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AMENAZAS GRAVES
CONTRA LAS PERSONAS

 

      En relación a las personas amenazadas, existe un informe reciente elaborado por el Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe de la Universidad de Deusto por encargo de la Secretaria General para la Paz y la Convivencia(*), en el que se ofrece un análisis cuantitativo y cualitativo de las personas amenazas por ETA a partir de la cuantificación de las personas escoltadas entre 1990 y 2011. La información obtenida permite clasificar a las personas amenazas por sexo y provincia, si bien, el equipo investigador no ha dispuesto de información relativa al lugar de residencia de los amenazados. A modo de ejemplo, en el caso de Gipuzkoa se da la cifra de 472 personas con escolta, y por tanto amenazadas. En consecuencia, hay tres aspectos de este informe que limitan su utilidad con respecto a nuestro trabajo en Azpeitia: la reducción del objeto de estudio únicamente a personas amenazadas por ETA, sin tener en cuenta otros agentes victimarios, el marco cronológico, y el no tener datos sobre el lugar de residencia de los afectados.

      El Gobierno Vasco cuantifica en 1.492 personas las que tuvieron que llevar escolta hasta el cese definitivo de ETA, como consecuencia de la amenaza ejercida por esta organización y “grupos afines”.(*)

      En cuanto a los datos obtenidos en Azpeitia mediante la investigación llevada a cabo a partir de 2013, se han contabilizado en total 15 víctimas y 20 casos, a los que habría que añadir a las 25 personas que llevaron escolta. El primer caso de amenaza grave documentado data del 24 de agosto de 1971, en la que un concejal del Ayuntamiento de Azpeitia recibió un anónimo en el que se le amenazaba de muerte por colaborar con la Guardia Civil. Aparte de las amenazas graves vertidas directamente contra personas físicas concretas, se han documentado una serie de casos de anónimos amenazantes contra varios negocios. En 1976 se documentan dos casos: el 1 de junio contra Talleres Teno (firmado por ETA), y el 1 de octubre contra dos farmacias de la localidad. Según el informe de la Guardia Civil de Azpeitia estas amenazas se dieron en casi la totalidad de las farmacias de la provincia, bajo la acusación de que estos establecimientos no habían cerrado el 27 de septiembre con motivo de la huelga general. El 29 de febrero de 1978 el jefe comarcal de las oficinas de Iberduero en Azpeitia informó a la Guardia Civil de un anónimo con amenazas graves contra la empresa, mientras que en el mes de abril los amenazados fueron tres socios de la empresa Muebles Gambil. El 26 de julio de 1978 la empresa Muebles Lasa informó a la Guardia Civil de Azpeitia sobre un mensaje grabado en el contestador telefónico entre los días 21 y 23 (sin determinar, por estar cerrada la empresa por ser días festivos en la localidad), advirtiendo acerca de una explosión que iba a producirse en la factoría el día 24. Por último, el establecimiento hostelero Orkatz recibió una carta amenazante en 2008.

      Siguiendo los criterios del Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe de la Universidad de Deusto, incluimos en este apartado como persona víctima de amenazas graves a Ramón Etxezarreta Aizpuru, concejal y responsable del área del cultura del Ayuntamiento de Donostia por el PSE, entre 1995 y 2009, al llevar escolta durante esos años.(*) Según los datos facilitados por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Interior español, las personas que han llevado escolta en Azpeitia bajo la responsabilidad de dicha Secretaria son dos, siendo estos un cargo político y un miembro de la Judicatura. Por su parte, en el Departamento de Seguridad de la Secretaria General del Gobierno Vasco, a través de la información facilitada por la Ertzaintza, se contabilizan un total de 23 personas las cuales recibieron servicio de escolta mientras trabajaban y/o estaban domiciliadas en Azpeitia.

      Al igual que en los casos de tortura, la prueba fundamental radica en el testimonio de la víctima o familiar de ésta, si bien, en ciertas ocasiones existen pruebas documentales tales como recortes de prensa o denuncias. En este sentido, las denuncias formales ante organismos judiciales constituyen la principal prueba documental de este tipo de vulneración. En el caso de aquellas amenazas producidas por vía exclusivamente oral (ya sea en espacio público o mediante, por ejemplo, llamadas telefónicas), la denuncia formal, si se ha realizado, es la única prueba documental. Con respecto a las amenazas que se han llevado a cabo mediante algún tipo soporte gráfico (carta, pancarta, pintada...) la denuncia formal, en el caso de existir, implementa la prueba testifical.

      No obstante, en función de la información directa o indirecta aportada por los diferentes agentes sociales y políticos consultados durante el proceso de investigación, el número de personas identificadas en esta tipología de vulneración de derechos humanos sería considerablemente menor al número de casos realmente existentes. Es decir, con casi toda probabilidad existen más casos de los que hemos podido documentar.

      Esta carencia o déficit se debe principalmente a las reticencias mostradas por las personas directamente afectadas, o familiares, a hacer público este tipo de conculcación sufrida. Esto se debe principalmente a los factores señalados anteriormente: la consideración de falta de idoneidad del proyecto y la desconfianza con respecto al mismo. No obstante, en el caso concreto de este tipo de vulneración, dependiendo de la víctima, habría que añadir la sensación de miedo o inseguridad que padecen ciertas víctimas, y/o la tendencia a minimizar el hecho de la amenaza.

 

 

NOMBRES PROPIOS
A. A., E.
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
24/08/1971
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenaza de muerte mediante anónimo.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
A. U., E.
 
1ª vulneración
 
Fecha
17/04/1978
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas graves a través de carta anónima. Socio de la empresa Muebles Embil.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
Aizpuru Arbelaitz, Peio
Fecha de nacimiento
28/06/1963
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
Sin fecha
Lugar
Sin especificar
Autoría
Guardia Civil
Resumen
Recibió amenazas graves después del asesinato de su hermano (Dionisio Aizpuru Arbelaitz)
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
Arrizabalaga Aramendi, Jexux Mari
Fecha de nacimiento
02/01/1947
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
1976-1979
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas mediante llamadas telefónicas.
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
 
2ª vulneración
 
Fecha
1983
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas mediante llamadas telefónicas.
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
Bastida Arrieta, José María
Fecha de nacimiento
1942
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
1984-2003
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas permanentes mediante pintadas y pancartas en el espacio público.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
 
2ª vulneración
 
Fecha
10/02/2002
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas en espacio público e intento de agresión.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
Egaña Gabilondo, María José
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
1976-1979
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas mediante llamadas telefónicas.
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
 
2ª vulneración
 
Fecha
1983
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas telefónicas.
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
Errazkin Vitoria, Iñaki
Fecha de nacimiento
08/11/1975
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
05/10/2011
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Recibía amenazas de muerte mediante cartas.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
Etxezarreta Aizpuru, Ramón
Fecha de nacimiento
1954
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
1995-2009
Lugar
Donostia
Autoría
ETA
Resumen
Llevó escolta durante los años que ejerció como concejal y responsable de cultura del Ayuntamiento de Donostia.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
I. S., I.
Fecha de nacimiento
09/10/1938
Lugar de nacimiento
Donostia
 
1ª vulneración
 
Fecha
1990-2000 (aproximadamente)
Lugar
Azpeitia
Autoría
ETA
Resumen
Sufrió amenazas graves contra su persona y familia, mediante cartas enviadas a su domicilio (al menos, tres).
Pruebas documentales
No
Pruebas testificales
Lazkano Uranga, Santiago
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
2008
Lugar
Azpeitia
Autoría
ETA
Resumen
Recibía amenazas mediante cartas.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
O. E., P.
 
1ª vulneración
 
Fecha
17/04/1978
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas graves a través de carta anónima. Socio de la empresa Muebles Embil.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
O. Z., J.
 
1ª vulneración
 
Fecha
17/04/1978
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Amenazas graves a través de carta anónima. Socio de la empresa Muebles Embil.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
Uranga Segurola, Manuela
Fecha de nacimiento
12/07/1953
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
16/05/2003
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Realizaron pintadas amenazadoras en el edificio donde vivía.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
 
2ª vulneración
 
Fecha
02/08/2006
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Recibió amenazas graves, desde el portero automático de su casa.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
 
3ª vulneración
 
Fecha
01/12/2006
Lugar
Azpeitia
Autoría
Desconocida
Resumen
Recibió amenazas en el espacio público.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
Uria Mendizabal, Arantxa
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
2008
Lugar
Azpeitia
Autoría
Ex-militante de ETA (Absuelto por la Sala Segunda de la Audiencia Nacional en diciembre de 2016).
Resumen
Recibió amenazas mediante SMS.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No
Uria Mendizabal, Inaxio
Fecha de nacimiento
04/01/1938
Lugar de nacimiento
Azpeitia
 
1ª vulneración
 
Fecha
Sin especificar
Lugar
Azpeitia
Autoría
ETA
Resumen
Recibió amenazas por no hacer frente al pago que se le exigía.
Pruebas documentales
Pruebas testificales
No