido «vocal de la Directiva Socialista»(*).
José era natural de Zumaia y vecino de Azpeitia, localidad esta última en la que trabajó como mimbrero en la empresa de Dámaso Azcue. Simpatizante nacionalista, tras el inicio de la guerra hizo servicios de guardia y posteriormente se enroló en el batallón Loyola donde ejerció como cocinero. El agosto de 1937 fue detenido en Laredo, siendo trasladado poco después al campo de concentración de Estella. Entre el 1 y el 6 de noviembre fue recluido en Miranda de Ebro, desde donde parece ser que fue trasladado a Sevilla con destino a un batallón de trabajadores especializado. No obstante, el 25 de aquel mismo mes reingresó de nuevo en el campo de concentración de Miranda de Ebro. El hecho de que regresara en tan poco espacio de tiempo de su traslado a Andalucía pudiera deberse a que fue uno de los afectados en el accidente de Alanís de la Sierra (Sevilla) ocurrido el 19 de noviembre de 1937, y en el que fallecieron 57 presos vascos. En cualquier caso, el día 26 llegó a la prisión de Los Escolapios de Bilbao, siendo juzgado y condenado en consejo de guerra a 12 años y 1 día de prisión el 17 de diciembre de 1937. Según la sentencia condenatoria, José participó en requisas de armas y en la detención de personas de derechas en Azpeitia(*). El 2 de agosto de 1938 fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa María en Cádiz, y el 14 de diciembre de ese mismo año a la penitenciaria de Sevilla(*).
José nació en la localidad vizcaína de Getxo en 1913. Vecino de Azpeitia y cestero de profesión, en noviembre de 1934 ingresó en la «compañía de Mar de Ceuta» con motivo del llamamiento a filas de su quinta. Un año más tarde, al cumplir el tiempo de servicio militar, es probable que regresara a Azpeitia. En todo caso, la siguiente noticia que tenemos data de 1938, encontrándose José encarcelado en la prisión de Ondarreta a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. El 9 de agosto de 1939 el tribunal militar dictó el sobreseimiento de la causa y su puesta en libertad(*). Probablemente actuó como miliciano durante la Guerra Civil.
Este vecino de Azpeitia se inscribió en varios listados de obreros en situación de paro laboral en 1935, cuando contaba con la edad de 26 años(*). Posteriormente, es probable que combatiera en las filas del batallón Itxarkundia hasta su detención(*). Procesado en consejo de guerra, el 4 de enero de 1938 el juzgado militar n° 12 de Bilbao determinó que la causa abierta contra Ramón debía ser investigada en un proceso sumarísimo aparte del resto de encausados que estaban siendo instruidos. Asimismo, solicitaba información tanto a la Guardia Civil de Azpeitia como al campo de concentración de Deusto, lugar en el que se encontraba en ese momento recluido(*).
En consecuencia, volvió a ser procesado en un nuevo consejo de guerra, cuya instrucción se demoró hasta 1940. Por aquel entonces, y desde finales de 1938, Ramón se encontraba en prisión atenuada en su lugar de residencia, Azpeitia. Finalmente, el 18 de abril de 1940 se dictó el sobreseimiento de la causa y su libertad definitiva(*).
José María «Koipe» nació en Azpeitia en 1907 y era vecino de la calle Iglesia. Pintor de altares y retablos de profesión, oficio más conocido como «dorador», era militante del PNV y afiliado a STV desde 1932. Tras el inicio de la Guerra Civil fue nombrado vocal del partido y del Comité Local de Orden Público. El 19 de septiembre de 1936 abandonó Azpeitia, enrolándose posteriormente en el batallón de Intendencia n° 5 del Ejército Vasco. Su primer destino fue Elorrio, si bien, actuó en varios frentes hasta su detención en Laredo el 25 de agosto de 1937.
Trasladado al campo de concentración de Aranda de Duero, el 20 de octubre de 1937 se emitió el acta de clasificación que resolvió mantenerlo en prisión (clasificado en el «apartado C») tras su declaración y el informe de la Guardia Civil de Azpeitia. Una vez se dio apertura al proceso sumarísimo de urgencia, fue trasladado a la prisión de Los Escolapios el 16 de mayo de 1938. Durante el mes de abril, llegaron al juzgado militar n° 12 de Bilbao informes de Falange y alcaldía de Azpeitia en los que se le acusaba de haber participado en varias requisas de aparatos de radio en domicilios de «personas de derechas», entre las que se mencionaba a Casto Orbegozo. En este caso concreto se aportó al expediente judicial «la copia exacta de un recibo de incautación» firmada por José María y en la que se especificaba la requisa de un «escritorio con su silla». Asimismo, se hacía mención a que una de las mujeres implicadas en la supuesta requisa llevada a cabo en Nuarbe era la «prometida o por lo menos en plan de noviazgo» del encausado. Se refería el informe a la que posteriormente fue su mujer, María Josefa Altuna Astigarraga.
Además de ello, se presentó el testimonio de dos vecinos de Azpeitia. Por un lado, José Antonio Segurola Iturrioz declaró haber sido detenido el 19 de agosto de 1936 por José María y un teniente de la Guardia Civil. Por su parte, Victoria Aizarna Lizaso declaró como testigo del «saqueo del Círculo Tradicionalista», señalando al encausado como participante en dicha requisa y calificándolo como un individuo «de malos sentimientos con las personas de orden y sobre todo con las de derechas». De hecho, Victoria quiso añadir a su declaración el supuesto boicot que José María capitaneó contra un mitin del derechista Juan Pablo Lojendio en Azpeitia: «fue interrumpido por este sujeto de mala manera, siendo varias veces interrumpido y abucheado por este y sus secuaces». Con todo, el 19 de mayo de 1938 José María ratificó ante el juez militar su declaración anterior en la que reconocía tanto su militancia política como su actuación en el frente, si bien, negó haber interrumpido al candidato derechista Juan Pablo Lojendio y dijo no recordar haber detenido a José Antonio Segurola. En consecuencia, el 7 de julio de 1938 José María fue condenado a 20 años de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión». Finalmente, el 1 de julio de 1941 le fue concedida la libertad condicional tras ser conmutada la pena por 6 años y 1 día de prisión. El 8 de septiembre de 1948 le fue otorgado el «certificado de liberación definitiva»(*).
Nacido en el caserío Arbe del barrio de Elosiaga en 1912 y vecino de Zarautz, Ignacio estuvo afiliado a UGT durante el período republicano. Tras el inicio de la guerra fue nombrado «presidente de la sección de trasportes del Comité Local» de Zarautz y, al parecer, intervino en la detención de Eleuterio Legarra. Posteriormente, quedo enrolado en un batallón del Ejército Vasco hasta su detención en Laredo el 25 de agosto de 1937. Ya en 1939, encontrándose hospitalizado en el Hospital Civil San Antonio Abad de Donostia (más conocido como hospital de Manteo), fue juzgado en consejo de guerra. El 7 de septiembre de ese mismo año fue condenado por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión militar» a 6 años y 1 día de prisión, pena que le fue conmutada por 2 años en abril de 1940. En consecuencia, tras la conmutación aprobada por la Comisión Provincial de Examen de Penas de Gipuzkoa, Ignacio quedó en régimen de libertad vigilada(*).
Gregorio tenía un negocio de alquiler de bicicletas y era chofer de profesión, tanto en el período republicano como posteriormente(*). Sin embargo, a pesar de no quedar constancia de su participación en la guerra en ninguno de los dos bandos, a finales de 1938 se dio apertura a un proceso sumarísimo de urgencia en su contra tras las diligencias previas formuladas por un tribunal militar de Bilbao. No obstante, el 14 de marzo de 1940 el consejo de guerra dictó el sobreseimiento provisional del caso y la puesta en libertad de Gregorio, al cual se le devolvieron una escopeta y cartuchos requisados en el momento de su detención(*).
Nacido en 1914 en el barrio azpeitiarra de Oinatz, Juan «Akotei-Orkazarre» fue un conocido bertsolari. Afiliado a STV, prestó servicios de guardia tras el inicio de la guerra, incorporándose posteriormente al batallón San Andrés del Ejército Vasco en calidad de sargento. Tras su detención fue juzgado a finales de 1937 en consejo de guerra en la capital vizcaína. Según la sentencia del 7 de diciembre de 1937, Juan, además de haber realizado guardias armadas en Azpeitia y haberse enrolado voluntariamente en un batallón nacionalista, fue acusado de llevar a cabo requisas. En este sentido, cabe destacar cómo Juan fue citado en otros procesos sumarísimos contra vecinos azpeitiarras, siendo señalado como autor de requisas. Por ejemplo, en el consejo de guerra practicado contra José María Garmendia Errasti y Marcelino Corta Zuloaga, el testigo Vicente Gurruchaga Unanue lo menciona cuando se refiere al registro que hicieron de su caserío en busca de Galo Barrena y la posterior requisa de tres terneros.
Con todo, Juan fue condenado a reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión»(*), si bien, tras pasar tres años en la prisión de Burgos fue puesto en libertad condicional al serle rebajada la condena. Al igual que el resto de las personas que quedaban en régimen de prisión atenuada, cada 15 días debía personarse en el cuartel de la Guardia Civil. Finalmente, en 1945 decidió abandonar Azpeitia y establecer su residencia en Iparralde(*).
Juan trabajó como factor del ferrocarril del Urola hasta su huida de Azpeitia en vísperas de la entrada de las tropas sublevadas el 20 de septiembre de 1936(*). Afiliado al Sindicato Nacional Ferroviario, en 1934 fue suspendido de sueldo por la compañía «a consecuencia de su actitud huelguística». Según el tribunal militar que lo juzgó, tras el inicio de la guerra realizó servicios guardia, sin que figure ninguna otra actuación contraria al «Glorioso Movimiento». Por ello, el 5 de marzo de 1939 se consideró que el tiempo de prisión preventiva sufrida equivalía a una sanción idónea en función de los hechos imputados(*). Posteriormente, el 26 de febrero de 1948, solicitó su reingreso en la compañía ferroviaria, siendo denegada el 10 de enero de 1949(*).
Francisco fue durante el período republicano y hasta el 19 de septiembre de 1936 conserje del batzoki de Azpeitia. Afiliado al partido nacionalista y tallista de profesión, huyó como tantos otros azpeitiarras ante la entrada de las tropas sublevadas. El 26 de agosto de 1937 fue detenido en Laredo, sin que conozcamos si tuvo algún tipo de actuación en el frente de guerra o si estuvo enrolado en algún batallón.
Posteriormente fue enviado al campo de concentración de Orduña, en el que permaneció hasta el 19 de septiembre de 1937, fecha en la cual fue enviado a la cárcel provincial de Vitoria. El 11 de octubre de 1938 fue trasladado al campo de concentración de Miranda de Ebro (Burgos), y el 15 de enero de 1939 al de Murguia. En octubre de ese mismo año, concretamente el 23 de octubre de 1939, tras más de dos años en prisión preventiva, solicitó la libertad provisional debido a la precaria situación económica familiar. Padre de dos hijos de 4 y 6 años, Francisco decía ser el «único sostén de su hogar», el cual se encontraba «en la mayor indigencia». A su solicitud adjuntaba como avales los escritos de varios vecinos de Azpeitia afiliados a Falange que firmaban responder «personal, económica y judicialmente del prisionero». Asimismo se añadió un oficio del alcalde de Azpeitia, en aquel entonces Ignacio Egaña Otegui, en el que se afirmaba que Francisco era una persona de «buena conducta moral».
Sin embargo, en el mes de diciembre la Auditoria de Guerra consideró que las informaciones que sobre Francisco existían eran constitutivas de delito y que por tanto debía darse apertura a diligencias previas. En consecuencia, el juzgado militar de Donostia recibió los respectivos informes de Guardia Civil, alcaldía, y Falange de Azpeitia. Todos ellos incidían en sus escritos en la ideología nacionalista de Francisco y por consiguiente en «sus exaltadas ideas anti españolistas», y señalaban desconocer su actuación una vez abandonado Azpeitia. Asimismo, prestaron declaración como testigos el exalcalde Roque Astigarraga y Julián Orbegozo Embil. En la misma línea que los informes anteriores, ambos acusaron al detenido de ser «muy propagandista de sus ideas» pero al mismo tiempo afirmaron que no participó en detenciones ni saqueos por ser una persona «incapaz de hacer daño a nadie». Finalmente, el juez militar instructor le concedió la libertad provisional el 10 de abril de 1940. Justo un mes más tarde se archivó la causa y le fue concedida la libertad definitiva(*).
Al igual que su hermano Francisco, Pedro era militante del PNV y afiliado a STV, si bien, sus «responsabilidades» en el partido se limitaban a ser camarero del batzoki. Posteriormente, tras huir de Azpeitia en septiembre de 1936, quedó enrolado en un batallón de Intendencia Militar en Bizkaia hasta su detención en agosto de 1937 en Laredo. Poco después y hasta mediados de 1939 permaneció recluido en el campo de concentración de Medina del Rioseco (Valladolid), siendo trasladado a comienzos de 1940 a la prisión provincial de Burgos.
A diferencia de su hermano, el suplicatorio de Pedro fechado el 22 de enero de 1940 no pedía la libertad provisional sino que se limitaba a solicitar su traslado a la prisión de Ondarreta. Mientras tanto el juzgado militar n° 7 de Donostia continuó con la instrucción, si bien, el 21 de abril de 1940 le fue concedida la libertad condicional. También en esta ocasión varios vecinos de Azpeitia militantes de Falange dieron su aval en favor del acusado, a pesar de que los informes de la Guardia Civil incidieron en sus antecedentes como militante nacionalista. Destaca uno de los datos que aportaba Roque Astigarraga desde alcaldía: «Hallándose en el campo de concentración escribió una carta en vascuence a su padre en la que vertía conceptos y frases injuriosas para España». Finalmente, el 9 de mayo de 1940 el caso fue sobreseído «quedando el encartado en situación de libertad definitiva»(*).
Roque era ebanista y trabajó en la empresa José Iturzaeta durante el periodo republicano(*). Simpatizante nacionalista, tras el inicio de la guerra prestó servicios de guardia armada en la carretera de Donostia. Posteriormente huyó a Bilbao, donde trabajó para la empresa Acha y Zubizarreta en la construcción de refugios. Detenido y encarcelado, el juzgado militar permanente n° 4 de Donostia dio apertura a un proceso de instrucción contra Roque y varios vecinos azpeitiarras a finales de 1937. Con respecto a Roque, varios informes apuntaban a su posible colaboración con Intendencia Militar del Ejército Vasco, si bien, el escrito judicial señalaba que ese supuesto no había quedado comprobado. Asimismo, se decía que a pesar de haber realizado servicios de guardia armada, no quedaba «constancia de que participara en desmanes y actos persecutorios de las derechas». Con todo, el 18 de abril de 1938 la Auditoria de Guerra ratificó la información gubernativa del juzgado militar de Donostia y dictó la puesta en libertad definitiva de Roque(*).
Nacido en 1912 en el caserío Errekartetxo, Santos fue carpintero de profesión y uno de los harrijasotzaile más conocidos de la provincia en la década de los '40 del pasado siglo(*). Anteriormente, fue movilizado por el ejército sublevado entre finales de 1936 y principios de 1937, quedando enrolado en el regimiento de infantería de montaña n° 23 (más conocido como América 23). El 22 de julio de 1937 desertó, permaneciendo escondido en su caserío hasta ser detenido por la Guardia Civil de Azpeitia el 16 de septiembre de 1939. Tras permanecer dos años oculto, fue recluido en la prisión de Azpeitia para posteriormente ser trasladado a Pamplona y ser procesado por deserción por un juzgado militar(*).
En su declaración, Santos alegó haber huido «porque había oído que le iban a llevar al frente de Santander y tenía mucho miedo que fuese hecho prisionero debido a que los nacionalistas vascos le tenían mucha rabia». Finalmente, el 1 de junio de 1940 fue sancionado con un recargo de 4 años en el servicio militar(*).
Juan era repartidor de telégrafos en su localidad natal, Azpeitia. Afiliado al PNV y al Sindicato Nacional de Telégrafos, tras el inicio de la guerra el Comité de Defensa le asignó la jefatura de este servicio de comunicaciones, hasta que el 19 de septiembre de 1936 huyó a Bilbao. En esta localidad quedó inscrito en el servicio de presidencia del Gobierno Vasco, hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937.
En el mes de septiembre se dio apertura a un proceso sumarísimo de urgencia contra Juan en la capital cántabra, siendo condenado a reclusión perpetua el 31 de noviembre de 1937. Según la sentencia del consejo de guerra, Juan había destruido los aparatos de telégrafos existentes antes de escapar de Azpeitia(*). El 9 septiembre de 1938 fue trasladado desde la prisión provincial de Santander a El Dueso, donde permaneció hasta su puesta en régimen de libertad condicional el 21 de junio de 1941(*).
El menor de los hermanos Iturralde Bereciartua no había cumplido aún los 18 años cuando en 1936 estalló la Guerra Civil. Acompañando a sus hermanos combatientes del batallón Loyola, José quedó refugiado en Gernika hasta su evacuación hacia Bilbao. En agosto de 1937 fue detenido en Santoña y enviado al campo de concentración de Miranda de Ebro, donde fue clasificado en el «apartado B» y trasladado a un batallón de trabajadores. Ya en el verano de 1938, José se encontraba recluido en un Batallón de Trabajadores Especialistas en Lamiako (Leioa), perteneciente al Servicio de Recuperación de Automóviles con base en Zornotza. El 24 de agosto, la jefatura de este batallón dio parte al gobernador militar de Bizkaia de un hecho sucedido ese mismo día alrededor de las 15:00 horas. Al parecer Jose Iturralde y otros compañeros represaliados iban gritando en euskera, profiriendo gritos subversivos y levantando el puño cuando eran trasladados en un convoy a su paso por Atxuri. Estos hechos fueron denunciados inmediatamente por un antiguo jefe de la guardia municipal de Santurzi y en aquel momento miembro de la Brigada de Investigación de la Guardia Civil, Manuel Sanz Cantera, y varios oficiales requetés. En consecuencia, el 26 de agosto se abrió un proceso sumarísimo de urgencia contra José y el resto de los detenidos. Tres días más tarde negó las acusaciones en su declaración, afirmando que lo único que había hecho era cantar la canción boga-boga hasta Basurto, y como quiera que en este punto les reprochó el sargento Echevarria por cantar canciones vascas, se limitaron a cantar Adiós Bilbao y el desde Santurce a Bilbao. Sin embargo, el juez militar instructor dio por buenas las declaraciones acusatorias. Aun considerando que no podía estimarse como delictivo el hecho de pronunciar palabras en euskera sino eran vertidas con ánimos de «injuriar a un Régimen o Instituciones Patrióticas», sí estimó que levantar el puño «implica un acto público de marcada hostilidad al Estado que de una manera fundamental lucha por desterrar de España el comunismo disolvente». Con todo, el 17 de septiembre de 1938 el consejo de guerra consideró probado «que levantaron reiteradamente el puño y profirieron gritos subversivos en vascuence», lo que suponía un delito de «adhesión a la rebelión» y una condena de 30 años de reclusión mayor. El 10 de diciembre de 1938 José fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa María en Cádiz, donde permaneció recluido hasta el 27 de septiembre de 1940 que le fue concedida la prisión atenuada. El 2 de abril de 1943 la Comisión Central de Examen de Penas le conmutó la pena de 30 años por la de 6 años, fijándose como fecha de extinción de la condena el 22 de agosto de 1944(*).
Juan nació en 1914 en Urrestilla. Ebanista de profesión, durante el período republicano estuvo afiliado a STV y al PNV. Tras el inicio de la guerra probablemente prestó servicios de guardia para el Comité de Defensa al igual que su hermano Vicente. En 1936 se enroló en el batallón Loyola con el que combatió en diferentes frentes hasta ser capturado en la localidad cántabra de Limpias el 26 de agosto de 1936. Un año más tarde fue trasladado al campo de concentración de Aranda de Duero, donde la Comisión de Examen de Penas lo clasificó en el «apartado C», lo que supuso permanecer en prisión a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. Al parecer, además de su alistamiento voluntario en el Ejército Vasco y su filiación política, la Comisión tuvo en cuenta el informe de la Guardia Civil de Azpeitia en el que se decía que Juan había participado en saqueos y detenciones. El 22 de noviembre de 1937 fue enviado a la penitenciaria de Burgos, donde permaneció recluido hasta su traslado a la prisión de Los Escolapios en Bilbao tras abrirse el procedimiento sumarísimo de urgencia que lo juzgaría. El 14 de diciembre de 1938 la justicia militar franquista decidió sobreseer el caso y enviarlo a un batallón de trabajadores a comienzos de septiembre de 1939(*). A mediados de julio de 1940, en concreto el 26 de julio, encontrándose ya en situación de libertad, fue detenido y encarcelado hasta el 1 de agosto acusado de un delito de «atentado a la autoridad». Posteriormente, entre el 16 de junio y el 2 de diciembre de 1947 fue de nuevo detenido e incomunicado por el mismo motivo que en 1940. Estos encarcelamientos arbitrarios y preventivos coincidieron probablemente con actos de Franco en la capital guipuzcoana, lo que le costó a Juan un total de 180 días encarcelado, a los que habría que sumar el tiempo ininterrumpido de reclusión padecido entre agosto de 1936 y principios o mediados de 1940(*).
Vicente era militante del PNV y afiliado a STV. Durante el periodo republicano trabajaba en la empresa de muebles Dámaso Azcue como tornero, si bien, en enero de 1935 Vicente y su compañero Santiago Zudupe fueron despedidos. Tras el inicio de la guerra fue comisario de Orden Público y posteriormente se incorporó al batallón Loyola, cuerpo en el que fue ascendido a teniente tras la caída de Bilbao. En agosto de 1937 se produjo la entrega del batallón a las tropas fascistas italianas en la localidad cántabra de Limpias, siendo enviado seguidamente a la prisión de El Dueso. En septiembre del mismo año dio comienzo el proceso sumarísimo de urgencia que un mes más tarde, concretamente el 20 de octubre de 1937, lo condenó a la pena de reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión». Posteriormente, fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa María, donde permaneció hasta agosto de 1940 que le fue otorgada la libertad condicional. El 27 de mayo de 1943 se confirmaba la conmutación de la pena por 6 años y 1 día de cárcel, por lo que en agosto de 1944, al igual que su hermano José, quedo extinguida definitivamente la condena(*).
Tras su salida de prisión instaló su residencia en Zarautz. Al parecer el taller y todos sus bienes en Azpeitia habían sido confiscados y se encontraban en manos de un azpeitiarra que había servido en la guerra como requeté. Sin embargo, al tiempo recuperó sus pertenencias(*).
El mayor de los hijos de «Anttonbeltz», fue militante de Unión Republicana y afiliado a UGT durante el periodo republicano. Ebanista de profesión, tras el cierre parcial de la fábrica donde trabajaba al estallar la guerra, acudió al llamamiento del Frente Popular para prestar servicios de guardia armada. El 19 de septiembre de 1936 huyó de Azpeitia y se instaló en casa de un familiar en Bilbao. En el mes de noviembre, al ser movilizada su quinta, quedó enrolado en el batallón UHP, donde prestó sus servicios hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937.
En el mes de octubre, encarcelado en El Dueso, fue interrogado por la Comisión de Clasificación de Prisioneros de Santoña. En base al testimonio de Juan y al informe de la Guardia Civil de Azpeitia, donde se le calificaba de «perseguidor y amenazador de toda persona de orden», fue clasificado en el «apartado C». Ya a comienzos de 1939 se abrió un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Juan, siendo trasladado el encausado a la prisión de Los Escolapios. Tanto los informes de Falange como de alcaldía ratificaban las acusaciones vertidas por la Guardia Civil, e incluso citaban a dos personas que habían sido detenidas por Juan: Ignacio Echeverria Altamira y Casto Orbegozo Embil. Ambos declararon en febrero de 1939 haber sido detenidos por agentes de la Guardia Civil y miembros del Comité de Defensa de Azpeitia entre los que se encontraba Juan, si bien, en el mes de marzo el juez instructor organizó varios careos entre el acusado y los testigos en los que éstos afirmaron no poder dar «seguridad absoluta» sobre la participación de Juan en su detención. En concreto, ambos testigos dudaban de cuál de los dos hijos de «Antton Beltz» había sido el autor de la detención.
Con todo, encarcelado en la prisión de Ondarreta desde comienzos de 1939, el 29 de abril de ese mismo año el consejo de guerra acordó clasificarlo en el «apartado B» y en consecuencia enviarlo a un batallón de trabajadores. El 20 de julio de 1939 fue conducido al campo de concentración de San Pedro de Cardeña(*). Un año más tarde, el 15 de julio de 1940, se abrió un nuevo procedimiento sumarísimo de urgencia contra Juan. Sin embargo, al poco de iniciarse la fase de instrucción se dio por sobreseído el caso al haber sido ya juzgado por los mismos hechos(*).
Simón fue un simpatizante nacionalista dedicado al comercio de ganado. Tras el inicio de la guerra, prestó servicios de vigilancia en la cárcel y guardias armadas en varios puntos de acceso a Azpeitia. Asimismo, a las órdenes del Comité de Defensa, estuvo encargado del tráfico de ganado, actividad a la que venía dedicándose profesionalmente desde hacía décadas. Por ese motivo, Roque Astigarraga (alcalde de Azpeitia) Julián Orbegozo (delegado de la Junta Carlista de Azpeitia) y su hermano Casto presentaron una denuncia ante la Guardia Civil de Azpeitia. Detenido el 15 de julio de 1937, cuando contaba con 59 años de edad y tras regresar de Bizkaia a donde había huido, fue trasladado a la prisión de Ondarreta mientras el juez militar de Donostia iniciaba la instrucción.
En las declaraciones ante el juez, tanto los tres denunciantes como los informes de Falange y Guardia Civil, ratificaron las acusaciones señaladas, si bien, incidían en la escasa implicación del acusado en las actividades del Comité. Más aún, Julián Orbegozo destacó en su declaración el buen trato que recibió de Simón mientras estuvo preso. Por todo ello, el juez instructor decidió que el tiempo que llevaba en prisión era suficiente sanción, proponiendo su absolución y puesta en libertad definitiva en abril de 1938. En el mes de agosto, concretamente el día 16, la Auditoria de Guerra de la 6ª Región Militar ratificó el informe judicial. El 24 de septiembre de 1938 fue puesto en libertad(*).
Victoriano nació en Azpeitia en 1894 y era armero de profesión. A comienzos de 1939 la Jefatura Nacional de Seguridad dependiente del Ministerio de Interior lo detuvo en Madrid, lugar donde al parecer había establecido su residencia, siendo acusado de un supuesto delito de «auxilio a la rebelión». En el mes de abril fue trasladado a la prisión de Ronda de Atocha n° 21, y el 14 de junio condenado por el consejo de guerra permanente n° 8 de Madrid a 12 años y 1 día de reclusión menor. Tras la condena, el 28 de agosto de 1939, fue recluido en el castillo-prisión de Cuellar (Segovia)(*). Según la sentencia, Victoriano perteneció al PNV e ingresó voluntario en el Ejército Vasco «donde ascendió a teniente y prestaba sus servicios en una compañía motorizada». El 19 de junio de 1940 la Comisión Provincial de Examen de Penas de Madrid propuso conmutar la pena impuesta por la de 6 años y 1 día. Dicha petición fue aprobada el 27 de julio de 1943(*).
Natural de Azpeitia y vecino de la localidad vizcaína de Areatza, Agustín fue durante el período republicano corresponsal del diario Euzkadiy secretario del batzoki de aquella localidad. Tras el inicio de la guerra el Comité Local de Areatza lo nombró delegado de Asistencia Social y sirvió como cabo de Guardias Cívicos. Además de ello, según la sentencia del consejo de guerra que lo condenó en noviembre de 1937 a la pena de muerte, gestionó «la recluta de jóvenes para las milicias vascas» y el envió de armas por parte de la Comisaría de Guerra de Bizkaia. Un mes después de ser condenado, la Secretaria General de Estado le conmutó la pena «por la de inferior en rango», es decir, por la reclusión perpetua(*). Encarcelado en El Dueso, el 6 de agosto de 1938 fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa María. Posteriormente, el 9 de diciembre de 1942, su destino fue la penitenciaria de Sevilla, lugar en el que permaneció hasta que en enero de 1943 le fue concedida la prisión atenuada(*).
Nacido en Azpeitia en 1900. En diciembre de 1937 León se encontraba encarcelado en la prisión de Zapatari en Donostia, procedente del campo de concentración de Medina del Rioseco (Valladolid). Probablemente, León fue combatiente del Ejército Vasco(*).
Conocido en el mundo de la pelota como «Larrañaga III»(*), a Sabino le sorprendió el estallido de la Guerra Civil en Donostia. En un primer momento se incorporó como voluntario a las milicias vascas, y posteriormente estuvo enrolado en la Ertzaintza. A finales de 1937 fue apresado en alta mar cuando se dirigía en un remolcador a Francia desde la ciudad asturiana de Gijón. Encarcelado en la prisión provincial de Burgos, realizó trabajos forzosos en el Parque de Automóviles de dicha provincia hasta que el 14 de septiembre de 1937 fue condenado a reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión». Según la sentencia del consejo de guerra, además de sus «antecedentes» se apuntaba a que mientras estuvo recluido en el parque de automóviles «ha manifestado frases contra el Movimiento Nacional diciendo que era de izquierdas y que el día que tuviera ocasión se pasaría al enemigo». El 3 de febrero de 1940 fue trasladado a la prisión central de Valdenoceda, donde permaneció hasta su puesta en régimen de libertad condicional el 8 de mayo de 1941. Un mes antes, concretamente el 24 de abril, la Comisión Provincial de Examen de Penas de Burgos le había conmutado la pena por 8 años de prisión(*).
Pio era ebanista de profesión y simpatizante nacionalista. Al estallar la guerra prestó servicios de guardias «con miras a no perder el jornal». Tras huir a Bilbao, se empleó en la empresa Acha y Zubizarreta fabricando camastros y construyendo trincheras hasta que fue movilizada su quinta. Entonces, fue destinado al servicio de Enlaces y Transmisiones del Ejército Vasco en Bilbao, lugar en el que fue detenido a la entrada de las tropas sublevadas. Encarcelado en Ondarreta durante la instrucción, el 21 de abril de 1938 el juzgado militar permanente n° 14 de Donostia decidió enviarlo al campo de concentración de San Pedro de Cardeña (Burgos)(*).
La primera mención respecto a Inocencio data de 1933. Nacido en 1901 y presidente del club deportivo Lagun-Onakdurante el periodo republicano, Inocencio fue el máximo impulsor de una protesta contra la prohibición de la «Autoridad Diocesana» de cantar el himno Iñaki Deuna durante el acto religioso del 1 de agosto de 1933 en honor a San Ignacio de Loyola. Según el escrito que Inocencio remitió al ayuntamiento de Azpeitia para que éste se adhiriera a la protesta, el hecho denunciado era «un caso de patente desconsideración a nuestra lengua nacional vasca». En la sesión del 8 de agosto, la corporación municipal decidió adherirse a la protesta y designar al alcalde como miembro de la comisión que iba a hacer entrega de la queja a la «Autoridad Diocesana»(*). Ya en agosto de 1936 Inocencio prestó servicios de guardia armada en Azpeitia, y posteriormente huyó a Bilbao. En la capital vizcaína se alistó al cuerpo motorizado de la Ertzainzta donde estuvo enrolado hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937. Juzgado en consejo de guerra en la plaza de Santoña, el 6 de septiembre de 1937 fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión»(*). El 24 de agosto de 1938 fue trasladado desde la prisión de El Dueso a la penitenciaria del Puerto de Santa María, y de ésta a la de Sevilla en el mes de diciembre. El 15 de abril de 1940 su destino fue el batallón de trabajadores de la localidad sevillana de Dos Hermanas, lugar en el que permaneció hasta la obtención del régimen de libertad condicional en septiembre de ese mismo año(*).
Sebastián trabajó en la compañía del ferrocarril del Urola como ayudante de recorrido hasta septiembre de 1936. Residente en Azpeitia durante el período republicano, a partir del mes de agosto de 1936 prestó servicios de guardia armada en Zumaia, localidad de la que probablemente era originario. Según la sentencia por la que fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión», Sebastián era de ideología «separatista» y mediante las guardias mencionadas «vigilaba a personas afectas a Nuestro Movimiento»(*). Además de ello, Sebastián fue despedido de la compañía del ferrocarril del Urola «por abandono del puesto de trabajo» el 20 de septiembre de 1936(*).
Natural de Oñati, Julián residió en Azpeitia durante el período republicano, si bien, también fue vecino de Zarautz. El establecimiento de su domicilio en Azpeitia se debió a su trabajo en la compañía del ferrocarril de Urola, en la que ocupó el cargo de «jefe accidental de Intervención y estadística». En octubre de 1934 formaba parte de la primera Junta Directiva del recién creado Sindicato Católico de Oficios Varios de Azpeitia. El 20 de septiembre de 1936, un día después de que escapara de Azpeitia, fue expulsado de la compañía por «abandono del puesto de trabajo»(*). En agosto de 1937 fue detenido en Cantabria y juzgado en consejo de guerra en la plaza de Santoña. Según la sentencia del 7 de septiembre de ese mismo año, Julián fue comisario político de un «batallón rojo» y «el encargado de transportes». Por estos motivos fue condenado a la pena de muerte, si bien, la Secretaria General de Estado le conmutó la pena «por la de inferior en rango», es decir, por la reclusión perpetua. Posteriormente fue trasladado a la prisión de Los Escolapios, y ya en julio de 1938 a la prisión central de Burgos(*). En agosto de 1939, encontrándose recluido en el penal de Burgos, el juzgado militar eventual no 1 de Bilbao abrió diligencias previas contra Julián y otros reclusos, acusándoseles de haber ocultado billetes extranjeros y del Gobierno Vasco con el fin de canjearlos. Los hechos ocurrieron el 2 de mayo de 1938 cuando los encausados se encontraban presos en Los Escolapios, y fueron descubiertos al proceder varios funcionarios de prisiones al cacheo de los reclusos. Este nuevo procedimiento se alargó varios años, e incluso sin darse por concluida la fase de instrucción, a Julián le fue otorgada la prisión atenuada en mayo de 1943, estableciendo su residencia en Madrid. El 1 de diciembre de 1944, a requerimiento del juzgado militar de Bilbao, Julián fue detenido y trasladado a la prisión provincial de Bilbao a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. Dos meses más tarde, concretamente el 24 de febrero de 1945, el tribunal emitió su sentencia absolviendo a todos los encausados, por lo que Julián volvía a quedar en libertad vigilada(*).
Nacido en Donostia en 1910 y vecino de Azpeitia, Manuel trabajo en la compañía del ferrocarril del Urola hasta el inicio de la guerra. Afiliado a UGT, fue nombrado vocal del «Comité de Guerra local», considerándole la justicia militar franquista una persona de «marcada ideología comunista». Tras huir de Azpeitia, quedó enrolado en el batallón comunista MAOC hasta su detención a mediados de 1937. Trasladado a la prisión de Ondarreta, en abril de 1938 el juez militar instructor responsable de su procesamiento decretó el desglose de la causa, por lo que pasaba a ser investigado en un nuevo procedimiento sumarísimo(*). Al mismo tiempo, Manuel era trasladado a la prisión de Valdenoceda (Burgos), donde permaneció hasta poco después de ser condenado el 23 de julio de 1941 a 20 años y 1 día de prisión(*). Según la sentencia, el consejo de guerra estimó que Manuel era responsable de un delito de «adhesión a la rebelión» debido a su participación en el Comité de Defensa de Azpeitia y a su intento fallido de boicotear la central eléctrica del ferrocarril del Urola poco antes de huir de Azpeitia. El 5 de julio de 1942 volvió a ingresar en la prisión de Ondarreta, lugar en el que permaneció recluido hasta el 31 de enero de 1944 que fue puesto en libertad. No obstante, la pena impuesta le obligó a exiliar, fijando su residencia en Durango(*).
Víctor era natural de Azpeitia y vecino de Donostia. Chofer de profesión y militante de UGT, se puso a disposición del Frente Popular al estallar la guerra, haciendo guardias armadas y «examinando la documentación de los viajeros» que entraban y salían de la capital guipuzcoana. Posteriormente es probable que huyera a Bizkaia y que prestara algún tipo de servicio en el Ejército Vasco, si bien, no hay constancia. En cualquier caso, a mediados de 1937 se encontraba preso en Bilbao, lugar donde fue juzgado en consejo de guerra. El 3 de septiembre de 1937 fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión»(*), siendo traslado en agosto de 1938 a la prisión central de Burgos. En el mes de noviembre del mismo año su destino fue la prisión de Astorga, lugar en el que permaneció hasta la obtención de la prisión atenuada el 8 de julio de 1940, tras serle conmutada la pena por la de 2 años de prisión menor(*).
Nacido en 1914 y vecino de Azpeitia. El juzgado militar n° 11 de Donostia abrió un procedimiento sumarísimo ordinario contra Manuel en 1939, encontrándose el acusado en paradero desconocido durante la instrucción. El 6 de septiembre de 1940 el juez militar instructor declaró en rebeldía a Manuel, quedando la causa archivada hasta su localización. Probablemente, actuó como combatiente a las órdenes de la Comandancia de Azpeitia en el verano de 1936(*).
Es probable que José María, al igual que sus hermanos Avelino y Leandro (este último muerto en el frente), hubiera participado en la guerra como miliciano integrado en el batallón socialista UHP. En cualquier caso, de lo único que tenemos constancia es de que para septiembre de 1937 se encontraba encarcelado en la prisión donostiarra de Ondarreta. Un mes más tarde, concretamente el 5 de octubre, José María fue encausado mediante procedimiento sumarísimo de urgencia por el tribunal militar permanente n° 4 de Donostia.
El 7 de mayo de 1938 se dictó el sobreseimiento provisional de la causa «por carecer de relevancia penal los hechos que se imputan». No obstante, fue clasificado en el «apartado B» y enviado a un batallón de trabajadores(*).
Avelino nació en 1879 en San Asensio (La Rioja). Comerciante de profesión, en 1922 llegó a Azpeitia y abrió un bar llamado La Cepa. Durante el período republicano fue un destacado dirigente de izquierdas, miembro del Círculo Republicano y presidente de Izquierda Republicana en 1934.
En septiembre de 1936, ante la inminente entrada de las tropas sublevadas, Avelino huyó a Bilbao, lugar desde el que dirigió una carta a Vicente Guibert en la que le reprochaba el haber permitido el saqueo de su casa y su negocio. Dicha carta, fue posteriormente utilizada en el procedimiento sumarísimo de urgencia instruido contra Avelino al (supuestamente) decir literalmente «sea como sea y donde sea nos hemos de ver».
En junio de 1937 se trasladó al municipio cántabro de Astillero, localidad en la que consiguió un salvoconducto del jefe local de Falange, lo que le permitió marchar a su pueblo natal. El 2 de septiembre de 1937 la Guardia Civil de San Asensio lo detuvo con la intención de «averiguar la clase de persona del referido individuo en el orden político y social», ya que al parecer portaba dinero en metálico. En sus pesquisas, el comandante del puesto logró obtener el testimonio de tres vecinos de San Asensio que afirmaban que Avelino era de «ideas extremistas» y que en alguna de las ocasiones que Avelino visitó el pueblo gritó «viva Rusia». Asimismo, Falange y Guardia Civil de Azpeitia no tardaron en colaborar en las averiguaciones y el día 6 mandaron sus respectivos informes en los que se calificaban a Avelino de «elemento peligrosísimo» y «envenenador de la juventud», cuyo establecimiento era «el verdadero foco de ideas subversivas». Además de ello, se le acusaba de haber desarmado a personas de derechas, repartiéndolas a la «canalla marxista», y de pertenecer al Comité de Defensa.
Por todo ello, en el mes de octubre fue trasladado a la prisión de Ondarreta, donde Avelino ratificó su declaración anterior ante la Guardia Civil de San Asensio. En ambas, por tanto, reconocía haber sido miembro del Círculo Republicano pero negaba ser fundador del mismo, así como de haber estado integrado en el Comité de Defensa. De igual forma, declaró que el dinero que portaba era fruto de su trabajo y que su carta a Vicente Guibert era simplemente una queja y no una amenaza. Sin embargo, desde entonces y hasta mediados de 1938, al juzgado militar de Donostia llegaron las declaraciones de varios testigos propuestos por el ayuntamiento de Azpeitia y Falange, las cuales incidían en su mayoría en las acusaciones anteriormente vertidas. En concreto, Pedro Segurola Querejeta (jefe de la policía municipal), Casto Orbegozo, y Galo Barrena, ahondaron en el argumento de que el bar La Cepa era un foco izquierdista utilizado en julio de 1936 para repartir las armas traídas de Eibar, y que, fuese o no uno de los que formó parte del Comité u organizó las milicias antifascistas, fue sin duda «uno de los principales responsables de todo lo ocurrido en Azpeitia durante la dominación roja». Por su parte, Vicente Guibert, presuntamente amenazado por Avelino en su misiva, declaró que el encausado le merecía «un buen concepto en el aspecto personal, no pudiendo decir nada ni en pro ni en contra del concepto político del mismo».
El 29 de julio de 1938 Avelino volvió a declarar por tercera vez desde la prisión de Ondarreta. En esta ocasión añadió nuevos argumentos. Por un lado declaró «que si se metió en un partido republicano fue porque había sido boicoteado por los nacionalistas vascos, contra quienes no sentía simpatía alguna». Por otra parte, afirmaba que había intervenido para salvar la vida a Paulino Uzcudun, afirmación que según el encartado podrían corroborar Vicente Guibert y Pascasio Carasusan. Sin embargo, ninguno de los dos corroboró dicho testimonio. Finalmente, el 1 de diciembre de 1938 el consejo de guerra dio por válidos todos los argumentos utilizados contra Avelino, tan sólo señalando la ausencia de pruebas con respecto a su pertenencia al Comité de Defensa. Por ello, fue condenado a 30 años de reclusión mayor por un supuesto delito de «rebelión militar»(*).
Juan fue al igual que Avelino Moral militante de Izquierda Republicana de Azpeitia durante el periodo republicano. Cantero de profesión, al estallar la guerra participó en la construcción de refugios y en la voladura de varios viaductos en la zona de Mandubia. Posteriormente huyó a Bilbao, donde quedó enrolado en el batallón n° 1 de ingenieros en calidad de sargento, dedicándose a la construcción de sistemas defensivos. Finalmente, en agosto de 1937, fue capturado en Cantabria.
Encarcelado en la prisión de El Dueso, fue procesado en consejo de guerra junto a otras cinco personas en el mes de septiembre. Como parte de la instrucción se añadió el informe del ayuntamiento de Azpeitia en el que se acusaba a Juan de estar afiliado a UGT, efectuar requisas a personas de derechas, y ser el «jefe del grupo de voladores de puentes y carreteras que realizaron muchísimos desperfectos». Estos tres supuestos fueron negados por el encartado en su declaración. Sin embargo, el tribunal militar les dio validez y el 10 de septiembre de 1937 fue condenado a la pena capital junto con otros dos de los procesados.
A pesar de que la pena impuesta fue ratificada por la Auditoria de Guerra, la Secretaria General de Estado le conmutó la condena «por la inferior en grado» el 24 de febrero de 1938, por lo que pasaba a estar penado a 30 años de prisión. Ya en abril de 1943, le volvió a ser conmutada la pena por 20 años de reclusión, si bien, el 8 de agosto de ese mismo año le fue otorgada la libertad condicional. Tras salir de prisión fijó su residencia primero en Zarautz, luego en Errenteria, y finalmente en Tolosa(*). En Azpeitia, la propiedad que poseía en el «primer piso y la mitad indivisa de la planta baja, del desván y de las partes comunes de la casa n° 22 de la calle de la iglesia» le había sido incautada con anterioridad a su liberación(*).
Escribiente de profesión, José estuvo afiliado al PNV durante el periodo republicano. Tras el inicio de la guerra pasó a formar parte del Comité de Hacienda y fue vocal de la Sección de Trasporte. Una vez fuera de Azpeitia quedo enrolado en el batallón Amayur,(*) donde actuó en servicios de trasmisiones militares, hasta que fue capturado en Laredo en agosto de 1936.
Trasladado a la prisión de Ondarreta, fue procesado en consejo de guerra a partir de finales de 1937. Según los informes aportados por las autoridades locales de Azpeitia y algunos vecinos, José participó en requisas y sanciones de personas de derechas. También se le acusó de haber exhibido a modo de trofeo dos boinas rojas que pudieran haber pertenecido a dos requetés asesinados, si bien, las pesquisas judiciales no pudieron corroborar este hecho. En cuanto a su comportamiento con los presos de derechas, el tribunal sentenció que «es dudoso» puesto que «mientras algunos testigos afirmaban haberles facilitado la libertad, otros dicen que propuso su conducción a Bilbao al evacuar el pueblo el Comité». Con todo, José fue condenado a 30 años de prisión por un supuesto delito de «rebelión militar» el 21 de julio de 1938(*). Un mes más tarde, declaró desde la prisión de Ondarreta como testigo en la causa abierta contra Avelino Moral, exculpándole de cualquier responsabilidad en el Comité de Defensa de Azpeitia(*). El 29 de noviembre de 1938 fue trasladado a la prisión central de Burgos, penitenciaría en la que permaneció encarcelado hasta que el 4 de abril de 1941 se le concedió la libertad condicional. Tras su liberación estableció su residencia en Arrasate(*).
Natural del caserío Oielantzun del barrio de Odria y ebanista de profesión, Fernando era de ideología nacionalista. Tras la caída de Azpeitia se enroló en algún batallón del Ejército Vasco, probablemente en Euzko Indarra de ANV al igual que su hermano Félix(*).
Posteriormente fue capturado por las tropas franquistas y encerrado en la prisión de Los Escolapios. El 11 de enero de 1938 el consejo de guerra celebrado en Bilbao lo condenó a 30 años de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión», al haber dado por buenas las acusaciones que definían a Fernando como un «elemento destacado» del nacionalismo en Azpeitia, implicado en varios saqueos. Asimismo, fue acusado de participar en la detención de Nazario Sorazu Aizpitarte, vecino del caserío Murgil de Oinatz, el cual falleció con posterioridad en el frente de Asturias enrolado en el requeté del tercio de San Ignacio(*).
En abril de 1941 Fernando fue trasladado a los Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid), lugar en el que permaneció hasta serle concedida la libertad condicional el 8 de agosto de 1942(*).
Oriundo del caserío Garatxabal del barrio de Odria, Ignacio se enroló como voluntario en el batallón Loyola, actuando en varios frentes hasta su detención en el municipio cántabro de Limpias en agosto de 1937. En un primer momento fue encarcelado en Castro Urdiales, y posteriormente trasladado a Santoña. En octubre de 1937 fue juzgado por primera vez en consejo de guerra, el cual dictó el sobreseimiento de la causa y el envío de Ignacio al campo de concentración de Miranda de Ebro(*). Poco después fue destinado al batallón de trabajadores n° 64 de Estella, que en aquel momento se hallaba en Oteiza; si bien, a comienzos de 1938 recibió la orden de ir a Zestoa para integrarse en el tercio de San Ignacio. Enviado al frente de Teruel, el 2 de marzo de 1938 ocurrió un episodio por el que fue juzgado por segunda vez en consejo de guerra, esta vez junto a otros tres azpeitiarras también protagonistas: Lucas Manuel Orbegozo Orbegozo, Ignacio Zubimendi Olaizola y Tomás Odriozola Echeverria. Al parecer, en la madrugada de aquel 2 de marzo estos cuatro hombres más el hermano de Ignacio, José Ramón, (enjuiciado en un procedimiento aparte) y un sexto azpeitiarra no imputado (Antonio Orbegozo Arzuaga), encontrándose en la posición de Villa Felisa, se acercaron a un caserío con la intención de hacerse con unas gallinas. Antonio Orbegozo quedó de guardia a unos 20 metros del caserío, mientras que los demás fueron apresados al acercarse a dicha vivienda.
Por este hecho, se les acusó de haber desertado «pasándose al enemigo», cuya posición se encontraba a aproximadamente 1 km, y con los que, una vez atrapados, combatieron hasta el final de la guerra. Por ello, cuando a finales de mayo de 1939 regresaron a Azpeitia fueron apresados e interrogados por la Guardia Civil, al tiempo que Falange y alcaldía de Azpeitia emitían informes desfavorables contra Ignacio y el resto, acusándoles de «nacionalistas» y dando por probada la evasión, dado «su espíritu de traición y felonía a España». En el mes de octubre fueron traslados a la prisión de Ondarreta. Entre febrero y marzo de 1940, varios vecinos de Azpeitia que también se encontraba en el mismo tercio fueron interrogados en Donostia, declarando todos ellos que quizás los acusados eran de «ideas nacionalistas» pero que no habían observado en su actitud que les hiciera «sospechar de su desafección a la Causa Nacional». En cualquier caso, la declaración principal fue la de Antonio Orbegozo, el cual había quedado montando guardia. Según su relato, llevaba una hora y media en su posición cuando decidió regresar al no tener noticias de sus compañeros, sin que en el transcurso de ese tiempo viera o escuchara nada sospechoso. Por ello, pensó que habían desertado. El 5 de marzo de 1940 Ignacio volvió a prestar declaración asistido por un intérprete de castellano, al igual que otros declarantes azpeitiarras del mismo sumario. En dicha declaración relato nuevamente que habían sido interceptados por unos veinte milicianos que «poco antes de llegar al caserío, de una tejavana salieron los rojos que les desarmaron» y les hicieron prisioneros. El 9 de mayo Ignacio prestó su tercera y última declaración desde que en mayo de 1939 fuera detenido en Azpeitia, si bien, permaneció encarcelado un año más antes de que el consejo de guerra emitiera su veredicto. El 1 de mayo de 1941 el tribunal militar argumentaba que los cuatro eran de «ideología separatista» pero de «buena conducta», y daba por buena la versión de la captura. Por ello, Ignacio y el resto de los encausados fueron absueltos y puestos en libertad(*).
La historia de José Ramón a partir de agosto de 1936 es prácticamente idéntica a la de su hermano Ignacio (éste tres años mayor), si bien, en el caso de José Ramón el desenlace fue más trágico. Combatiente del batallón Loyola, intervino en varios frentes de guerra en el «Frente Norte» hasta su detención en Laredo en agosto de 1937. Clasificado como prisionero de guerra, probablemente por la Comisión Clasificación de Prisioneros de Miranda de Ebro, fue destinado al batallón de trabajadores n° 64 de Estella. De este batallón salieron José Ramón, Ignacio, y el resto de los encausados con éste último, para enrolarse en el tercio de San Ignacio a comienzos de 1938. El 2 de marzo de ese mismo año ocurrió el episodio de la posición de Villa Felisa en el frente de Teruel, por el que José Ramón y otros 4 azpeitiarras acabarían de nuevo enrolados en el bando antifranquista y posteriormente juzgados en consejo de guerra. Sin embargo, a diferencia del resto, José Ramón fue encartado en un proceso sumarísimo aparte, por el que fue condenado a 30 años de reclusión mayor el 9 de agosto de 1940. Mientras que el consejo de guerra que juzgó a su hermano Ignacio y al resto de los encausados consideró que éstos fueron capturados por fuerzas republicanas, en la sentencia condenatoria emitida contra José Ramón se especificaba que el paso al «enemigo» se produjo de manera voluntaria. Por tanto, José Ramón, encarcelado en Ondarreta desde finales de 1938, fue el único condenado de los 5 azpeitiarras protagonistas de esta historia. Tras la condena estuvo recluido en un batallón de trabajadores en Errenteria durante 11 meses(*).
Oriundo del caserío Malkorre del barrio de Aratz-Erreka, José Cruz era ebanista de profesión y estaba afiliado al sindicato STV. Tras el inicio de la guerra prestó servicios de guardia y actuó como sereno. Posteriormente huyó a Bilbao, donde ingresó en el batallón n° 11 de ingenieros al ser llamada su quinta. Hasta su captura en Balmaseda el 29 de junio de 1937 estuvo con su batallón construyendo trincheras. Trasladado al campo de concentración de Miranda de Ebro, fue clasificado en el «apartado A», permaneciendo prisionero hasta su traslado a la prisión de Ondarreta. A comienzos de 1938 fue juzgado mediante proceso sumarísimo de urgencia en el juzgado militar de Donostia. Además de hacerse referencia a su militancia sindical y a su actuación en el frente, la sentencia del 22 de noviembre de 1939 daba por buenas las acusaciones que lo situaban en la requisa de varios terneros en el caserío Aritzaga del barrio de Elosiaga. Sin embargo, el tribunal consideró que José Cruz no fue un elemento destacado, ni durante el «dominio rojo» ni en su proceder en el frente, por lo que dictó su absolución y clasificación en el «Apartado B». Esto supuso su vuelta a un campo de concentración y su ingreso en un batallón de trabajadores(*).
Cestero de profesión, este vecino del barrio de Aratz-Erreka huyó a Bilbao al igual que su hermano José Cruz a mediados del mes de septiembre de 1936, sin que con anterioridad hubiera realizado actividad alguna en favor del Comité de Defensa. En marzo de 1937 fue movilizada su quinta ingresando en el batallón de infantería Amayur, en el cual actuó como combatiente hasta su captura en Laredo en el mes de agosto. Tras permanecer unos meses en el campo de concentración de Castro Urdiales, fue trasladado al de Aranda de Duero, desde donde posteriormente fue enviado al batallón de trabajadores n° 64 de Estella. A comienzos de 1938 ingresó en el tercio de San Ignacio y fue enviado al frente de Teruel, viéndose involucrado en el episodio acontecido en la posición de Villa Felisa por el que tanto él como 4 azpeitiarras más fueron juzgados en consejo de guerra. El 2 de marzo de 1938, los hermanos Odriozola Alberdi, Lucas Orbegozo, Ignacio Zubimendi y Tomás fueron hechos prisioneros por el ejército republicano cuando se dirigían a un caserío abandonado del que pretendían obtener varias gallinas. Sin embargo, todos ellos fueron acusados de haber desertado, y con posterioridad haber servido en el «ejército enemigo» desde entonces y hasta el final de la guerra. Por ello, a partir del mes de mayo de 1939 se abrió un procedimiento sumarísimo contra Tomás y el resto de azpeitiarras implicados. En el caso concreto de Tomás, éste se definió ante el juez como un individuo «católico de derechas, y simpatizante del nacionalismo vasco», habiendo estado afiliado a STV durante un año «por estar mejor con su amo». Asimismo, al igual que sus compañeros detenidos y procesados, relató el episodio en el que fueron capturados. Además de ello, Tomás explicó como desde su captura fue integrado en un cuerpo antiaéreo del ejército republicano hasta su entrega en Madrid al finalizar la guerra. El 1 de mayo de 1941 el tribunal militar argumentaba que tanto Tomás como el resto de los encausados eran de «ideología separatista» pero de «buena conducta», y daba por buena la versión de la captura. Por ello, los encausados fueron absueltos y puestos en libertad(*).
Josefa era la mujer del miliciano del batallón socialista UHP Juan Campos Eceiza. El 11 de septiembre de 1937 fue detenida en su domicilio e investigada por el juzgado militar n° 4 de Donostia «para depurar su actuación en los partidos adictos al Frente Popular». No obstante, a primeros de julio de 1938 Josefa fue absuelta de todo cargo y puesta en libertad tras considerar el juez militar instructor que «la pequeña colaboración aportada a la causa marxista, influida por la ideología de su marido» no eran constitutivo de delito. En cualquier caso, se consideró que los «antecedentes izquierdistas» de Josefa ya habían sido suficientemente castigados con el tiempo que había permanecido en prisión preventiva(*).
Tras el inicio de la sublevación militar Jesús hizo guardias armadas en diferentes enclaves montañosos del municipio de Azpeitia. El 20 de septiembre de 1936 fue trasladado a Saturraran, y posteriormente a Gernika donde se enroló en el batallón Itxarkundia. En esta unidad actuó como camillero en varios frentes (Otxandio, Urkiola o Artxanda) hasta su detención junto al resto del batallón en la localidad cántabra de Limpias el 26 de agosto de 1937. Después de pasar 40 días en un campo de concentración, estuvo recluido un año aproximadamente en la segunda compañía del batallón de trabajadores n° 25 instalado en Zaragoza. En agosto de 1938 la Comisión de Prisioneros de Zaragoza solicitó a la Guardia Civil de Azpeitia información sobre los antecedentes de Jesús, informando días más tarde el comandante Hermenegildo Calvo acerca de «los rumores» que «dan como cierto» su alistamiento voluntario en los cuarteles de Loiola. Con todo, la Comisión mencionada calificó a Jesús en el «apartado C». A comienzos de 1939 el juzgado militar n° 11 de Donostia abrió diligencias previas contra Jesús y otros 11 encartados, motivo por el cual fue enviado a la prisión de Los Escolapios en Bilbao. Sin embargo, los informes, tanto del ayuntamiento de Azpeitia como de Falange, no pudieron concretar aquellos rumores que citaba el escrito de la benemérita, por lo que el 6 de octubre de 1939 se le concedió la prisión atenuada tras el archivo de la causa, con la prohibición de no poder salir de la localidad en la que fijara su residencia. Encontrándose en la prisión de Ondarreta desde el 28 de septiembre de 1939, el 14 de octubre fue puesto en libertad(*).
Nacido en 1912 e hijo del concejal nacionalista Antonio Olaizola Echeverria, Imanol ejerció de corresponsal de los diarios Euzkadi y El Día (diario este último en el que también escribía su padre), mientras trabajaba como «oficial» en una notaría de Azpeitia. Además de ello realizaba traducciones al euskera, de la que destaca la traducción del reglamento municipal de Azpeitia en abril de 1936(*). Tras el inicio de la guerra prestó varios servicios en favor del Comité de Defensa, siendo nombrado vocal del Comité de Orden Público en el mes de septiembre. Posteriormente huyó de Azpeitia y actuó como miliciano del batallón Loyola en varios frentes de guerra hasta su captura en agosto de 1937 en el municipio cántabro de Limpias. Encarcelado, a comienzos de 1938 un juzgado militar de Bilbao procedió a su enjuiciamiento, siendo condenado en consejo de guerra a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión». En la sentencia del 29 de noviembre de 1938 se especificaba que durante el período en el que actuó como vocal del Comité de Orden Público «no se llevó a efecto ninguna detención». El 5 de marzo de 1939 fue trasladado a la prisión del fuerte de San Cristóbal, donde permaneció recluido hasta el 14 de agosto de 1940, fecha en la que le fue otorgada la prisión atenuada(*).
María Dolores fue detenida junto a las hermanas Arrieta Zubimendi el 7 de julio de 1937 tras su regreso a Azpeitia. Dolores había sido durante el período republicano secretaria de Emakumey a partir de agosto de 1936 la encargada de cocinas del cuartel de los gudaris. Estos antecedentes se unieron a la denuncia interpuesta por Rosario Echevarria Altamira, Ignacia Bereciartua Azpiazu y Pilar Aguirre Pérez, la cual motivó su detención. Según éstas, al igual que en el caso de las hermanas Arrieta Zubimendi, Dolores había participado en la detención de las denunciantes, y era una nacionalista destacada que profería constantemente gritos contra los sublevados. Sin embargo, como en el caso de las hermanas mencionadas, declararon ante el juez que realmente no podían asegurar que Dolores hubiera participado en su arresto y que simplemente lo habían afirmado porque «lo habían oído decir». En cualquier caso, a Dolores se le añadía dos imputaciones más vertidas tanto por las denunciantes como por Julián Orbegozo, las cuales señalaban a Dolores como una de las participantes en la requisa de gallinas efectuada en la vivienda del párroco de Nuarbe, junto con María Altuna Astigarraga y Gloria Zabaleta Olazabal. Al igual que contra éstas, el que fuera miembro del Comité de Defensa de Azpeitia (condenado a 30 años de prisión), Anastasio Errasti «Atxero», acusó a la encartada de ser nacionalista «de las más destacadas» y de efectivamente haber participado en la requisa mencionada. Asimismo, las denunciantes afirmaron que Dolores «obligó a confeccionar buzos para los milicianos». Con todo, en abril de 1938 el juez instructor explicaba en su escrito que aunque quedaba probada la militancia política de Dolores, la «denuncia de haber intervenido en la detención de tres margaritas de la localidad queda desvanecida por la poca consistencia de la misma, y teniendo en cuenta la poca importancia de la detención, que fueron tres o cinco días en sus domicilios». Por ello, consideró que «los diez meses que lleva detenida como suficientes para sancionar su actuación». Sin embargo, en el mes de agosto la Auditoria de Guerra desestimó las consideraciones del juez instructor y decidió abrir un procedimiento sumarísimo contra Dolores. Tras varios meses de instrucción, el 7 de marzo de 1939 Dolores fue condenada a 1 año de prisión menor por un supuesto delito de «proposición para rebelión militar» en base a su condición de secretaria de Emakume y sus servicios en favor «del Frente Popular». Asimismo, fue condenada a 4 meses de arresto y al pago de 400 pesetas al considerarla responsable de las requisas de gallinas efectuadas en la vivienda del párroco de Nuarbe(*).
Concejal nacionalista, representante de la candidatura baserritarra, presidente del batzoki y corresponsal del diario El Día, Antonio fue sin duda uno de los personajes más influyentes del nacionalismo vasco en Azpeitia. Tras el inicio de la guerra, concretamente entre el 20 y el 26 de julio de 1936 Ocupó el cargo de alcalde interino, siendo el responsable de redactar y enviar al gobernador civil de Gipuzkoa el telegrama de adhesión a la República y en contra del «movimiento sedicioso». Asimismo, formó parte del Comité de Defensa de Azpeitia, siendo el encargado de cocinas y comedores habilitados para los milicianos.
Poco antes de la entada de las tropas sublevadas en la localidad huyó a Bilbao, y de ahí a Balmaseda donde fue capturado el 29 de junio de 1937. Trasladado a Logroño, el 29 de julio de ese mismo año la Comisión Clasificadora de Prisioneros decidió mantenerlo en prisión y proponer su enjuiciamiento «teniendo en cuenta las acusaciones formuladas por el alcalde actual de Azpeitia». En consecuencia, a comienzos de 1938 fue trasladado a la prisión provincial de Bilbao a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. Durante el mes de febrero Falange, Guardia Civil, y alcaldía de Azpeitia emitieron sus respectivos informes en contra de Antonio, en los que se le acusaba de participar en requisas, ordenar detenciones y entrega de armas para el Comité, y finalmente forzar la evacuación de Azpeitia. Por su parte, en su declaración ante el juez militar, Antonio reconoció el haber ocupado todos y cada uno de los cargos a los que hacían referencia los informes de las autoridades franquistas de Azpeitia, si bien, negaba las actuaciones mencionadas anteriormente. Con todo, el 26 de marzo de 1938 Antonio fue condenado por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión» a la pena de reclusión perpetua «con las accesorias de interdicción civil e inhabilitación absoluta». El 1 de julio fue trasladado a la prisión del Puerto de Santa María (Cádiz), lugar en el que permaneció recluido hasta que en 1941 le fue conmutada la pena por 6 años y 1 día de prisión y fue puesto en libertad condicional. El 14 de julio de 1946, Antonio remitió un oficio a las autoridades militares de la Auditoria de Guerra de Burgos solicitando el indulto total tras conocer el decreto del 9 de octubre de 1945. El 9 de agosto de 1946 le fue concedido dicho indulto, manteniéndose la pena de inhabilitación total y otras accesorias(*).
Julián quedó enrolado en la 2° compañía Lartaun del batallón Loyola tras el inicio de la Guerra Civil. Desconocemos el lugar en el que fue capturado así como su actuación en el frente de guerra, si bien, a comienzos de 1938 se encontraba encarcelado en la prisión de Ondarreta. Durante los meses posteriores fue juzgado mediante un procedimiento sumarísimo de urgencia. El 26 de noviembre de ese mismo año, a propuesta del consejo de guerra celebrado en su contra, la Auditoria de Guerra ratificó el sobreseimiento provisional de la causa, clasificando a Julián en el «Apartado B» y enviándolo a un batallón de trabajadores(*). Posteriormente, el 25 de febrero de 1941, tuvo que hacer frente a una sanción económica de 500 ptas. impuesta por el Tribunal de Responsabilidades Políticas(*).
Oriundo del caserío Potzueta del barrio de Elosiaga, Manuel fue elegido concejal del ayuntamiento de Azpeitia en representación de la candidatura baserritarra en abril de 1933. Tras su dimisión junto al resto de concejales en septiembre de 1934 a raíz del conflicto del Concierto Económico, en febrero de 1936 volvió a ocupar su cargo electo hasta su huida de la localidad en el mes de septiembre. A mediados de 1937 fue detenido y trasladado a la prisión de Los Escolapios de Bilbao, donde fue juzgado en consejo de guerra. Según la sentencia del 6 de julio de 1938, Manuel era responsable de un delito «de continuación en el desempeño de cargo público bajo el mando de los rebeldes. sin que conste que haya formado parte en ningún otro hecho delictivo». Por ello, fue condenado a 6 años y 1 día de inhabilitación especial para cargo público(*).
Vecino de Azpeitia, tras su detención fue juzgado por un tribunal militar franquista y condenado a la pena de muerte. Posteriormente le fue conmutada(*).
Industrial alpargatero, Alejandro fue militante del Partido Carlista hasta 1931. En aquel año se afilió al PNV y accedió al cargo público de síndico tras la formación de la corporación municipal azpeitiarra en el mes de abril. Considerado uno de los tres representantes nacionalistas en aquella corporación municipal, Alejandro fue un firme defensor de los derechos históricos vascos durante su mandato, el cual finalizaría con las elecciones municipales de abril de 1933. Entre sus propuestas destacó la defensa del Estatuto de Estella, la rotulación de los nombres de las calles en euskera, y el ensalzamiento de figuras claves de la cultura vasca como el historiador y escritor azpeitiarra Carmelo Echegaray(*).
Tras el fracaso del Estatuto de Estella, parece ser que Alejandro abandonó el PNV y por ende la actividad política, debido a que el PNV «comenzó con un estatuto que le llaman de Vitoria, laico y separatista». Poco después de ser conquistada Azpeitia por las fuerzas requetés, Alejandro fue multado por el primer comandante militar de Azpeitia, Emilio Gómez del Villa; si bien, su sucesor, el capitán Solchaga, revocó la sanción. Posteriormente, a mediados de 1938, la Guardia Civil de Azpeitia envió un informe a la Comisaría de Investigación y Vigilancia de Donostia en la que se detallaban los antecedentes de Alejandro Orbegozo. Asimismo, se señalaba la mencionada sanción y su supuesta actividad propagandística «anti-española (...) trasladándose a los caseríos con el fin de seguir fomentando el odio a todo lo que representa el sentir de la Nueva España». Por este motivo, el 15 de julio de 1938 fue encarcelado en la prisión de Ondarreta a la espera de ser juzgado en consejo de guerra por un posible delito de «auxilio a la rebelión».
Sin embargo, en sus explicaciones ante el juez militar instructor Alejandro negó las acusaciones de la Guardia Civil y expuso de qué forma colaboró económicamente con la Junta de Guerra Carlista de Azpeitia, de la cual fueron miembros sus hermanos Casto y Julián, así como su cuñado el alcalde Roque Astigarraga. Éstos, a su vez, actuaron como testigos en la causa, ratificando la declaración del encausado y eximiéndole de todo delito. Del mismo modo, el entonces jefe local de Falange, Hilario Bereciartua Uranga, remarcaba en su informe la ayuda que Alejandro prestó a todos aquellos «elementos carlistas que eran perseguidos» por el Comité de Defensa.
En paralelo a la fase de instrucción la enfermería de la cárcel de Ondarreta dio cuenta de la «artritis deformante» que sufría el encartado, por lo que el 8 de septiembre de 1938 se le concedió la libertad condicional. Asimismo, en febrero de 1939, solicitó poder trasladarse a diferentes municipios de Gipuzkoa para la obtención de materias primas para su negocio. Finalmente, el 27 de abril de 1939 fue absuelto de todo cargo, quedando en situación de libertad definitiva(*).
José Francisco nació en 1909 y era oriundo del caserío Uranga del barrio de Aratz-Erreka. En 1934 se encontraba citado en un listado elaborado por el ayuntamiento de Azpeitia relativo a obreros que solicitaban trabajo. Aunque desconocemos su actuación tras el inicio de la guerra, en septiembre de 1937 se encontraba recluido en el campo de concentración de Miranda de Ebro junto a decenas de prisioneros capturados por el ejército golpista(*), por lo que es probable que José hubiera actuado como miliciano. En cualquier caso, en aquel mes de septiembre fue trasladado a Bilbao, donde se abrió un procesamiento sumarísimo de urgencia contra este azpeitiarra. Sin embargo, el 16 de septiembre de 1938 el caso fue sobreseído al haber fallecido José(*). Seguramente, falleció en prisión preventiva.
Vecino de la parte vieja azpeitiarra, Ignacio concluyó sus estudios de medicina en junio de 1936 en Salamanca. Militante del partido nacionalista, al regresar a Azpeitia e iniciarse la guerra, fue requerido por el Comité de Defensa para asistir a los milicianos que acudían al frente de Beasain. Posteriormente, tras la caída de Azpeitia, continuó prestando sus servicios en diferentes sectores como Eibar o Lekeitio(*), siendo ascendido al cargo de mayor por la Jefatura de Sanidad Militar del Gobierno Vasco en julio de 1937, y actuando desde entonces como jefe de sanidad de la 50° división. Finalmente, a mediados de agosto de ese mismo año fue capturado en Santoña(*).
Tras su detención y encarcelamiento en el penal de El Dueso, Ignacio fue juzgado en consejo de guerra junto a una veintena de combatientes vascos. El 6 de septiembre de 1937 fue condenado a la pena de muerte por un supuesto delito de «rebelión militar», si bien, en el mes de octubre la Secretaria General de Estado le conmutó la pena «por la de inferior en rango», es decir, por la reclusión perpetua(*). Una vez condenado fue trasladado a la prisión central de Burgos y de ésta a un batallón de trabajadores a Almendralejo (Extremadura)(*), donde permaneció recluido hasta 1942. En marzo de ese mismo año ingresó en la prisión de Ondarreta, siendo de nuevo procesado por un juzgado militar. En esta ocasión, se trató de un procedimiento sumarísimo ordinario con el objetivo de aclarar «la conducta político social» del encausado «durante el período de rebeldía rojo-separatistas». Sin embargo, el juzgado militar reconoció que el imputado ya había sido juzgado por los mismo supuestos delitos, por lo que el 30 de junio de 1943 se dictó el sobreseimiento de la causa(*).
Anteriormente, el 26 de enero de 1943, Ignacio había quedado en situación de libertad condicional(*).
Nacido en 1912 y vecino de la calle Arzubia. Oriundo del caserío Eizmendi del barrio de Elosiaga. Gudari del batallón nacionalista Irrintzi. Capturado y juzgado en consejo de guerra en Bilbao. El 4 de agosto de 1938 se dictó el sobreseimiento del caso y su clasificación en el «Apartado B», «dado sus antecedentes y actuación durante el dominio rojo», lo que supuso su internamiento en un batallón de trabajadores. En consecuencia, fue recluido en el campo de concentración de San Pedro de Cardeña hasta su traslado en noviembre de 1939 al batallón de Trabajadores n° 2 instalado en Errenteria. En el mes de diciembre de ese mismo año quedaría en libertad gracias al aval presentado por dos miembros de Falange de Azpeitia(*).
Oriundo del caserío Belaetxe, Bernabé fue una figura de gran relevancia en el nacionalismo vasco de izquierdas. Escritor, secretario de ANV de Gipuzkoa y periodista del órgano de prensa de este partido, Tierra Vasca, Otarte fue uno de los oradores euskaldunes más importantes durante la guerra(*). Firme defensor de la unión de ANV con el Frente Popular, formó parte de la Comisaría de Guerra de la Junta de Defensa de Gipuzkoa y del Comité Nacional de ANV(*). Posteriormente, fue comandante del batallón Euzko Indarra hasta su captura en Cantabria en agosto de 1937 tras la rendición conocida como el Pacto de Santoña. Pocos días antes el Gobierno Vasco lo había designado comisario de Gobernación, formando parte del grupo de funcionarios de dicho Gobierno a los que el lehendakari intentó evacuar el 17 agosto mediante petición expresa al ministro de Defensa Indalecio Prieto(*).
Tras su captura fue juzgado en consejo de guerra en Santoña, siendo condenado a 30 años de reclusión. Posteriormente fue trasladado a la prisión de Larrinaga, y en julio de 1938 a la penitenciaria de Burgos(*). El 17 de julio de 1943 recobró la libertad, si bien, parece ser que vivió durante dos años en la clandestinidad en Madrid bajo las directrices del Gobierno Vasco en el exilio. Fue entonces, cuando enfermó y acabó exiliándose a Venezuela desde el Estado francés.
Ya en 1952 regresó a Euskal Herria ingresando temporalmente en la prisión de Ondarreta, siendo puesto en libertad condicional el día 18 de noviembre. Y es que a pesar de haber negociado su regreso, contra Bernabé se abrió una nueva causa judicial en relación a su supuesta implicación en la reconstrucción en la clandestinidad de ANV(*). Este imputación tan sólo fue sobreseída tras constatar el tribunal militar su fallecimiento en octubre de 1953 en el accidente de autobús ocurrido en Zestoa a consecuencia de una riada(*).
Nacido en 1913, Lucas se dio a conocer en 1935 como harrijasotzaile en la plaza de toros de Azpeitia. Quizás por ello, de acorde a sus capacidades físicas, fue sargento acemilero del batallón Euzko Indarra a partir de octubre de 1936 y hasta su detención en Laredo en agosto de 1937. Anteriormente, es probable que actuara en Azpeitia al servicio del Comité de Defensa.
Ya en septiembre de 1937 fue enviado al campo de concentración de Miranda de Ebro, para con posterioridad ser trasladado a San Juan de Muzarrifar (Zaragoza), bajo la tutela de la segunda compañía del batallón de trabajadores n° 25. Tras aproximadamente mes y medio en Aragón, fue de nuevo enviado a Miranda de Ebro donde sería probablemente clasificado por la Comisión de Clasificación de Prisioneros, antes de ser destinado al batallón de trabajadores n° 64 en Estella.
A partir de ese momento, la historia de Lucas está ligada al resto de compañeros juzgados tras el episodio de Villa Felisa en el frente de Teruel. Incorporado al tercio de San Ignacio, el 2 de marzo de 1939 fue capturado junto a otros cuatro azpeitiarras por las tropas republicanas, mientras intentaban alcanzar un caserío del que pretendían tomar unas gallinas. Desde su captura y hasta el final de la guerra, Lucas actuó a las órdenes del ejército republicano en la brigada antiaérea n° 17 en Valencia. Al regresar a Azpeitia fue detenido y encarcelado en la prisión de este municipio, al haber sido denunciado por un delito de deserción al igual que el resto de compañeros juzgados. En diciembre de 1939 fue trasladado a la prisión de Ondarreta a la espera de ser juzgado en consejo de guerra, donde ratificó la declaración prestada en el mes de mayo ante la Guardia Civil de Azpeitia. En ella, argumentaba cómo fueron capturados, sin obviar que con anterioridad a la guerra fue una persona de ideas nacionalistas. En este sentido, tanto los informes de falange como de alcaldía de Azpeitia remarcaron que a pesar de su ideología era una persona de «muy buena conducta».
Finalmente, el 1 de mayo de 1940 el tribunal militar consideró que no se había dado un acto de deserción sino que los encartados habían sido capturados por las tropas enemigas, por lo que todos ellos quedaron absueltos y en situación de libertad definitiva(*).
Natural de Azpeitia y vecino de Azkoitia, Marcelo fue combatiente del batallón Loyola hasta su captura en Cantabria a mediados de 1937. En septiembre de ese mismo año fue juzgado en Santoña mediante procedimiento sumarísimo de urgencia, junto a una veintena de combatientes de diferentes batallones y procedencia. En el caso concreto de Marcelo, el consejo de guerra daba por probada su actuación en varios frentes de guerra «siendo ascendido a teniente», sin que constara ningún otro «delito».
En consecuencia, el 30 de septiembre de 1937 fue condenado a la pena de reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión», con la accesoria de inhabilitación absoluta(*). Tras la condena fue encarcelado en la prisión de El Dueso, donde permaneció hasta que en agosto de 1938 fue trasladado a la penitenciaría del Puerto de Santa María en Cádiz. Dos años después, concretamente el 20 de agosto de 1940, le fue otorgada la prisión atenuada(*).
José María era un niño de 9 años de edad cuando en 1936 estalló la guerra. Trece años más tarde, en 1949, se encontraba alistado en el batallón de cazadores de montaña Montejurra n° 20. En el mes de septiembre fue acusado de deserción, siendo condenado el 14 de marzo de 1950 a 1 año de prisión militar «debiendo pasar a un Cuerpo de Disciplina a cumplir el tiempo de servicio que le reste en filas, una vez extinguida la pena privativa de libertad»(*). Pocos meses después, en julio de ese mismo año, José María volvió a ser acusado de deserción. En esta ocasión no pudo ser juzgado por ignorarse su paradero, por lo que fue declarado en rebeldía(*).
Natural de Azpeitia, durante el gobierno del Frente Popular y tras el comienzo de la Guerra Civil ejerció de subalterno en el Departamento de Abastos en Donostia. Posteriormente, huyó a Bilbao y prestó en la prisión de El Carmelo como guardia «resultando confusa e incierta su actuación en dicha prisión por la contradicción de testimonios obrantes en autos». Con todo, el 12 de marzo de 1943 fue condenado por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión» a 12 años y 1 dia de reclusión menor, si bien, posteriormente le fue conmutada por una pena de 6 años de prisión. Para entonces Modesto ya llevaba encarcelado más de 5 años.
Natural de Madrid y vecino de Azpeitia desde 1935, Antonio era pintor de profesión y militante de la UGT. Tras los sucesos revolucionarios de 1934 estuvo encarcelado en el fuerte de Guadalupe en Hondarribia durante 1 mes y medio sin que fuera juzgado. En aquel entonces residía en Zarautz. Tras el inicio de la guerra quedó a las órdenes del Comité de Defensa de Azpeitia, prestando servicios de guardia armada, tanto en esta localidad como en el cercano municipio de Bidania. Posteriormente huyó a Bilbao, incorporándose como miliciano al batallón UHPen octubre 1936. El 14 de mayo de 1937 fue herido en Amorebieta y trasladado al hospital de Bilbao, siendo evacuado poco después a Karrantza y de aquí al hospital de Ribadesella. Aún convaleciente, en agosto de 1937, intentó llegar al Estado francés a bordo del vapor Aller. Sin embargo, la embarcación fue apresada en alta mar y Antonio detenido. En octubre de 1937, la Comisión Clasificadora de Prisioneros de Vitoria decidió mantenerlo en prisión e instar a la apertura de diligencias, tras haber sido informado de los «antecedentes» de Antonio por parte de las autoridades franquistas de Azpeitia. En dichos documentos se señalaba al encausado como una persona de izquierdas, que tanto en los sucesos de octubre de 1934 como en lo acontecido en Azpeitia a partir de julio de 1936 había tenido una actividad destacada. En concreto, se acusaba a Antonio de repartir «prensa del Frente Popular» y de haber participado en requisas, detenciones y servicios de guardia armada. En consecuencia, el 3 de noviembre de 1938 se ordenó la apertura de un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Antonio, derivándose dicha actuación al juzgado n° 14 de Donostia. Trasladado a la prisión de Ondarreta el 2 de marzo de 1939, en el mes de abril declaró ante el juez instructor negando las acusaciones de haber participado en requisas y detenciones. Al mismo tiempo, ni Falange ni alcaldía de Azpeitia pudieron aportar testigos que corroboraran las acusaciones vertidas contra el encartado. Por ello, el 9 de agosto de 1939 se dictó el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad de Antonio(*).
Al igual que su hermano Antonio, Fernando estuvo afiliado a UGT durante el periodo republicano. Nacido en Madrid y tapicero de profesión, tras el inicio de la guerra prestó servicios de guardia armada «en la línea telefónica» a las órdenes del Comité de Defensa de Azpeitia, localidad en la que residía. En septiembre de 1936 huyó de Azpeitia en dirección a Bizkaia uniéndose al batallón de zapadores García Hernández de Izquierda Republicana, cuerpo del Ejército Vasco al que sirvió hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937. Tras su captura fue recluido en el seminario de monte Corbán en Santander, habilitado como campo de concentración. En noviembre de 1937 fue trasladado a la prisión de Los Escolapios en Bilbao, lugar en el que permaneció hasta su traslado al campo de concentración de Murguia, habiendo sido forzado a prestar sus servicios en un batallón de trabajadores. Ya en noviembre de 1939, el juzgado _ militar de Vitoria abrió instrucción contra Fernando, solicitando información de sus antecedentes a las autoridades franquistas de Azpeitia. Éstas, sobre todo el escrito de la Guardia Civil, incidían en la «peligrosidad» del individuo, si bien, el juez militar le otorgó la libertad vigilada en diciembre de 1939(*).
Por otro lado, con anterioridad a este enjuiciamiento Fernando se vio implicado en otro proceso sumarísimo de urgencia a comienzos de 1938. En éste, se le implicaba junto a otros milicianos en el asesinato del párroco de Igorre en Galdakao el 24 de mayo de 1937. Ya en el momento del suceso las autoridades del Gobierno Vasco abrieron una investigación, si bien, los investigados fueron puestos en libertad continuando su labor en el frente de guerra. En cualquier caso, el 21 de abril de 1938, la Auditoria de Guerra archivó la causa por dos razones: por la falta de pruebas tras el interrogatorio a varios testigos, y por ignorar el paradero de los acusados (en el caso de Fernando, recluido en un batallón de trabajadores)(*).
Natural del concejo de Torrano perteneciente al valle navarro de Ergoiena, Manuel aparece por primera vez citado en 1935 en un listado de trabajadores residentes en Azpeitia en situación de paro laboral. Posteriormente, tras el inicio de la guerra, prestó servicios a las órdenes del Comité de Defensa de la localidad. En concreto, según la sentencia que lo condenó a 12 años y 1 día de prisión el 8 de marzo de 1937, Manuel «estuvo revisando salvoconductos de los coches que pasaban por la carretera, yendo armados de escopeta», transportó arena desde Zarautz para la construcción de refugios antiaéreos, y participó en la voladura del puente de Mandubia con el objetivo de detener a las tropas golpistas(*). Encarcelado en Ondarreta, cuatro meses después de emitirse la sentencia, fue trasladado a la prisión de San Cristóbal junto al otro azpeitiarra condenado en la misma causa: José María Aguirre Arregui. Ambos, fallecieron en este centro de reclusión. José María al poco tiempo de ser recluido en el fuerte, el 8 de septiembre de 1937. Manuel, en cambio, el 1 de diciembre de 1941(*), tras haber participado en la fuga del 22 de mayo de 1938 y haber sido condenado por ello a 17 años, 4 meses y 1 día de prisión(*). Manuel fue enterrado en el cementerio del pueblo de Artica(*).
Nacido en 1914 y oriundo del caserío Ondarre, Antonio fue combatiente del Ejército vasco(*). A finales de 1937 parece ser que se encontraba encarcelado en Bilbao, a la espera de ser juzgado en consejo de guerra. El 29 de diciembre de ese mismo año el juez militar dictó «el desglose por conveniencias procesales de los documentos y actuaciones referentes» al encausado(*). Por ello, a partir de 1938 Antonio fue enjuiciado en un nuevo procedimiento sumarísimo de urgencia, esta vez a cargo del juzgado militar n° 14 de Donostia. Finalmente, el 11 de mayo 1939 se dictó el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad de Antonio(*).
Natural de caserío Ibartzabal del barrio de Urrestilla, José Antonio marchó hacia Bilbao ante la inminente entrada de las tropas franquistas en Azpeitia el 20 de septiembre de 1936. En febrero de 1937 se alistó de manera voluntaria al batallón Amayur, con el cual combatió en diferentes frentes de guerra. El 26 de agosto de 1937 fue detenido en Laredo, permaneciendo prisionero en el campo de concentración de esta localidad durante aproximadamente 40 días. Al igual que Jesús Odriozola fue enviado a San Juan de Muzarrifar (Zaragoza) bajo la tutela de la segunda compañía del batallón de trabajadores n° 25. Tras ser interrogado por la Comisión de Prisioneros de Zaragoza, ésta lo clasificó en el «apartado C», «utilizando como elementos de juicio para esta clasificación la declaración del interesado», la «impresión producida», y los informes obtenidos-. En concreto, la Comisión había recibido en informe de la Guardia Civil de Azpeitia en el que se decía que a pesar de que «se desconoce en gran parte su actuación» era simpatizante del Partido Comunista, afiliado a UGT, y de mala conducta al haber estado detenido varios días tras una pelea con un vecino llamado José Maria Querejeta Aguirre. Sin embargo, la declaración que prestó este testigo en las diligencias previas que se abrieron contra José Antonio confirmó que la disputa fue personal y sin implicaciones políticas. Además de ello, los informes que desde comienzos de 1939 emitieron Falange y el ayuntamiento de Azpeitia no corroboraban actuación alguna contraria al «Glorioso Movimiento», durante la permanencia del encartado en Azpeitia. El 29 de septiembre de 1938 fue trasladado a la prisión de Los Escolapios, y ya en 1939 a la de Ondarreta a la espera de ser juzgado. El 29 de agosto de 1939 el juzgado militar no 11 de Donostia decidió otorgarle la libertad provisional, dictándose posteriormente su absolución(*).
Ya en el mes de agosto de 1936, Felipe se encontraba formando parte de los más de mil combatientes vascos a las órdenes de las Milicias Vascas formadas en Azpeitia(*). Posteriormente, tras el repliegue hacia Bizkaia, es probable que estuviera enrolado en el batallón Itxarkundia hasta su detención a mediados de 1937. El 4 de junio de 1938, encontrándose encarcelado en la prisión de Ondarreta, fue juzgado en procedimiento sumarísimo de urgencia, dictándose el sobreseimiento de la causa y su puesta en libertad definitiva el 31 de enero de 1940. Previamente, el 22 de julio de 1939, le había sido concedida la prisión atenuada(*). Por otro lado, varios hermanos de Felipe combatieron en ejército franquista como soldados forzosos(*). Uno de ellos, José, falleció en el frente de guerra el 11 de junio de 1937. Nicolás, por su parte, fue interrogado por la Guardia Civil de Azkoitia al no personase en la caja de recluta tras haber sido citado en abril de 1937(*).
Juan era natural y vecino del barrio de Loiola. Ebanista de profesión, durante la guerra en Hego Euskal Herria fue combatiente del batallón Aralar, llegando a ostentar el grado de teniente. Detenido en Cantabria en agosto de 1937, fue juzgado en consejo de guerra en la plaza de Santoña y condenado a 20 años de prisión el 2 de octubre de ese mismo año(*). Encarcelado en la prisión de El Dueso, el 24 de agosto de 1938 fue trasladado a la penitenciaria del Puerto de Santa María (Cádiz). Por aquel entonces Juan tenía 28 años de edad(*).
Nacido en 1915 y vecino de la calle Iglesia, Ignacio quedó enrolado desde comienzos del mes de agosto de 1936 en las milicias de izquierdas formadas en Azpeitia. Posteriormente, tras huir de la localidad pasó a formar parte del batallón UHP de las JSU, unidad militar del Ejército Vasco con la que actuó en varios frentes hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937(*).
Recluido en un batallón de trabajadores, a comienzos de 1938 fue trasladado a Bilbao para ser juzgado en un procedimiento sumarísimo de urgencia. El 18 de agosto de ese mismo año, la Auditoria de Guerra ratificó la sentencia absolutoria del juzgado militar y el regreso de Ignacio a un batallón de trabajadores «dados sus antecedentes y actuación durante el dominio rojo»(*). Ya en 1940, Ignacio fue declarado «desafecto» por el ayuntamiento de Azpeitia con motivo del cierre del acta de clasificación de mozos pertenecientes al reemplazo de 1936. Por aquel entonces Ignacio se encontraba en régimen de libertad vigilada(*).
José era natural de Donostia pero vecino de Azpeitia. Durante gran parte del período republicano fue el máximo representante de Unión Republicana en Azpeitia, elevando iniciativas al ayuntamiento tales como el cambio de nombre de la plaza Mayor por el de «plaza de la República» en febrero de 1933(*). Al parecer, antes del inicio de la guerra había abandonado cualquier puesto de responsabilidad, y ya en septiembre de 1936, ante la inminente entrada de las tropas sublevadas en Azpeitia, huyó a Bilbao. Según el juez instructor militar de Donostia responsable de su enjuiciamiento a partir de finales de 1937, en la capital vizcaína se limitó a «vivir de un crédito bancario». Con todo, el 12 de abril de 1938 la justicia militar franquista ordenó la puesta en libertad de José, considerando que el tiempo de prisión preventiva que había sufrido era suficiente sanción(*).
Nacido en 1908 y ebanista de profesión, Valentín trabajó en la empresa de muebles Dámaso Azcue durante el período republicano. Tras el inicio de la guerra, actuó como voluntario a las órdenes del Comité de Defensa de Azpeitia. En concreto, Valentín prestó en el servicio de telégrafos hasta su huida a Bizkaia. Posteriormente, quedó enrolado en el Ejército Vasco hasta su detención en Cantabria el 27 de agosto de 1937. Encarcelado en El Dueso, fue juzgado en consejo de guerra en la plaza de Santoña. El 20 de octubre de ese mismo año fue condenado a 30 años de reclusión mayor por un delito de «adhesión a la rebelión»(*), siendo trasladado a la prisión del Puerto de Santa Maria el 11 de agosto de 1938(*). El 29 abril de 1943 la Comisión Central de Examen de Penas le conmutó la condena a 6 años de prisión menor(*).
Nacido en 1913 en el caserío Badiolegitxo del barrio de Izarraitz. José era simpatizante nacionalista, sin que se le conozca ningún tipo de afiliación. Tras el inicio de la guerra prestó servicios de guardia armada y, según la sentencia por la que fue condenado a reclusión perpetua, participó también en requisas. Además de ello, entre el 5 y el 31 de agosto de 1936 figura como combatiente de las milicias vascas formadas en Azpeitia(*). Tras la caída de este municipio y hasta su detención en Cantabria es probable que combatiera en diferentes frentes de guerra.
El 2 de noviembre de 1937 declaró ante el juez militar instructor mientras permanecía encarcelado en la prisión de El Dueso. Juzgado junto a una veintena de excombatientes vascos, el 8 de enero de 1938 el consejo de guerra celebrado en Santoña emitió su veredicto(*), siendo trasladado en el mes de agosto a la prisión del Puerto de Santa Maria(*).
Este azpeitiarra nacido en 1915 y vecino de Donostia estuvo afiliado a STV durante el periodo republicano. Moldeador de profesión, al iniciarse la guerra se incorporó a las milicias vascas de forma voluntaria. Posteriormente, y hasta su detención en Cantabria en agosto de 1937, actuó en varios frentes de guerra como combatiente del batallón nacionalista Aralar. Por ello, el 12 de octubre de 1937 fue condenado en consejo de guerra celebrado en Santoña a la pena de reclusión perpetua por un supuesto delito de «adhesión a la rebelión»(*).
Alpargatera de profesión y militante de Emakume, Gloria fue detenida e interrogada por la Guardia Civil de Azpeitia el 13 de abril de 1938, tras la denuncia interpuesta por varios vecinos de Azpeitia. A Gloria se le acusaba de haber participado en las requisas de gallinas efectuadas tanto en la casa del párroco como en la del exalcalde del barrio de Nuarbe en agosto de 1936. En su declaración, Gloria relató cómo los azpeitiarras Anastasio Errasti «Achero» y José Maria Garmendia «Koipe» les invitaron a ella y a su amiga María Altuna a subir al coche que conducían, dirigiéndose al barrio de Nuarbe. Según la encausada «los chicos marcharon a por un recado» quedando ellas en el coche, desconociendo éstas los decomisos que se practicaron. Sin embargo, la Guardia Civil hizo constar al juzgado de instrucción de Donostia que además de esta supuesta participación en requisas, Gloria había servido como cocinera para los milicianos movilizados en Azpeitia. Asimismo, los informes del jefe local de falange de Azpeitia, Hilario Bereciartua, y del alcalde, Roque Astigarraga, incidieron en el ideario nacionalista de las encausadas, calificándolas de «exaltadas separatistas», y proponiendo testigos que podían certificar la implicación de las detenidas en los decomisos practicados en Nuarbe. Trasladada a la prisión de Ondarreta, en noviembre de 1938 prestó declaración ante el juez militar instructor, ratificándose en lo que ya había declarado ante la Guardia Civil de Azpeitia en el caso de las requisas por las que fue denunciada. Del mismo modo, Gloria, al igual que María, reconoció su pertenencia a Emakume, si bien, limitó su actuación a los servicios prestados en las cocinas habilitadas para los milicianos. Con todo, el 10 de enero de 1939 Gloria y María fueron condenadas a 4 meses de arresto mayor. No obstante, fueron puestas en libertad al considerar el tribunal que la pena había sido abonada mediante el tiempo que habían permanecido en prisión preventiva(*).
José María fue detenido junto a seis azpeitiarras más el 2 diciembre de 1936, tras abrirse contra ellos una causa sumarísima de urgencia en el tribunal militar de instrucción n° 4 de Donostia. A todos ellos, se les acusaba de un supuesto delito de «rebelión militar». En el caso concreto de José Maria, se le acusaba de ser «simpatizante nacionalista (...) aunque no formaba parte del partido» y de haber participado junto con tres de los detenidos en la voladura del puente de Mandubia el 25 de julio de 1936 para obstaculizar la entrada de las tropas franquistas en Azpeitia. Asimismo, se señalaba su actuación en el transporte de sacos de arena desde Zarautz a Azpeitia para construir refugios contra los ataques aéreos, y en el traslado a Loiola de unos depósitos de gasolina. Con todo, el 8 de marzo de 1937 fue condenado a 12 años y 1 día de prisión por un supuesto delito de «auxilio a la rebelión»(*). Tras la sentencia fue trasladado al fuerte de San Cristóbal en julio de 1937, permaneciendo en esta prisión hasta septiembre de 1938. En dicha fecha fue enviado a la penitenciaría de la isla de San Simón (Vigo)(*), siendo posteriormente enviado a la prisión de Astorga (León). El 2 de diciembre de 1939 su destino fue la cárcel de Lugo, donde permaneció al menos hasta el 16 de abril de 1940(*).
Nacido en 1917 en el caserío Larre del barrio de Oinatz, Ignacio huyó de Azpeitia el 19 de septiembre de 1936, ante la inminente entrada de las tropas sublevadas en la localidad. Ya en Bilbao, se enroló voluntariamente en el batallón nacionalista de infantería Loyola, dirigido por el eibarrés Lino Lazkano. En esta unidad militar combatió en varios frentes hasta su captura en la localidad cántabra de Castro Urdiales en agosto de 1937, siendo trasladado poco después al penal de El Dueso. Clasificado como prisionero de guerra, probablemente por la Comisión Clasificación de Prisioneros de Miranda de Ebro, fue destinado al batallón de trabajadores n° 64 de Estella. De este batallón salieron Ignacio y el resto de azpeitiarras encausados por el episodio de Villa Felisa en el frente de Teruel, tras quedar todos ellos enrolados en el tercio de San Ignacio a comienzos de 1938.
El 2 de marzo de 1938, los hermanos Odriozola Alberdi, Lucas Orbegozo, Tomás Odriozola e Ignacio fueron hechos prisioneros por el ejército republicano cuando se dirigían a un caserío abandonado del que pretendían obtener varias gallinas. Sin embargo, todos ellos fueron acusados de haber desertado, y con posterioridad haber servido en el «ejército enemigo» desde entonces y hasta el final de la guerra.
Por ello, a partir del mes de mayo de 1939 se abrió un proceso sumarísimo contra Ignacio y el resto de azpeitiarras implicados. En su declaración ante el juez militar Ignacio relató el episodio en el que fueron capturados. Además de ello, explicó como desde su captura fue integrado en un cuerpo antiaéreo del ejército republicano hasta su entrega en Madrid al finalizar la guerra.
El 1 de mayo de 1941 el tribunal militar argumentaba que tanto Ignacio como el resto de los encausados eran de «ideología separatista» pero de «buena conducta», y daba por buena la versión de la captura. Por ello, los encausados fueron absueltos y puestos en libertad(*).
Santiago fue uno de los responsables de la implantación del sindicato STV en Azpeitia en 1931. Ebanista de profesión, este militante nacionalista formó parte del Comité de Defensa de Azpeitia tras el inicio de la guerra. No obstante, tal y como certificaron varios vecinos entre 1940 y 1942, Santiago ayudó en todo momento a elementos de derechas detenidos. Tras la caída de Azpeitia actuó en varios frentes de guerra como combatiente del batallón Amaiur del Ejército Vasco, hasta ser herido en el frente de Asturias a mediados de 1937(*). Encarcelado en El Dueso, fue juzgado en consejo de guerra en la plaza de Santoña a comienzos de septiembre de 1937, siendo condenado a la pena de muerte el día 21. Sin embargo, en el mes de octubre del mismo año la Secretaria General de Estado le conmutó la pena «por la de inferior en rango», es decir, por la reclusión perpetua. Una vez condenado fue trasladado a la prisión central de Burgos, y de ésta, el 1 de noviembre de 1939, a los Talleres Penitenciarios de Alcalá de Henares (Madrid). Ya en 1940, encontrándose encarcelado en dicha localidad madrileña, solicitó el indulto, apoyándose en los oficios del exdiputado Ignacio Pérez Arregui, de alcaldía de Azpeitia (para entonces dirigida por Ignacio Egaña Otegui) y de varios «ex cautivos por España y vecinos de Azpeitia». En el caso de Ignacio Pérez, éste relataba cómo Santiago fue a buscarle a él y a su familia a Donostia para trasladarlos a Azpeitia el 31 de julio de 1936 ante el peligro de ser detenidos por los partidarios del Frente Popular. Con respecto a los «ex cautivos», éstos señalaban a Santiago en su escrito como la persona que estando presos en el santuario de Loiola los liberó «rompiendo la puerta» de la celda el 19 de septiembre de 1936. Con todo, el 8 de abril de 1943 le fue conmutada la pena por la de 14 años de reclusión menor(*), otorgándosele la libertad condicional el día 27(*).